Disposiciones generales. . (2024/151-1)
Orden de fecha 29 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de proyectos de investigación de las universidades públicas andaluzas sobre patrimonio etnológico en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 151 - Lunes, 5 de agosto de 2024

página 49039/16

Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

x Otro: Cuando no se disponga del documento a presentar expedido por el órgano competente firmado
electrónicamente o copia auténtica o autenticada del mismo, podrá presentarse copia fiel digitalizada del
original, en cuyo caso la persona interesada asumirá la responsabilidad de su veracidad, en aplicación de
los previsto en el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Soporte:
Papel.
x Electrónico.
Otros:
16.- Plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento (Artículo 19):
Seis meses a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de las solicitudes.
17.- Necesidad de aceptación expresa de la subvención concedida (Artículo 19):
x No.
Sí.
18.- Posibilidad de terminación convencional (Artículo 20).
18.a) Posibilidad de terminación convencional:
x

No.
Sí..

18.b) Particularidades que, en su caso, se establecen para formalizar el acuerdo:
19. Publicaciones de los actos administrativos (artículo 21).
Los actos administrativos de requerimiento de subsanación, de trámite de audiencia y el de resolución del
procedimiento:
x a) Serán publicados íntegramente en: la dirección electrónica que se especificará en cada convocatoria.
b) Por concurrir las circunstancias establecidas en el párrafo segundo del artículo 21.1 del Texto
Articulado, serán publicados en:
con una somera indicación de su contenido y del lugar donde podrán comparecer los interesados, para el
conocimiento del contenido íntegro y constancia de tal conocimiento.
c) Por concurrir las circunstancias establecidas a continuación, serán publicados en:
con una somera indicación de su contenido y del lugar donde podrán comparecer los interesados, para el
conocimiento del contenido íntegro y constancia de tal conocimiento:
20. Medidas de publicidad y transparencia pública sobre las subvenciones concedidas (artículo 22).

00305989

20.a) Las subvenciones concedidas serán objeto de la publicación establecida en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, así como de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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