Disposiciones generales. . (2024/151-1)
Orden de fecha 29 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de proyectos de investigación de las universidades públicas andaluzas sobre patrimonio etnológico en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 151 - Lunes, 5 de agosto de 2024

página 49039/14

Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

12.b) Priorización en caso de empate: Mayor puntuación obtenida en la aplicación de los criterios de
valoración que siguen, según el siguiente orden:
1º-A.1. Calidad e interés científico del proyecto y aportación de novedades científicas en el marco de las
corrientes actuales de investigación.
2º-B.1 Idoneidad y trayectoria científica del Equipo de Investigación
Si persistiese el empate se priorizará la solicitud que se haya presentado con anterioridad.
13.- Órganos competentes (Artículo 15):
Órgano/s instructor/es:
El Servicio competente en investigación del patrimonio histórico, de la Dirección General competente en
materia de patrimonio histórico.
Además de las funciones de Instrucción le corresponde las siguientes funciones:
x

Propuesta provisional de resolución.

x

Análisis de las alegaciones y documentación presentada.

x

Propuesta definitiva de resolución.

x

Otras funciones: Cualquier acto de trámite necesario para el procedimiento.

Órgano/s competente/es para resolver:
La persona titular de la Dirección General competente en materia de patrimonio histórico.
que actuará/n:
En uso de las competencias atribuidas por el artículo: de
x Por delegación de: La persona titular de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico.
Órgano/s colegiado/s:
Denominación: Comisión de Evaluación.
Además de la evaluación de las solicitudes, le corresponde las siguientes funciones: no
Composición:
Presidencia:Jefatura de Servicio de Investigación y Difusión de Patrimonio Histórico. Tendrá voto de calidad
en caso de empate.
Vocalías: Dos personas designadas por la persona titular de la Dirección General competente en patrimonio
histórico y una persona designada por la persona directora del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico,
en sus respectivos ámbitos, todos ellos empleados públicos con formación en etnología o antropología.
Secretaría: Persona funcionaria del grupo A1 designada por la persona titular de la Dirección General
competente en materia de patrimonio histórico, que acudirá a las reuniones con voz pero sin voto.

00305989

Las personas que formen parte de dicha Comisión deberán presentar mediante escrito dirigido a la persona
titular de la Presidencia una declaración responsable de no estar incursas en las causas de abstención y
recusación, conforme a lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, de garantizar su confidencialidad, y de no utilizar la documentación presentada
por las entidades solicitantes para otro fin distinto al de la valoración de las solicitudes de acuerdo con los
criterios y requisitos establecidos en las presentes bases reguladoras.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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