Autoridades y personal. . (2024/138-30)
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en el Cuerpo de Inspección de Servicios Sanitarios, especialidad Inspección Médica y especialidad Inspección Farmacéutica, de la Administración General de la Junta de Andalucía.
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Número 138 - Miércoles, 17 de julio de 2024

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de la compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas del puesto concreto a
ocupar. El dictamen será expedido por los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o asistencial correspondiente de la comunidad autónoma de Andalucía.
La Consejería, el organismo o entidad a la que esté adscrito el puesto de trabajo
será la encargada de la valoración, la realización y la financiación de las adaptaciones
necesarias para la incorporación de la persona con discapacidad.
1.3. Si resultara necesario, la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública podrá realizar una oferta de vacantes diferenciada para el turno de personas
con discapacidad. En este supuesto, las personas aspirantes con discapacidad podrán
optar por elegir destino, según el orden establecido en el proceso selectivo, bien de entre
las plazas ofertadas en el turno libre, o de entre las vacantes ofertadas para el turno de
personas con discapacidad.
2. Las personas seleccionadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles a
contar desde que se publique la oferta de vacantes para presentar la petición de destino
a la vista de las vacantes ofertadas, y la documentación que se detalla en el apartado
4 de la presente base, que habrá de ir dirigida a la persona titular de la Dirección
General de Recursos Humanos y Función Pública, salvo cuando las circunstancias del
proceso selectivo lo permitan, y a fin de favorecer la celeridad en su gestión, el trámite
de oferta de vacantes, la presentación de la documentación preceptiva y petición de
destinos, se sustituyan por un acto único mediante comparecencias de las personas
seleccionadas, bien presenciales, bien electrónicas, incluyendo las audioconferencias y
las videoconferencias, garantizando en todas ellas la verificación de la identidad de las
personas que participen en dicho acto único.
3. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las peticiones de destino se
presentarán a través de la página web del empleado público de Andalucía
(https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico)
conforme al modelo y procedimiento que se detallará en la resolución citada en el
apartado 1 de la presente base.
4. A la petición de destino realizada en la forma prevista en el apartado anterior, la
persona seleccionada habrá de adjuntar la siguiente documentación:
a) Copia electrónica auténtica del título académico oficial o, en su defecto, copia
del mismo acompañada del documento obtenido a través de la «Consulta de Títulos
Universitarios Oficiales» en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación
Profesional. Asimismo, se podrá adjuntar copia electrónica auténtica de la certificación
supletoria provisional que dispone el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de
agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario y no poseer la condición de
personal funcionario del cuerpo y especialidad convocado, conforme al modelo que se
incluya en la publicación en BOJA de la resolución de oferta de vacantes.
En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitada
o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
c) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas habituales del cuerpo y especialidad.
d) En el caso de aspirantes con discapacidad deberán aportar certificado, expedido por
la Consejería competente en la materia de la Junta de Andalucía, o en su caso del Instituto
Nacional de la Seguridad Social, en el que conste su capacidad para el desempeño de las
funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a la que se aspira.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía