3. Otras disposiciones. . (2024/139-46)
Resolución de 5 de julio de 2024, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se publican las Instrucciones Técnicas conjuntas de la Secretaría General de Administración Local y del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, a las que han de ajustarse los informes y documentos de procedimientos relativos a la demarcación y ordenación territorial.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 139 - Jueves, 18 de julio de 2024

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diciembre de 2022, por el que se establece una lista de conjuntos de datos específicos
de alto valor y modalidades de publicación y reutilización, fomenta el intercambio
de información digital entre administraciones, garantizando su disponibilidad para la
ciudadanía en los formatos adecuados.
Es por ello que se ha considerado la conveniencia de dictar estas Instrucciones
Técnicas, que sustituirán las anteriormente aplicables y antes citadas, para unificar
y homogeneizar la documentación geográfica y cartográfica a entregar por las
administraciones públicas competentes en los distintos procedimientos indicados con el
fin de:
- Mejorar la comunicación entre los distintos actores implicados.
- Reducir las ambigüedades de los posibles problemas derivados de una insuficiente
información.
- Estandarizar los procesos de intercambio de información.
- Evitar problemas de seguridad jurídica por deficiencia en la calidad de la información.
En lo que a las competencias para su dictado se refiere, cabe citar que la Secretaría
General de Administración Local tiene asignadas las competencias en materia de
demarcación municipal en virtud del artículo 7.1, apartados d) y f), del Decreto 164/2022,
de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública. Para el ejercicio de esas funciones, cuenta con
la asistencia técnica del IECA, conforme a lo establecido en el artículo 7.2.h) y m) del
Decreto 141/2006, de 18 de julio, por el que se ordena la actividad cartográfica en la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
De igual forma, y por su parte, corresponden al IECA las competencias en materia
de cartografía e información geográfica, de conformidad con el artículo 5.4 del
Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos.
Por todo lo anterior, de conformidad con la disposición adicional segunda del
Decreto 157/2016, de 4 de octubre, antes referida, en ejercicio de las competencias
mencionadas y de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 98 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, la Secretaría General de
Administración Local y el IECA dictan conjuntamente las siguientes
INSTRUCCIONES
ÍNDICE

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00305108

1. CUESTIONES GENERALES
1.1. Definiciones
1.2. Marco de referencia
1.2.1. Sistema de referencia
1.2.2. Marco Geodésico
1.2.3. Sistema cartográfico de representación
1.3. Cartografía de referencia
1.4. Formatos de entrega
2. INFORME DE DESLINDE
2.1. Documentación de partida
2.2. Operaciones de deslinde
2.3. Contenido del informe de deslinde
2.4. Proceso de verificación del informe de deslinde
3. INFORME DE REPLANTEO
3.1. Documentación de partida
https://www.juntadeandalucia.es/eboja