3. Otras disposiciones. . (2024/154-29)
Resolución de 12 de julio de 2024, de la Secretaría General de Energía, por la que se concede la declaración, en concreto, de utilidad pública para el proyecto de instalación eléctrica que se cita. (PP. 9168/2024).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 154 - Jueves, 8 de agosto de 2024
página 48624/4
Dándose la circunstancia de que existe conformidad entre los organismos afectados
y la peticionaria acorde con la documentación aportada, así mismo también se manifiesta
conformidad con las alegaciones e informes presentados por los citados organismos
afectados en los plazos reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según
obra en el expediente de referencia.
Sexto. Con fecha 25/4/2024 la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos
Europeos y de Industria, Energía y Minas en Jaén, emite informe del Servicio de Energía
en sentido favorable a la declaración, en concreto, de utilidad pública.
Séptimo. Con fecha 3/5/2024 la Delegación Territorial de Economía, Hacienda,
Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba, emite informe del Servicio
de Energía en sentido favorable a la declaración, en concreto, de utilidad pública.
Octavo. Con fecha 16/5/2024 la entidad promotora presenta escritura de compraventa
y escritura de herencia de dos de las parcelas afectadas por la actuación, por lo que los
cambios de titulares son los siguientes:
Finca según proyecto
A4
B63
Ref. Catastral
14012A019001980000A0
Antiguo/s titular/es
Isabel Corredor Cano
14066A003003490000YX
Juan Solís Castro
Nuevo/s titular/es
Teresa Cebrián Corredor
José Hinojosa Parras.
Inmaculada Muñoz Martos
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Secretaría General de Energía es competente para dictar la presente
resolución según lo dispuesto en los artículos. 49 y 58.2.3º de la Ley Orgánica 2/2007,
de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, de acuerdo al
artículo 13 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías y de conformidad con el artículo 6 del Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por
el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía.
Esta Consejería ha pasado a denominarse Consejería de Industria, Energía y Minas, por
el Decreto 4/2023, de 11 de abril, que modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25
de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
Tercero. Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento:
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
- Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa.
- Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y
eficiencia energética de Andalucía.
- Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de
energía y fomento de las energías renovables en Andalucía.
- Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en
materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
- Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305573
Segundo. Son de aplicación general al procedimiento:
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
BOJA
Número 154 - Jueves, 8 de agosto de 2024
página 48624/4
Dándose la circunstancia de que existe conformidad entre los organismos afectados
y la peticionaria acorde con la documentación aportada, así mismo también se manifiesta
conformidad con las alegaciones e informes presentados por los citados organismos
afectados en los plazos reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según
obra en el expediente de referencia.
Sexto. Con fecha 25/4/2024 la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos
Europeos y de Industria, Energía y Minas en Jaén, emite informe del Servicio de Energía
en sentido favorable a la declaración, en concreto, de utilidad pública.
Séptimo. Con fecha 3/5/2024 la Delegación Territorial de Economía, Hacienda,
Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba, emite informe del Servicio
de Energía en sentido favorable a la declaración, en concreto, de utilidad pública.
Octavo. Con fecha 16/5/2024 la entidad promotora presenta escritura de compraventa
y escritura de herencia de dos de las parcelas afectadas por la actuación, por lo que los
cambios de titulares son los siguientes:
Finca según proyecto
A4
B63
Ref. Catastral
14012A019001980000A0
Antiguo/s titular/es
Isabel Corredor Cano
14066A003003490000YX
Juan Solís Castro
Nuevo/s titular/es
Teresa Cebrián Corredor
José Hinojosa Parras.
Inmaculada Muñoz Martos
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Secretaría General de Energía es competente para dictar la presente
resolución según lo dispuesto en los artículos. 49 y 58.2.3º de la Ley Orgánica 2/2007,
de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, de acuerdo al
artículo 13 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías y de conformidad con el artículo 6 del Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por
el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía.
Esta Consejería ha pasado a denominarse Consejería de Industria, Energía y Minas, por
el Decreto 4/2023, de 11 de abril, que modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25
de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
Tercero. Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento:
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
- Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa.
- Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y
eficiencia energética de Andalucía.
- Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de
energía y fomento de las energías renovables en Andalucía.
- Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en
materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
- Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305573
Segundo. Son de aplicación general al procedimiento:
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.