Autoridades y personal. . (2024/143-20)
Resolución de 12 de julio de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso de traslado entre el personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral fijo de la Universidad de Cádiz de la categoría Titulado Superior de Deportes.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Miércoles, 24 de julio de 2024

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4.2. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para
poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará
a través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática
en la Sede Electrónica de la UCA. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen
la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidas de la
participación en el proceso selectivo.
4.3. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, en la página web indicada
anteriormente, la relación definitiva de admisión y exclusión de aspirantes.
Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a aspirantes, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la
Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente y conforme a lo
establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
5. Comisión de Valoración.
5.1. Las personas integrantes de la Comisión de Valoración de la presente
convocatoria se hará público junto con la resolución por la que se publique el listado
provisional de admisión y exclusión de aspirantes.
5.2. La Comisión de Valoración podrá solicitar del Rector de la Universidad de Cádiz
la designación de expertos que, en calidad de asesores o asesoras, actuarán con voz,
pero sin voto.

7. Baremo aplicable.
7.1. El baremo para aplicar, según lo establecido en el artículo 19 del vigente
Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, es
el siguiente:
a) 0,1 puntos por mes o fracción en el mismo puesto de trabajo desde el que se
concursa, con un máximo de 6 puntos.
b) 0,05 puntos por mes o fracción en la misma categoría profesional desde la que se
concursa, con un máximo de 6 puntos.
c) 0,20 puntos por cada curso realizado de hasta 15 horas de duración, 0,30 puntos
por cada curso realizado de entre 16 y 30 horas de duración, y 0,50 puntos por cada
curso realizado de más de 30 horas de duración. En todos los casos serán tenidos en
cuenta los cursos organizados por una universidad o centro oficial de formación, en el
área de conocimiento propia de la categoría profesional del puesto al que se aspira, y de
conformidad con los requisitos establecidos en la normativa interna de la Universidad de
Cádiz. El máximo de puntuación de este apartado será de 2 puntos.
d) 1 punto por cada titulación universitaria específica, de igual o superior nivel, al
puesto de trabajo convocado, con un máximo de 2 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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6. Desarrollo del concurso.
6.1. El concurso se desarrollará en dos fases.
6.1.1. En la primera, se adjudicará el puesto de trabajo ofertado a las personas
aspirantes que presten servicios en la Universidad de Cádiz.
6.1.2. En la segunda se ofertará al resto de aspirantes la plaza que haya quedado
vacante definitivamente y por el siguiente orden:
a) Excedentes.
b) Personal de otras Universidades andaluzas.
c) Personal de otras Universidades firmantes de convenios de reciprocidad.