Autoridades y personal. . (2024/138-30)
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en el Cuerpo de Inspección de Servicios Sanitarios, especialidad Inspección Médica y especialidad Inspección Farmacéutica, de la Administración General de la Junta de Andalucía.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Miércoles, 17 de julio de 2024
página 48078/14
Octava. Presentación de documentación y solicitud de destinos.
1. La Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública resolverá, a
través de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, la oferta de
vacantes a las personas aspirantes que superan el proceso selectivo de acuerdo con las
necesidades de ordenación de efectivos. En esta figurará, al menos, el mismo número
de plazas que personas aspirantes hayan sido seleccionadas. La oferta de vacantes se
anunciará en el BOJA.
1.1. Al objeto de garantizar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del
Decreto 93/2006, de 22 de mayo, las personas aspirantes con discapacidad que
necesiten adaptaciones que hayan de ser tenidas en cuenta por la Dirección General
de Recursos Humanos y Función Pública para realizar la oferta de vacantes, deberán
comunicarlo en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de
la publicación de la relación definitiva de personas aprobadas, mediante escrito dirigido a
esta, el cual será presentado de forma electrónica a través del Registro Electrónico Único
de la Junta de Andalucía.
1.2. A tales efectos, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública les
podrá requerir la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada,
así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305027
de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de Función Pública de Andalucía, en el siguiente enlace
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/12595.html
7. Finalizado el proceso de selección, el órgano de selección hará pública en la página web
del Instituto Andaluz de Administración Pública la relación definitiva de personas aprobadas
por orden de puntuación en la oposición. En ella constarán las calificaciones obtenidas
en cada uno de los ejercicios y será elevada propuesta de nombramiento como personal
funcionario a la persona titular de la Secretaría General para la Administración Pública.
Contra la lista definitiva de personas aprobadas podrá interponerse recurso de alzada
ante la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública,
en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se haga pública,
de conformidad con los artículos 121 y siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La presentación del citado recurso de alzada ha de realizarse de forma exclusivamente
electrónica, conforme a lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley
5/2023, de 7 de junio, de Función Pública de Andalucía, en el siguiente enlace
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/12595.html
8. La comisión de selección no podrá declarar que ha superado el proceso selectivo
un número superior de aspirantes al de plazas convocadas, ello sin perjuicio de lo
dispuesto en el apartado 7 de la base octava.
9. En el supuesto de que alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso
selectivo a causa de parto o embarazo de alto riesgo, debidamente acreditado, su
situación quedará condicionada a la superación de las pruebas que hayan quedado
aplazadas. La realización de las pruebas no podrá demorarse más de 45 días hábiles
desde el llamamiento previsto en la presente base de manera que no se menoscabe el
derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a
tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por la comisión de selección, debiendo
realizarse las pruebas, en todo caso, antes de la publicación de la lista de aspirantes que
hayan superado el proceso selectivo.
10. En los supuestos previstos en el apartado anterior, las pruebas se aplazarán
por una sola vez y quedarán decaídas en sus derechos quienes no comparezcan,
considerándose que no han completado la oposición. Las personas aspirantes que
soliciten acogerse a estos supuestos deberán dirigir solicitud electrónica a la persona
titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, y acompañar a
dicha solicitud la documentación acreditativa de la imposibilidad de acudir al llamamiento
y celebración de las pruebas de las que consta la oposición.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Miércoles, 17 de julio de 2024
página 48078/14
Octava. Presentación de documentación y solicitud de destinos.
1. La Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública resolverá, a
través de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, la oferta de
vacantes a las personas aspirantes que superan el proceso selectivo de acuerdo con las
necesidades de ordenación de efectivos. En esta figurará, al menos, el mismo número
de plazas que personas aspirantes hayan sido seleccionadas. La oferta de vacantes se
anunciará en el BOJA.
1.1. Al objeto de garantizar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del
Decreto 93/2006, de 22 de mayo, las personas aspirantes con discapacidad que
necesiten adaptaciones que hayan de ser tenidas en cuenta por la Dirección General
de Recursos Humanos y Función Pública para realizar la oferta de vacantes, deberán
comunicarlo en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de
la publicación de la relación definitiva de personas aprobadas, mediante escrito dirigido a
esta, el cual será presentado de forma electrónica a través del Registro Electrónico Único
de la Junta de Andalucía.
1.2. A tales efectos, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública les
podrá requerir la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada,
así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305027
de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de Función Pública de Andalucía, en el siguiente enlace
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/12595.html
7. Finalizado el proceso de selección, el órgano de selección hará pública en la página web
del Instituto Andaluz de Administración Pública la relación definitiva de personas aprobadas
por orden de puntuación en la oposición. En ella constarán las calificaciones obtenidas
en cada uno de los ejercicios y será elevada propuesta de nombramiento como personal
funcionario a la persona titular de la Secretaría General para la Administración Pública.
Contra la lista definitiva de personas aprobadas podrá interponerse recurso de alzada
ante la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública,
en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se haga pública,
de conformidad con los artículos 121 y siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La presentación del citado recurso de alzada ha de realizarse de forma exclusivamente
electrónica, conforme a lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley
5/2023, de 7 de junio, de Función Pública de Andalucía, en el siguiente enlace
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/12595.html
8. La comisión de selección no podrá declarar que ha superado el proceso selectivo
un número superior de aspirantes al de plazas convocadas, ello sin perjuicio de lo
dispuesto en el apartado 7 de la base octava.
9. En el supuesto de que alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso
selectivo a causa de parto o embarazo de alto riesgo, debidamente acreditado, su
situación quedará condicionada a la superación de las pruebas que hayan quedado
aplazadas. La realización de las pruebas no podrá demorarse más de 45 días hábiles
desde el llamamiento previsto en la presente base de manera que no se menoscabe el
derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a
tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por la comisión de selección, debiendo
realizarse las pruebas, en todo caso, antes de la publicación de la lista de aspirantes que
hayan superado el proceso selectivo.
10. En los supuestos previstos en el apartado anterior, las pruebas se aplazarán
por una sola vez y quedarán decaídas en sus derechos quienes no comparezcan,
considerándose que no han completado la oposición. Las personas aspirantes que
soliciten acogerse a estos supuestos deberán dirigir solicitud electrónica a la persona
titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, y acompañar a
dicha solicitud la documentación acreditativa de la imposibilidad de acudir al llamamiento
y celebración de las pruebas de las que consta la oposición.