Disposiciones generales. . (2024/137-1)
Resolución de 11 de julio de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan para los años 2024 y 2025 las subvenciones públicas previstas en la Orden de 13 de septiembre de 2021, por la que se regula el programa de empleo y formación en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva a dicho programa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 137 - Martes, 16 de julio de 2024
página 48089/11
En caso de incluir más de un municipio de ejecución se realizará una media aritmética
entre dichos municipios.
4º. No haber sido beneficiaria del programa de empleo y formación en la última
convocatoria del citado programa. Este apartado tendrá una puntuación de 20 puntos.
5º. Tener un plan de igualdad en vigor en el caso de entidades privadas sin ánimo
de lucro con 50 personas en plantilla o menos, o bien, contar con un máximo del 60 por
ciento del personal de su plantilla de uno de los dos sexos en el supuesto de entidades
públicas y entidades privadas sin ánimo de lucro con más de 50 personas en plantilla.
Este criterio tendrá una puntuación de 5 puntos.
b) Se tendrán en cuenta los criterios que valoran la calidad de los proyectos
presentados. La suma de estos criterios tendrá una puntuación máxima de 45 puntos.
1º. Calidad del plan formativo y la adecuación de las acciones formativas propuestas
con las necesidades del mercado de trabajo del ámbito territorial del proyecto. Este
criterio tendrá una puntuación máxima de 20 puntos.
CALIDAD DEL PLAN FORMATIVO
PUNTOS
Coherencia del proyecto: que el plan formativo incluya dos certificados profesionales
completos, uno de nivel 1 y otro de nivel 2, de la misma área profesional.
10
Carácter innovador del proyecto: que no exista en el ámbito territorial de ejecución del
proyecto oferta del sistema educativo ni del sistema de formación profesional para el empleo
equivalente al certificado profesional o certificados del plan formativo del proyecto.
10
2º. Nueva contratación o nombramiento de personal de apoyo que no pertenezca a
la plantilla de la entidad para realizar las acciones establecidas en la letra b) del artículo
16 de la Orden de 13 de septiembre de 2021. Este criterio tendrá una puntuación de 10
puntos.
3º. Actividades de utilidad pública o de interés general y social preferentes, las cuales
están relacionadas directamente con la oferta formativa del proyecto establecidas en el
Anexo III. Este criterio tendrá una puntuación de 15 puntos. Solo será objeto de valoración
una única actuación por solicitud. A tal fin se declaran como preferentes las siguientes
actuaciones:
ACTIVIDADES PREFERENTES DE UTILIDAD PÚBLICA O DE INTERÉS GENERAL Y SOCIAL
Obras o servicios de utilidad pública que contribuyan a la implantación de nuevas tecnologías con aplicación
al ámbito territorial del proyecto, preferentemente en la mejora del acceso a redes de telecomunicaciones
e internet, para proyectos radicados en zonas rurales según la Clasificación de Grado de Urbanización del
territorio andaluz del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (en adelante IECA). La Clasificación
de Grado de Urbanización del territorio andaluz se puede consultar en la página web del IECA siguiendo
la ruta: Estadística/Vivienda, urbanismo y construcción/Clasificación del Grado de Urbanización/Grado de
urbanización de los municipios andaluces.
Actuaciones relacionadas con el marco formativo y ocupacional de las nuevas tecnologías: de desarrollo
de internet de las cosas, análisis, procesamiento y almacenamiento de grandes y variadas cantidades
de datos (big data), protección de datos, inteligencia artificial y nuevas tecnologías aplicadas a la
automatización de la producción.
La adaptación o rehabilitación de infraestructuras públicas o entornos urbanos que contribuyan al desarrollo
de un turismo sostenible y accesible y/o a la puesta en valor o promoción del patrimonio artístico, histórico
o cultural.
Actuaciones encaminadas al cuidado y la sostenibilidad del medio ambiente, la economía circular, la
recuperación de los oficios artesanales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305038
Obras o servicios de utilidad pública que contribuyan a lograr un consumo de energía principalmente
procedente de fuentes renovables, y/o su generación, distribución, suministro, o almacenamiento, así
como a la prestación de servicios de eficiencia energética, de recarga para vehículos eléctricos o de otros
servicios energéticos.
BOJA
Número 137 - Martes, 16 de julio de 2024
página 48089/11
En caso de incluir más de un municipio de ejecución se realizará una media aritmética
entre dichos municipios.
4º. No haber sido beneficiaria del programa de empleo y formación en la última
convocatoria del citado programa. Este apartado tendrá una puntuación de 20 puntos.
5º. Tener un plan de igualdad en vigor en el caso de entidades privadas sin ánimo
de lucro con 50 personas en plantilla o menos, o bien, contar con un máximo del 60 por
ciento del personal de su plantilla de uno de los dos sexos en el supuesto de entidades
públicas y entidades privadas sin ánimo de lucro con más de 50 personas en plantilla.
Este criterio tendrá una puntuación de 5 puntos.
b) Se tendrán en cuenta los criterios que valoran la calidad de los proyectos
presentados. La suma de estos criterios tendrá una puntuación máxima de 45 puntos.
1º. Calidad del plan formativo y la adecuación de las acciones formativas propuestas
con las necesidades del mercado de trabajo del ámbito territorial del proyecto. Este
criterio tendrá una puntuación máxima de 20 puntos.
CALIDAD DEL PLAN FORMATIVO
PUNTOS
Coherencia del proyecto: que el plan formativo incluya dos certificados profesionales
completos, uno de nivel 1 y otro de nivel 2, de la misma área profesional.
10
Carácter innovador del proyecto: que no exista en el ámbito territorial de ejecución del
proyecto oferta del sistema educativo ni del sistema de formación profesional para el empleo
equivalente al certificado profesional o certificados del plan formativo del proyecto.
10
2º. Nueva contratación o nombramiento de personal de apoyo que no pertenezca a
la plantilla de la entidad para realizar las acciones establecidas en la letra b) del artículo
16 de la Orden de 13 de septiembre de 2021. Este criterio tendrá una puntuación de 10
puntos.
3º. Actividades de utilidad pública o de interés general y social preferentes, las cuales
están relacionadas directamente con la oferta formativa del proyecto establecidas en el
Anexo III. Este criterio tendrá una puntuación de 15 puntos. Solo será objeto de valoración
una única actuación por solicitud. A tal fin se declaran como preferentes las siguientes
actuaciones:
ACTIVIDADES PREFERENTES DE UTILIDAD PÚBLICA O DE INTERÉS GENERAL Y SOCIAL
Obras o servicios de utilidad pública que contribuyan a la implantación de nuevas tecnologías con aplicación
al ámbito territorial del proyecto, preferentemente en la mejora del acceso a redes de telecomunicaciones
e internet, para proyectos radicados en zonas rurales según la Clasificación de Grado de Urbanización del
territorio andaluz del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (en adelante IECA). La Clasificación
de Grado de Urbanización del territorio andaluz se puede consultar en la página web del IECA siguiendo
la ruta: Estadística/Vivienda, urbanismo y construcción/Clasificación del Grado de Urbanización/Grado de
urbanización de los municipios andaluces.
Actuaciones relacionadas con el marco formativo y ocupacional de las nuevas tecnologías: de desarrollo
de internet de las cosas, análisis, procesamiento y almacenamiento de grandes y variadas cantidades
de datos (big data), protección de datos, inteligencia artificial y nuevas tecnologías aplicadas a la
automatización de la producción.
La adaptación o rehabilitación de infraestructuras públicas o entornos urbanos que contribuyan al desarrollo
de un turismo sostenible y accesible y/o a la puesta en valor o promoción del patrimonio artístico, histórico
o cultural.
Actuaciones encaminadas al cuidado y la sostenibilidad del medio ambiente, la economía circular, la
recuperación de los oficios artesanales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305038
Obras o servicios de utilidad pública que contribuyan a lograr un consumo de energía principalmente
procedente de fuentes renovables, y/o su generación, distribución, suministro, o almacenamiento, así
como a la prestación de servicios de eficiencia energética, de recarga para vehículos eléctricos o de otros
servicios energéticos.