3. Otras disposiciones. . (2024/150-37)
Decreto 134/2024, de 30 de julio, por el que se regulan los complementos retributivos autonómicos del personal docente e investigador de las Universidades públicas del sistema universitario de Andalucía.
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Número 150 - Viernes, 2 de agosto de 2024

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En virtud del citado Acuerdo de 22 de diciembre de 2003, del Consejo de Gobierno, se
aprobaron sucesivas convocatorias en los años 2004, 2005, 2006, 2007, 2008 y 2018 para
la evaluación de la actividad docente, investigadora y de gestión del personal docente
e investigador de las Universidades Públicas de Andalucía, ligadas a la asignación de
complementos retributivos autonómicos.
En concreto, las referidas convocatorias se efectuaron mediante Orden de 2 de enero
de 2004, de la entonces Consejería de Educación y Ciencia, por la que se establece
el procedimiento para la evaluación de la actividad docente, investigadora y de gestión
del personal docente e investigador de las Universidades Públicas de Andalucía que lo
soliciten en el año 2004; Orden de 26 de julio de 2005, de la entonces Consejería de
Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se establece el procedimiento para la evaluación
de la actividad docente, investigadora y de gestión del Personal Docente e Investigador de
las Universidades Públicas de Andalucía que lo solicite en el año 2005; Orden de 26 de
mayo de 2006, de la entonces Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se
establece el procedimiento para la evaluación de la actividad docente, investigadora y de
gestión del Personal Docente e Investigador de las Universidades Públicas de Andalucía
que lo solicite en los años 2006, 2007 y 2008; y finalmente Orden de 12 de noviembre
de 2018, de la entonces Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad, por la
que se realiza la convocatoria para la evaluación de la actividad docente, investigadora y de
gestión del personal docente e investigador de las Universidades Públicas de Andalucía.
Las retribuciones adicionales del personal docente e investigador de las Universidades
Públicas de Andalucía derivadas de la regulación prevista en el citado Acuerdo de 22 de
diciembre de 2003, del Consejo de Gobierno, se fundamentaron en la evaluación de su
actividad docente, investigadora y de gestión, y en la obtención de hasta un máximo de cinco
tramos, retribuidos cada uno de ellos con un importe anual de 1440 euros y un límite total
de 7.200 euros anuales por un periodo de cinco años. En consecuencia, los efectos de la
última convocatoria efectuada mediante la Orden de 12 de noviembre de 2018, de la entonces
Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad, finalizaron en el año 2023.
Actualizar el régimen jurídico de los complementos retributivos de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el personal docente e investigador de las Universidades Públicas
de Andalucía en el ejercicio de la competencia legal de la Comunidad Autónoma, junto con
otras importantes medidas adoptadas por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía,
como la formulación de la Estrategia Universitaria para Andalucía 2023- 2027, aprobada por
Acuerdo de 25 de octubre de 2022, del Consejo de Gobierno, la puesta en funcionamiento
de la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía, la programación de las
enseñanzas universitarias aprobada por el Decreto 154/2023, de 27 de junio, de ordenación
de las enseñanzas universitarias oficiales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, o la aprobación del nuevo Modelo de Financiación de las Universidades Públicas
de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el período 2023-2027, por Acuerdo del
Consejo de Gobierno de 19 de septiembre de 2023, supone una clara apuesta por la mejora
del sistema universitario de Andalucía, y especialmente, de sus Universidades Públicas y
de la calidad de su actividad docente, investigadora y de transferencia del conocimiento e
innovación, así como de su gestión.
En este sentido, los complementos retributivos autonómicos por méritos individuales
del personal docente e investigador de las Universidades Públicas de Andalucía, resultan
un instrumento adecuado para estimular la calidad de la actividad desarrollada por
la Universidad Pública andaluza, así como promover la mejora en su gestión, a través
del reconocimiento económico por la actividad de su personal docente e investigador
desarrollada por encima de unos determinados estándares mínimos de calidad.
Los complementos retributivos autonómicos previstos en el presente decreto, no se
configuran por tanto, como una mejora generalizada de las condiciones salariales del personal
docente e investigador de las Universidades Públicas andaluzas, sino vinculada a la calidad
de su actividad docente, investigadora, de transferencia e intercambio del conocimiento e
innovación, o de la gestión desarrollada en los órganos de la propia Universidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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