5. Anuncios. . (2024/151-55)
Anuncio de 29 de julio de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba, de toma de conocimiento de la Delegada Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba, de la subsanación de deficiencias de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de La Carlota relativa al Hábitat Rural Diseminado y de su Normativa Urbanística.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 151 - Lunes, 5 de agosto de 2024

página 48963/39

140170081.
Cuatro Caminos.
En un llano junto a la carretera de Monte Alto a La Paz y cerca del Arroyo del
Garabato, pequeña extensión de restos de época romana y de la Edad Moderna.
140170082.
Cortijo de La Marinera.
Sobre un cerro dominando los arroyos del Lentiscoso y Guadalmazán, reducida
extensión de restos de época romana muy dispersos (fragmentos de tegulae
principalmente). Hallazgo de utensilios líticos musterienses.
CAPÍTULO VI

Art. 370. Suelo No Urbanizable del Habitat Rural Diseminado.
Constituyen Hábitat Rural Diseminado los Ámbitos territoriales sobre los que se
ubican un conjunto de edificaciones sin estructura urbana y ligadas en su origen a la
actividad agropecuaria y del medio rural, que poseen características propias que deben
preservarse, y que pueden demandar algunas infraestructuras, dotaciones o servicios
comunes, para cuya ejecución no sea preciso una actuación urbanizadora.
Se entienden como tales aquellas áreas del municipio donde, debido a la génesis
de colonización de este territorio, las viviendas han tenido una implantación aislada, y
progresivamente se han densificado sin desvincularse de su actividad productiva y sin
formalizar propiamente núcleos de población.
Atendiendo a sus características se definen las siguientes áreas en el Suelo No
Urbanizable del Habitat Rural Diseminado del municipio:
2.1. El Arrecife.
2.1.A) Diseminados de El Arrecife.
Lo constituyen las siguientes áreas:
Diseminado de la Carretera Nacional IV
Diseminado de Los Naranjeros
2.2. Diseminado Monte Alto La Paz.
2.2.A) Diseminado de Monte Alto Oeste:
2.2.B) Diseminados de Monte Alto y La Paz:
2.3. Diseminado de Los Algarbes.
2.3.A) Diseminado de la Cañada del Moro, Camino de los Fruteros de Palma y
Camino vecinal de Los Algarbes:
2.3.B) Diseminado del Camino de Juan Breva y Este del Campo de Fútbol:
2.3.C) Resto de Diseminado del 2.º Dpto.
2.5. Diseminado de Barriaga.
2.5.A) Diseminado de Barriaga:
Los ámbitos del Suelo No Urbanizable del Habitat Rural Diseminado del municipio
delimitados quedan afectados para su ordenación interior a la necesidad de la elaboración
de un Plan Especial del Habitat Rural Diseminado para cada uno de ellos.
El régimen de usos establecido por el Plan en este tipo de suelo es el siguiente:
Usos característicos.
Se consideran usos característicos del Suelo No Urbanizable del Habitat Rural
Diseminado los siguientes:
a) Los que engloban actividades de producción agropecuaria, entendiendo por tal la
agricultura extensiva en secano o regadío, los cultivos experimentales o especiales, la
horticultura y floricultura a la intemperie o bajo invernadero, la cría y guarda de animales
en régimen de estabulación o libre, la caza y la pesca.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Condiciones particulares de los Suelos No Urbanizable del Habitat Rural Diseminado. (OE)