3. Otras disposiciones. . (2024/137-41)
Resolución de 28 de junio de 2024, de la Dirección General de Minas, por la que se declaran francos los terrenos y se convoca concurso público para investigación minera en los terrenos comprendidos en los registros mineros que se citan, comprendidos en la provincia de Huelva. (PD. 9069/2024).
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 137 - Martes, 16 de julio de 2024

página 48042/9

de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la
presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos establecidos
en el Anexo I del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre, por el que se aprueba el
Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, Registros
de Estados miembros de la Comunidad Europea y signatarios del Acuerdo sobre el
Espacio Económico Europeo.
e) Capacidad de obrar de las empresas extranjeras no comprendidas en el apartado
anterior, que se acreditará mediante informe expedido por la Misión Diplomática
Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que
se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro
local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el
tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del concurso.
f) En el caso de empresas extranjeras, declaración expresa de someterse a la
jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las
incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del concurso, con renuncia,
en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al solicitante.
g) Certificación expresa de hallarse al corriente de los pagos de sus obligaciones
tributarias con el Estado, con la Comunidad Autónoma de Andalucía y de la Seguridad
Social impuestas por las obligaciones vigentes, por la persona empresaria a cuyo favor
se vaya a efectuar la solicitud, o bien autorización para su comprobación de oficio.
h) Sin perjuicio de la aplicación de las obligaciones de España derivadas de acuerdos
internacionales, las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión
Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo
deberán justificar mediante informe que el Estado de procedencia de la empresa extrajera
admite a su vez la participación de empresas españolas en concursos, contratos y
actividades para la exploración, investigación y explotación de recursos minerales.
i) El resguardo acreditativo de una fianza provisional mediante copia del modelo 801,
802, 803, 804 y T00, según la modalidad elegida, consistente en el 10% de la tasa para
la tramitación de Permisos de Investigación establecidos en la Ley 10/2021, de 28 de
diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por
importe de 323 euros.
Esta fianza será devuelta a las personas participantes cuyas solicitudes hayan
sido seleccionadas en el momento de constituir el 100% de la tasa correspondiente
a la tramitación del permiso de investigación. Igualmente, serán devueltas las fianzas
provisionales a las personas solicitantes cuyas solicitudes no hayan sido seleccionadas
después de la finalización de este procedimiento.
j) Declaración responsable de no estar incursa en ninguna prohibición de contratar con
la Administración, tal como determina el artículo 94 de la Ley 33/2003, de 3 noviembre,
del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
k) En el caso de unión temporal de empresas, deberán presentarse tantas
declaraciones como empresas integrantes de la unión, firmadas, cada una, por las
personas representantes respectivas y el porcentaje de participación de cada una de
ellas.
l) En caso de empresas extranjeras, toda la documentación que presenten deberá
estar traducida de forma oficial al español.
5. En el sobre núm. 2, documentación técnica y económica justificativa, deberá incluirse:
a) Designación del terreno que se pretende, con inclusión de la hoja resumen según
Anexo III.1. La superficie solicitada en el concurso podrá ser la totalidad de la superficie
de un derecho caducado o una parte del mismo pudiendo incluir terrenos delimitados por
varios derechos mineros caducados de los recogidos en el Anexo I, y superficies francas
colindantes hasta completar la cuadrícula minera que los incluyen, expresada dicha
superficie en cuadrículas mineras, con el mínimo de una cuadrícula minera, expresada en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00304992

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía