Disposiciones generales. . (2024/150-8)
Orden de 26 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a los Colegios de Procuradores de los Tribunales de Andalucía, para la financiación de las medidas necesarias a adoptar para la designación de Procurador o Procuradora que represente de forma gratuita a las víctimas de violencia de género en las fases del proceso penal en que su intervención no sea preceptiva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Viernes, 2 de agosto de 2024

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No.

9.b). En caso afirmativo, documentación a presentar junto con la solicitud de autorización para la subcontratación:
Ninguna.
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 3.b) del artículo 8 del Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente
documentación:
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 7.d).1.ª, del artículo 8 del Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente
documentación:

10.- Solicitudes y escritos (Artículos 8, 10, 11, 13, 14, 17 y 23).
10.a). Obtención del formulario:

En el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
En la siguiente dirección electrónica: https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos.html.
En las sedes de los siguientes órganos:
En los siguientes lugares:

10.b). Órgano al que se dirigirán las solicitudes:

Dirección General competente en materia de asistencia jurídica
especializada a las mujeres víctimas de violencia de género.

10.c) Las solicitudes se podrán presentar, además de en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de
la dirección electrónica habilitada en la correspondiente convocatoria.
en los siguientes lugares y registros:

- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes registros
electrónicos:
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, no estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes lugares y
registros:

10.d) Además de los señalados en el artículo 11.2 del Texto Articulado, se podrán utilizar los siguientes sistemas de firma electrónica:
10.e) Registro en el que la fecha de entrada de las solicitudes en el mismo, determina el inicio del plazo para dictar la resolución expresa y
notificarla.
Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía.

11.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículo 12).

11.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria y su extracto se publicarán en:
Convocatoria: Catálogo de Procedimientos y Servicios.

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos.html.

El extracto de la convocatoria: Catálogo de Procedimientos y Servicios

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos.html.

11.b) Plazo para la presentación de solicitudes:
El plazo de presentación es :
El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria.

12.- Órganos competentes (Artículo 15):
Órgano/s instructor/es:

Dirección General con competencia en materia de asistencia jurídica especializada a las mujeres víctimas
de violencia de género, por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de
justicia.

Además de las funciones de Instrucción le corresponde las siguientes funciones:
Análisis de las solicitudes.
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentos presentados.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones:
Dirección General con competencias en materia de asistencia jurídica especializada a la mujeres víctimas
de violencia de género.

que actuará/n:
En uso de las competencias atribuidas por el artículo:
de
Por delegación de: La persona titular de la Consejería competente en materia de justicia.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00305855

Órgano/s competente/es para resolver: