3. Otras disposiciones. . (2024/152-31)
Orden de 28 de junio de 2024, por la que se aprueba el Programa Sectorial de Uso Público del Espacio Natural de Doñana.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 152 - Martes, 6 de agosto de 2024
página 47841/8
Programa Sectorial de Uso Público del Espacio Natural de Doñana
En junio de 2011 el Consejo de Participación de Doñana emitió informe favorable al Plan Sectorial de Uso
Público del Espacio natural de Doñana, convirtiéndose así en el primer documento de planificación de Uso
Público realizado para el Espacio Natural de Doñana (Parque Nacional y Parque Natural de Doñana
conjuntamente). En este documento se definen las líneas de actuación a desarrollar para que, por medio de la
información, la educación y la interpretación ambiental, las personas que visiten este Espacio Natural, lo
hagan de manera ordenada y segura, garantizando la conservación y difusión de sus valores naturales y
culturales.
2. JUSTIFICACIÓN, NECESIDAD Y CONVENIENCIA DE LA ELABORACIÓN DEL
PROGRAMA SECTORIAL
La Consejería con competencias en medio ambiente de la Junta de Andalucía tiene competencias exclusivas
en materia ambiental en los espacios naturales protegidos de nuestra comunidad, sobre los montes públicos
y sobre las vías pecuarias, desarrolladas por la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario
de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección.
El documento Gestión del Uso Público en la RENPA. Estrategia de Acción1 es el marco de referencia en el que
se definen las directrices y políticas de la Consejería competente en medio ambiente para la gestión del Uso
Público en los espacios naturales protegidos de Andalucía.
En la Estrategia se define el Programa de Uso Público como un documento en el que se establece el modelo
de Uso Público deseado a largo plazo, definiendo los objetivos, actuaciones y prioridades de ejecución. Este
modelo de Uso Público será gestionado por la Consejería con competencia en medio ambiente, para
garantizar una oferta básica de instalaciones y servicios que faciliten a la ciudadanía la realización de las
actividades recreativas, culturales, sociales o educativas, en los espacios naturales protegidos.
Por otro lado, la revisión del documento “Plan Sectorial de Uso Público del Espacio Natural de Doñana” que el
Consejo de Participación de Doñana informó favorablemente en el año 2011, está motivada por la necesidad
de que este documento de planificación sea acorde al vigente marco normativo: Decreto 142/2016, de 2 de
agosto, por el que se amplía el ámbito territorial del Parque Natural de Doñana, se declara la Zona Especial de
Conservación Doñana Norte y Oeste (ES6150009) y se aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos
Naturales (PORN) y el Plan Rector de Uso y Gestión del Espacio Natural de Doñana (PRUG).
Este nuevo marco normativo establece la conveniencia de adaptar el I Plan Sectorial de Uso Público del
Espacio Natural de Doñana (2011), modificar su denominación e impulsar la aprobación definitiva del
Programa Sectorial de Uso Público (7.2.1, apartado 2 a) del PRUG).
1
Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía (2003). Gestión de Uso Público en la RENPA. Estrategia de Acción. Ed. Dirección General de
la Red de Espacios Naturales Protegidos y Servicios Ambientales. Elaboración y redacción: Hernández de la Obra, Joaquín.
5
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304789
El presente Programa Sectorial de Uso Público (en adelante PSUP) se concibe por tanto, como un instrumento
de desarrollo y concreción del PORN y PRUG del Espacio Natural, y se desarrolla bajo este marco de reflexión,
estructurando un conjunto de acciones orientadas a optimizar la gestión, con criterios de mejora de la eficacia
y eficiencia, teniendo en cuenta la satisfacción de las demandas de la ciudadanía.
Además, el apartado correspondiente a las normas relativas a usos y actividades en el Espacio Natural de
Doñana (epígrafe 6.3.1.3 del Decreto 142/2016) recoge que, adicionalmente a lo previsto en el Plan Rector,
será de aplicación lo dispuesto en el Programa Sectorial.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 152 - Martes, 6 de agosto de 2024
página 47841/8
Programa Sectorial de Uso Público del Espacio Natural de Doñana
En junio de 2011 el Consejo de Participación de Doñana emitió informe favorable al Plan Sectorial de Uso
Público del Espacio natural de Doñana, convirtiéndose así en el primer documento de planificación de Uso
Público realizado para el Espacio Natural de Doñana (Parque Nacional y Parque Natural de Doñana
conjuntamente). En este documento se definen las líneas de actuación a desarrollar para que, por medio de la
información, la educación y la interpretación ambiental, las personas que visiten este Espacio Natural, lo
hagan de manera ordenada y segura, garantizando la conservación y difusión de sus valores naturales y
culturales.
2. JUSTIFICACIÓN, NECESIDAD Y CONVENIENCIA DE LA ELABORACIÓN DEL
PROGRAMA SECTORIAL
La Consejería con competencias en medio ambiente de la Junta de Andalucía tiene competencias exclusivas
en materia ambiental en los espacios naturales protegidos de nuestra comunidad, sobre los montes públicos
y sobre las vías pecuarias, desarrolladas por la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario
de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección.
El documento Gestión del Uso Público en la RENPA. Estrategia de Acción1 es el marco de referencia en el que
se definen las directrices y políticas de la Consejería competente en medio ambiente para la gestión del Uso
Público en los espacios naturales protegidos de Andalucía.
En la Estrategia se define el Programa de Uso Público como un documento en el que se establece el modelo
de Uso Público deseado a largo plazo, definiendo los objetivos, actuaciones y prioridades de ejecución. Este
modelo de Uso Público será gestionado por la Consejería con competencia en medio ambiente, para
garantizar una oferta básica de instalaciones y servicios que faciliten a la ciudadanía la realización de las
actividades recreativas, culturales, sociales o educativas, en los espacios naturales protegidos.
Por otro lado, la revisión del documento “Plan Sectorial de Uso Público del Espacio Natural de Doñana” que el
Consejo de Participación de Doñana informó favorablemente en el año 2011, está motivada por la necesidad
de que este documento de planificación sea acorde al vigente marco normativo: Decreto 142/2016, de 2 de
agosto, por el que se amplía el ámbito territorial del Parque Natural de Doñana, se declara la Zona Especial de
Conservación Doñana Norte y Oeste (ES6150009) y se aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos
Naturales (PORN) y el Plan Rector de Uso y Gestión del Espacio Natural de Doñana (PRUG).
Este nuevo marco normativo establece la conveniencia de adaptar el I Plan Sectorial de Uso Público del
Espacio Natural de Doñana (2011), modificar su denominación e impulsar la aprobación definitiva del
Programa Sectorial de Uso Público (7.2.1, apartado 2 a) del PRUG).
1
Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía (2003). Gestión de Uso Público en la RENPA. Estrategia de Acción. Ed. Dirección General de
la Red de Espacios Naturales Protegidos y Servicios Ambientales. Elaboración y redacción: Hernández de la Obra, Joaquín.
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304789
El presente Programa Sectorial de Uso Público (en adelante PSUP) se concibe por tanto, como un instrumento
de desarrollo y concreción del PORN y PRUG del Espacio Natural, y se desarrolla bajo este marco de reflexión,
estructurando un conjunto de acciones orientadas a optimizar la gestión, con criterios de mejora de la eficacia
y eficiencia, teniendo en cuenta la satisfacción de las demandas de la ciudadanía.
Además, el apartado correspondiente a las normas relativas a usos y actividades en el Espacio Natural de
Doñana (epígrafe 6.3.1.3 del Decreto 142/2016) recoge que, adicionalmente a lo previsto en el Plan Rector,
será de aplicación lo dispuesto en el Programa Sectorial.