Disposiciones generales. . (2024/154-3)
Orden de 31 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos en régimen de concurrencia competitiva para la participación de la industria en Andalucía en el ciclo de vida de nuevos sistemas satelitales.
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Número 154 - Jueves, 8 de agosto de 2024

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empresas. Asimismo, podrán ser acometidos por grandes empresas, siempre que se
realicen en cooperación con más de una pyme.
Por otra parte, las pequeñas o medianas empresas podrán optar a incentivos o ayudas
a la innovación, bajo la tipología de proyectos E de «ayudas a la innovación en favor
de las pymes», abarcando como subcategorías de ayudas, de acuerdo con lo indicado
en el Anexo III, a la obtención, validación y defensa de patentes, el envío en comisión
de servicio de personal altamente cualificado y la obtención de servicios en materia de
innovación. Al igual que en el caso de las tipologías A o B, las actuaciones de innovación
que se encuadren en la tipología E deberán responder a actuaciones recogidas en los
paquetes de trabajo B, C o D de una misión satelital, de acuerdo con lo recogido en el
referido Anexo IV.
Para cada una de las tipologías descritas anteriormente, designadas como
tipologías A, B o E, el carácter innovador de los proyectos o actuaciones deberá quedar
acreditado a través de informe de certificación de proyectos de investigación y desarrollo
o de innovación, emitido por una entidad de certificación acreditada por la Entidad
Nacional de Acreditación en España ENAC. Se trata de un informe que podrán ser,
igualmente, objeto de incentivo, si se incluye entre los conceptos de gasto asociados a
las actuaciones incentivadas.
Asimismo, las pequeñas o medianas empresas podrán optar a incentivos para la
adquisición de servicios externos de consultoría, bajo la tipología de proyectos C de
«Servicios externos de consultoría prestados por consultores externos para las pymes»,
siempre que estos se refieran a las actividades previstas en los paquetes de trabajo B, C
o D de una misión satelital, de acuerdo con lo recogido en el referido Anexo IV.
Finalmente, la consecución del objeto establecido para la presente orden, que
abarca el impulso de la participación de la industria en Andalucía en el ciclo de vida de
nuevos satélites, requiere del fomento de otras actuaciones relativas a la coordinación,
información, apoyo y fomento de la colaboración y el trabajo en red, que, aun no siendo
propiamente innovadoras, resultan igualmente necesarias para la finalidad prevista, y
que se podrán realizar por Agrupaciones Empresariales Innovadoras, agrupaciones de
empresas integradas principalmente por pymes o por pequeñas o medianas empresas.
Con base en ello, se ha incluido la tipología de proyectos o actuaciones D, precisamente
denominada como «Actividades de coordinación, información, apoyo y fomento de
la colaboración y el trabajo en red», que se corresponde con el denominado paquete
de trabajo A de una misión satelital, referido a la gestión y coordinación integral de la
misión. Se trata de un paquete de trabajo fundamental para facilitar la colaboración, el
intercambio de información y la prestación o canalización de servicios especializados y
personalizados de apoyo a las empresas, así como para la organización de programas
de formación, talleres y conferencias para fomentar el intercambio de conocimientos y
el trabajo en redes. Todo ello, dirigido a lograr la coordinación técnica, la definición de
requisitos técnicos y funcionales, la definición y selección de cargas útiles, entre otras
actuaciones necesarias para lograr el desarrollo del ecosistema industrial en Andalucía
que pueda abordar de manera completa una misión satelital.
El carácter innovador de los proyectos bajo las tipologías A, B o E, que finalmente
sean seleccionados, de acuerdo con los criterios establecidos en el apartado 12 del
Anexo I Cuadro Resumen de esta orden, queda patente a la luz de la priorización prevista
de los proyectos con un mayor potencial científico-técnico, que abarca la colaboración
con agentes del conocimiento, así como de su impacto industrial, comercial y regional.
Estos mismos criterios se extienden a la selección de los proyectos o actuaciones que
se acojan a la tipología C. En este sentido, deberá tenerse en cuenta que la selección
de las entidades beneficiarias se realizará a nivel de los proyectos o actuaciones que
contribuyen a la misión satelital en la que se integran, para las tipologías de incentivo A,
B, C y E, si bien se considera el alcance de ésta como se muestra en el referido apartado
12, y a nivel de misión satelital para la tipología D.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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