Disposiciones generales. . (2024/151-1)
Orden de fecha 29 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de proyectos de investigación de las universidades públicas andaluzas sobre patrimonio etnológico en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 151 - Lunes, 5 de agosto de 2024
página 49039/3
Por lo expuesto, a propuesta de la Dirección General de Patrimonio Histórico, en uso
de las facultades que me confiere el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del
Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el artículo 26.2.a) de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 118.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
y el artículo 4.6 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones
de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4
de mayo,
DISPONGO
Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva.
1. Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen
de concurrencia competitiva, para la financiación de proyectos de investigación de las
universidades públicas andaluzas sobre patrimonio etnológico, en Andalucía.
2. Las bases reguladoras constan de dos partes:
a) Un texto articulado, en la medida que las bases que se aprueban se ajustan a la
Orden de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, de 20 de
diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios
tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones
en régimen de concurrencia competitiva, publicado en BOJA número 249, de 30 de
diciembre de 2019, se considera que el texto articulado de dichas bases reguladoras tipo
forma parte integrante de las bases reguladoras que se aprueban en virtud de esta orden.
b) Un cuadro resumen para la línea de subvención regulada por esta orden.
Disposición adicional primera. Delegación de competencias.
Se delega en la persona titular de la Dirección General de Patrimonio Histórico las
siguientes competencias en relación con las bases reguladoras que se aprueban con la
presente orden:
1. Convocar las subvenciones mediante resolución que se publicará en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
2.Conceder las subvenciones reguladas en la presente orden.
3. Iniciar y resolver el procedimiento sancionador.
Disposición adicional segunda. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Patrimonio Histórico para
cuantas actuaciones sean necesarias para la ejecución y aplicación de la presente orden.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 29 de julio de 2024
CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
00305989
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 151 - Lunes, 5 de agosto de 2024
página 49039/3
Por lo expuesto, a propuesta de la Dirección General de Patrimonio Histórico, en uso
de las facultades que me confiere el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del
Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el artículo 26.2.a) de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 118.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
y el artículo 4.6 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones
de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4
de mayo,
DISPONGO
Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva.
1. Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen
de concurrencia competitiva, para la financiación de proyectos de investigación de las
universidades públicas andaluzas sobre patrimonio etnológico, en Andalucía.
2. Las bases reguladoras constan de dos partes:
a) Un texto articulado, en la medida que las bases que se aprueban se ajustan a la
Orden de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, de 20 de
diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios
tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones
en régimen de concurrencia competitiva, publicado en BOJA número 249, de 30 de
diciembre de 2019, se considera que el texto articulado de dichas bases reguladoras tipo
forma parte integrante de las bases reguladoras que se aprueban en virtud de esta orden.
b) Un cuadro resumen para la línea de subvención regulada por esta orden.
Disposición adicional primera. Delegación de competencias.
Se delega en la persona titular de la Dirección General de Patrimonio Histórico las
siguientes competencias en relación con las bases reguladoras que se aprueban con la
presente orden:
1. Convocar las subvenciones mediante resolución que se publicará en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
2.Conceder las subvenciones reguladas en la presente orden.
3. Iniciar y resolver el procedimiento sancionador.
Disposición adicional segunda. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Patrimonio Histórico para
cuantas actuaciones sean necesarias para la ejecución y aplicación de la presente orden.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 29 de julio de 2024
CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
00305989
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte
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