3. Otras disposiciones. . (2024/137-41)
Resolución de 28 de junio de 2024, de la Dirección General de Minas, por la que se declaran francos los terrenos y se convoca concurso público para investigación minera en los terrenos comprendidos en los registros mineros que se citan, comprendidos en la provincia de Huelva. (PD. 9069/2024).
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Número 137 - Martes, 16 de julio de 2024

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la forma establecida en los artículos 98 y 99 del Reglamento General para el Régimen de
la Minería, referida tal designación al sistema ETRS89.
b) Los documentos señalados en los apartados c) y d) del artículo 66 del mismo
Reglamento y en relación con lo previsto en la disposición adicional octava del Decretoley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación
administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en
Andalucía, 1 copia digital en formato PDF de:
1. Proyecto de investigación, firmado por persona técnica competente, indicando
el mineral o minerales a investigar con el periodo de vigencia, que deberá justificar las
inversiones indicadas en el Anexo III.2.
2. Acreditación de la solvencia técnica y/o profesional.
3. El presupuesto de las inversiones a efectuar con inclusión de las hojas resumen
según Anexo III.2. Existiendo una casilla en la que se expresa la cifra en número y otra
en letra, prevaleciendo el valor expresado en forma de letra sobre el numérico. Si en
cualquier casilla no se expresa una cifra en letra, se entenderá propuesta una inversión
de cero euros para el concepto de que se trate.
c) Si se prevé que algún medio y/o equipo técnico a emplear será contratado de forma
externa a la participante, se deberá adjuntar el contrato o proyecto de contrato suscrito
entre las partes. Los trabajos contratados deberán indicarse y correlacionarse de acuerdo
con las distintas unidades presupuestarias previstas en el presupuesto total.
d) Una copia digital en formato PDF del Plan de restauración del espacio natural
afectado por las labores mineras, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 975/2009,
de 12 de junio, sobre gestión de los residuos mineros de las industrias extractivas y de
protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras (BOE núm. 143,
de 13 de junio de 2009) modificado por el Real Decreto 777/2012, de 4 de mayo (BOE
núm. 118, de 17 de mayo de 2012).
e) Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera con medios
propios o externos, según lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y
2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, mediante, al menos, uno de los medios siguientes:
1. Declaración de entidad o entidades financieras. La declaración deberá manifestar
la capacidad financiera de la persona licitadora para acometer la inversión prevista en su
solicitud.
2. Declaración de una persona auditora inscrita en el Registro de Auditores de
Cuentas (ROAC) del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (Ley 22/2015, de
20 de julio, de Auditoría de Cuentas), donde se deberá manifestar que, conforme a las
cuentas anuales presentadas en el registro mercantil para el último ejercicio, se dispone
de fondos propios libres para la inversión prevista.
En la declaración de la entidad financiera o en la de auditora de cuentas, para certificar
la capacidad financiera para abordar el nuevo proyecto solicitado, se debe recoger el
montante de los proyectos de inversión en investigación minera que el participante en el
concurso tiene solicitados o autorizados.
f) Documentación acreditativa de estar en posesión de las condiciones mínimas de
solvencia técnica o profesional, con medios propios o externos, según lo dispuesto en los
artículos 90 y 91 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, contando
entre su plantilla, o mediante contrato colaboración para el desarrollo del proyecto, con
personal técnico cualificado con experiencia demostrada en la realización de trabajos y
el manejo de técnicas similares a las contempladas en el proyecto de investigación, así
como con los equipos necesarios para llevarlos a cabo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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