Disposiciones generales. . (2024/150-6)
Orden de 30 de julio de 2024, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, para el ejercicio 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Viernes, 2 de agosto de 2024
página 49046/38
(Página 17 de 23 )
ANEXO I
5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS CONFORME A LOS
CRITERIOS ESTABLECIDOS EN EL APARTADO 12 DEL CUADRO RESUMEN (Continuación)
5.2. PROGRAMA A REALIZAR: (0-40 puntos)
CRITERIO 5.2.1 Adecuación del programa a las prioridades de la Consejería: (0-10 puntos)
Se valorará si el programa presentado se incardina entre aquellas actuaciones subvencionables establecidas como prioritarias en
cada convocatoria, detallando en qué medida contribuye a la consecución de dicha actuación.
CRITERIO 5.2.2 Contenido técnico del programa a realizar. (0-17 puntos)
Se valorará si el programa presentado describe con claridad y coherencia los siguientes aspectos:
a) Evaluación del diagnóstico social y justificación del programa (0-4 puntos).
Se valorará si el programa está fundamentado en un diagnóstico de la situación que justifique la actuación y analiza los
problemas y necesidades de las potenciales personas beneficiarias teniendo en cuenta la aportación de datos estadísticos
actualizados desagregados por sexo, grupos de edad, medio rural y urbano y discapacidad.
• Determinación de los objetivos. Se evaluará si en el programa aparecen claramente definidos los objetivos generales y específicos
a lograr, están en consonancia con el diagnóstico previo realizado, están enmarcados en las políticas de la Consejería competente
en materia de servicios sociales y, en lo que respecta al ámbito de actuación “Personas con adicciones y personas con VIH-SIDA”,
en las políticas de la Consejería competente en materia de salud, y se ajustan a la actuación subvencionable en que se incardinan.
• Indicadores del programa. Se valorará la inclusión de un sistema de indicadores cualitativos y cuantitativos entre los que se
incluyan indicadores de género que permitan medir la realización de las actividades propuestas y analizar los resultados
obtenidos en función de los objetivos establecidos, el impacto generado en la población destinataria y desde la dimensión de
género.
c) Alcance, descripción y calendarización de las actuaciones incluidas en el programa (0-3 puntos).
• Alcance y descripción de las actividades incluidas en el programa. Se evaluará si en el programa se describen las actividades y éstas
son adecuadas para la consecución de los objetivos propuestos.
• Calendario de realización. Se valorará que el período de ejecución global del programa sea coherente con el desarrollo del mismo,
así como que la calendarización de actividades responda a las distintas fases de las actuaciones propuestas, su horario,
frecuencia, etc.
d) Alcance territorial (0-4 puntos).
Se valorará el ámbito territorial en el que se pretende llevar a cabo el programa. Se valorará asimismo que el programa se
desarrolle exclusivamente en el medio rural. Se entiende por medio rural el definido en el artículo 3 de la Ley 45/2007, de 13 de
diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.
e) Continuidad (0-3 puntos).
Se valorará que el programa haya sido subvencionado en alguna convocatoria anterior de esta línea de subvenciones.
¿Se trata de un programa de continuidad?
SÍ
En caso afirmativo, indicar el número de expediente:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
NO
Año convocatoria:
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305996
008158
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
b) Determinación de los objetivos e indicadores del programa (0-3 puntos)
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Viernes, 2 de agosto de 2024
página 49046/38
(Página 17 de 23 )
ANEXO I
5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS CONFORME A LOS
CRITERIOS ESTABLECIDOS EN EL APARTADO 12 DEL CUADRO RESUMEN (Continuación)
5.2. PROGRAMA A REALIZAR: (0-40 puntos)
CRITERIO 5.2.1 Adecuación del programa a las prioridades de la Consejería: (0-10 puntos)
Se valorará si el programa presentado se incardina entre aquellas actuaciones subvencionables establecidas como prioritarias en
cada convocatoria, detallando en qué medida contribuye a la consecución de dicha actuación.
CRITERIO 5.2.2 Contenido técnico del programa a realizar. (0-17 puntos)
Se valorará si el programa presentado describe con claridad y coherencia los siguientes aspectos:
a) Evaluación del diagnóstico social y justificación del programa (0-4 puntos).
Se valorará si el programa está fundamentado en un diagnóstico de la situación que justifique la actuación y analiza los
problemas y necesidades de las potenciales personas beneficiarias teniendo en cuenta la aportación de datos estadísticos
actualizados desagregados por sexo, grupos de edad, medio rural y urbano y discapacidad.
• Determinación de los objetivos. Se evaluará si en el programa aparecen claramente definidos los objetivos generales y específicos
a lograr, están en consonancia con el diagnóstico previo realizado, están enmarcados en las políticas de la Consejería competente
en materia de servicios sociales y, en lo que respecta al ámbito de actuación “Personas con adicciones y personas con VIH-SIDA”,
en las políticas de la Consejería competente en materia de salud, y se ajustan a la actuación subvencionable en que se incardinan.
• Indicadores del programa. Se valorará la inclusión de un sistema de indicadores cualitativos y cuantitativos entre los que se
incluyan indicadores de género que permitan medir la realización de las actividades propuestas y analizar los resultados
obtenidos en función de los objetivos establecidos, el impacto generado en la población destinataria y desde la dimensión de
género.
c) Alcance, descripción y calendarización de las actuaciones incluidas en el programa (0-3 puntos).
• Alcance y descripción de las actividades incluidas en el programa. Se evaluará si en el programa se describen las actividades y éstas
son adecuadas para la consecución de los objetivos propuestos.
• Calendario de realización. Se valorará que el período de ejecución global del programa sea coherente con el desarrollo del mismo,
así como que la calendarización de actividades responda a las distintas fases de las actuaciones propuestas, su horario,
frecuencia, etc.
d) Alcance territorial (0-4 puntos).
Se valorará el ámbito territorial en el que se pretende llevar a cabo el programa. Se valorará asimismo que el programa se
desarrolle exclusivamente en el medio rural. Se entiende por medio rural el definido en el artículo 3 de la Ley 45/2007, de 13 de
diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.
e) Continuidad (0-3 puntos).
Se valorará que el programa haya sido subvencionado en alguna convocatoria anterior de esta línea de subvenciones.
¿Se trata de un programa de continuidad?
SÍ
En caso afirmativo, indicar el número de expediente:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
NO
Año convocatoria:
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305996
008158
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
b) Determinación de los objetivos e indicadores del programa (0-3 puntos)