Disposiciones generales. . (2024/141-1)
Resolución de 16 de julio de 2024, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las subvenciones para acciones de formación en prevención de riesgos laborales que fomenten el impulso de la cultura preventiva, reguladas en la Orden de 14 febrero de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de formación, asistencia técnica e información en materia de prevención de riesgos laborales y cultura preventiva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 141 - Lunes, 22 de julio de 2024

página 48355/4

ORGANIZACIONES SINDICALES Y EMPRESARIALES
De carácter intersectorial autonómico
De carácter intersectorial provincial
De carácter sectorial autonómico
De carácter sectorial provincial

CUANTÍA MÁXIMA
200.000 euros
100.000 euros
60.000 euros
35.000 euros

PORCENTAJE
100%
100%
100%
100%

Los gastos subvencionables serán los determinados en el apartado 5.c).1.º del
cuadro resumen, los cuales podrán ser compensados hasta un máximo del 25%, sin
que en ningún caso pueda superarse la cuantía total de la subvención concedida ni las
limitaciones en las partidas para las que se establecen porcentajes máximos respecto al
coste subvencionable del proyecto.
Se podrán imputar los costes indirectos relacionados en el apartado 5.d) del cuadro
resumen. De conformidad con el apartado 9 del artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, estos costes habrán de imputarse por la entidad
beneficiaria a la actividad subvencionada en la parte que razonablemente corresponda
de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente admitidas y, en todo
caso, en la medida en que tales costes correspondan al periodo en que efectivamente se
realice la actividad.
La suma de los costes indirectos no podrá superar el 10% del coste total de la actividad
formativa realizada y justificada. Todos estos gastos deberán justificarse conforme a la
guía de justificación aprobada al respecto.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 5.e) del cuadro resumen, el plazo de ejecución
dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables, será desde el día
siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria hasta un máximo de seis meses
a contar desde la fecha de publicación de la resolución de la concesión, pudiendo ser
reducido este plazo en la propia resolución de concesión.
Sexto. Limitaciones presupuestarias.
La presente convocatoria se circunscribe a las actuaciones cuya dotación
presupuestaria se produce con cargo a recursos de la Junta de Andalucía consignados
en los presupuestos para los ejercicios 2024 y 2025. En todo caso, la concesión de las
subvenciones estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes, de
acuerdo con el artículo 119.2.j) del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía.
Séptimo. Créditos presupuestarios.
Las subvenciones se concederán con cargo a los créditos presupuestarios de la
posición presupuestaria G/31O/48300/00, del programa 31O Prevención de Riesgos
Laborales y Salud Laboral. Se podrán adquirir compromisos de gasto de carácter
plurianual por las cuantías totales máximas que para cada anualidad se detallan a
continuación:
PARTIDA PRESUPUESTARIA

2024

1231010000 G/31O/48300/00 01 2024

2025

1231010000 G/31O/48300/00 01 2025

CUANTÍA TOTAL
MÁXIMA

CONCEPTO
Mejora condiciones de trabajo y para
formación y divulgación, prevención RR.LL.
Mejora condiciones de trabajo y para
formación y divulgación, prevención RR.LL.

525.000 euros
175.000 euros

Octavo. Aumentos en el crédito disponible.
1. Conforme a lo establecido en la letra e) del artículo 10 del Reglamento de los
Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía, aprobado mediante Decreto 282/2010, de 4 de mayo, y de acuerdo con el
artículo 5.5 del texto articulado de la Orden de 20 de diciembre de 2019, en el supuesto
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00305303

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