Disposiciones generales. . (2024/151-1)
Orden de fecha 29 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de proyectos de investigación de las universidades públicas andaluzas sobre patrimonio etnológico en Andalucía.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 151 - Lunes, 5 de agosto de 2024
página 49039/13
Consejería de Turismo, Cultura y Deporte
A.3. Oportunidad del proyecto: Hasta 15 puntos.
Se otorgarán 5 puntos por cada uno de los aspectos señalados cuando la propuesta tenga un contenido
claro, detallado e incida especialmente en ellos, y 3 puntos si se abordan de forma somera y general:
- Aporta aspectos innovadores en las actuaciones de tutela sobre el patrimonio y su puesta en valor.
-Refuerza la identidad patrimonial y la participación de la comunidad. Participación e identificación de
agentes, grupos o comunidades portadoras de los bienes patrimoniales estudiados.
-Difusión de los resultados de la investigación, así como la transferencia de conocimiento dirigida tanto a la
comunidad científica como a la sociedad y comunidades locales donde se desarrolle la actuación.
A.4. Adecuación de las partidas desglosadas del presupuesto a los objetivos, metodología y viabilidad del
proyecto: Hasta 5 puntos.
Se otorgarán 5 puntos cuando el presupuesto sea claro, detallado y se adecue especialmente al proyecto, y
3 puntos si se abordan de forma somera y general:
A.5. Proyectos que auspician el estudio y difusión del patrimonio etnológico cuyo objetivo sea cubrir vacíos
de conocimiento y en los que se incluyan instrucciones particulares y medidas de salvaguarda. Hasta 10
puntos.
Se otorgarán 10 puntos cuando el cumplimiento del criterio sea claro, detallado y se adecue especialmente
al proyecto, y 5 puntos si se abordan de forma somera y general.
B) Criterios a valorar respecto al Equipo de Investigación. Hasta 35 puntos.
B.1 Idoneidad y trayectoria científica del Equipo de Investigación : Hasta 23 puntos.
-Experiencia de la persona responsable de la dirección del proyecto solicitado en la dirección de otros
proyectos de investigación de los señalados en el apartado 1, durante los últimos 10 años : 2 puntos por
cada proyecto, hasta un máximo de 10 puntos.
-Número de tesis doctorales dirigidas por la persona Investigadora Principal en la línea propuesta durante
los últimos 10 años : 1 punto por cada tesis dirigida, hasta un máximo de 5 puntos.
- Participación de doctores en el Equipo de Investigación: 2 puntos por cada doctor participante sin tener en
cuenta la persona Investigadora Principal, hasta un máximo de 8 puntos.
B.2. Multidisciplinariedad del Equipo de Investigación y grado de especialización: Hasta 5 puntos.
-Participación de miembros adscritos a otras instituciones u organismos de investigación: 1 punto.
-Participación de personas de distintas disciplinas científicas para la consecución de los objetivos o
actividades propuestas: Hasta 4 puntos.
B3. Presencia de mujeres (no excluyentes) : Hasta 5 puntos.
La persona Investigadora Principal es una mujer: 2 puntos.
El porcentaje de mujeres en el equipo de investigación es igual o superior al 50 por ciento: 3 puntos.
B4. Se incluyen personas con un grado de discapacidad reconocida superior al 33 por ciento: 2 puntos.
00305989
Para tener derecho a la ayuda, la solicitud deberá obtener una puntuación mínima en los criterios de
valoración, de 37 puntos para los criterios establecidos en el apartado A) y 17 puntos para los establecidos
en el apartado B).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 151 - Lunes, 5 de agosto de 2024
página 49039/13
Consejería de Turismo, Cultura y Deporte
A.3. Oportunidad del proyecto: Hasta 15 puntos.
Se otorgarán 5 puntos por cada uno de los aspectos señalados cuando la propuesta tenga un contenido
claro, detallado e incida especialmente en ellos, y 3 puntos si se abordan de forma somera y general:
- Aporta aspectos innovadores en las actuaciones de tutela sobre el patrimonio y su puesta en valor.
-Refuerza la identidad patrimonial y la participación de la comunidad. Participación e identificación de
agentes, grupos o comunidades portadoras de los bienes patrimoniales estudiados.
-Difusión de los resultados de la investigación, así como la transferencia de conocimiento dirigida tanto a la
comunidad científica como a la sociedad y comunidades locales donde se desarrolle la actuación.
A.4. Adecuación de las partidas desglosadas del presupuesto a los objetivos, metodología y viabilidad del
proyecto: Hasta 5 puntos.
Se otorgarán 5 puntos cuando el presupuesto sea claro, detallado y se adecue especialmente al proyecto, y
3 puntos si se abordan de forma somera y general:
A.5. Proyectos que auspician el estudio y difusión del patrimonio etnológico cuyo objetivo sea cubrir vacíos
de conocimiento y en los que se incluyan instrucciones particulares y medidas de salvaguarda. Hasta 10
puntos.
Se otorgarán 10 puntos cuando el cumplimiento del criterio sea claro, detallado y se adecue especialmente
al proyecto, y 5 puntos si se abordan de forma somera y general.
B) Criterios a valorar respecto al Equipo de Investigación. Hasta 35 puntos.
B.1 Idoneidad y trayectoria científica del Equipo de Investigación : Hasta 23 puntos.
-Experiencia de la persona responsable de la dirección del proyecto solicitado en la dirección de otros
proyectos de investigación de los señalados en el apartado 1, durante los últimos 10 años : 2 puntos por
cada proyecto, hasta un máximo de 10 puntos.
-Número de tesis doctorales dirigidas por la persona Investigadora Principal en la línea propuesta durante
los últimos 10 años : 1 punto por cada tesis dirigida, hasta un máximo de 5 puntos.
- Participación de doctores en el Equipo de Investigación: 2 puntos por cada doctor participante sin tener en
cuenta la persona Investigadora Principal, hasta un máximo de 8 puntos.
B.2. Multidisciplinariedad del Equipo de Investigación y grado de especialización: Hasta 5 puntos.
-Participación de miembros adscritos a otras instituciones u organismos de investigación: 1 punto.
-Participación de personas de distintas disciplinas científicas para la consecución de los objetivos o
actividades propuestas: Hasta 4 puntos.
B3. Presencia de mujeres (no excluyentes) : Hasta 5 puntos.
La persona Investigadora Principal es una mujer: 2 puntos.
El porcentaje de mujeres en el equipo de investigación es igual o superior al 50 por ciento: 3 puntos.
B4. Se incluyen personas con un grado de discapacidad reconocida superior al 33 por ciento: 2 puntos.
00305989
Para tener derecho a la ayuda, la solicitud deberá obtener una puntuación mínima en los criterios de
valoración, de 37 puntos para los criterios establecidos en el apartado A) y 17 puntos para los establecidos
en el apartado B).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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