Disposiciones generales. . (2024/137-5)
Orden de 10 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, en el ámbito de las competencias de la Consejería.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 137 - Martes, 16 de julio de 2024
página 48028/24
7.d) Participación en la financiación de las subvenciones:
☐ Administración de la Junta de Andalucía. Porcentaje:
☐ La Unión Europea participa, a través del fondo:
☒ Administración General del Estado. Porcentaje: 100%
☐ Otra/s participación/es de órganos, organismos o entidades de derecho público: Porcentaje:
8. Entidad/es colaboradora/s (Artículo 7).
8. a) Participación de entidad/es colaboradora/s:
☒No.
☐Sí.
☐Identificación:
☐Se identificará en la correspondiente convocatoria.
8. b) Requisitos que deben reunir las entidades colaboradoras:
8. c) Periodo durante el que deben mantenerse los requisitos:
8.d) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de entidad/es colaboradora/s
☐ No se establecen.
☐ Se establecen las siguientes excepciones al artículo 7.4 del Texto Articulado:
8. e) Condiciones de solvencia y eficacia
☐ No se establecen.
☐ Se establecen las siguientes condiciones.
8. f) Particularidades y contenido que, en su caso, se establecen para el convenio de colaboración o
contrato:
☐ No se establecen.
☐ Se establecen las siguientes:
8.g) Funciones y obligaciones de la/s entidad/es colaboradora/s:
9. Subcontratación (Artículo 8)
9. a) Posibilidad de subcontratación:
☒ Sí. Porcentaje máximo: hasta el 30% del presupuesto aceptado. Solo podrán subcontratarse aquellas
actividades que no constituyan la finalidad principal de la entidad.
☐ No.
9.b) En caso afirmativo, documentación a presentar junto con la solicitud de autorización para la
subcontratación:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00304978
☒ Ninguna
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 137 - Martes, 16 de julio de 2024
página 48028/24
7.d) Participación en la financiación de las subvenciones:
☐ Administración de la Junta de Andalucía. Porcentaje:
☐ La Unión Europea participa, a través del fondo:
☒ Administración General del Estado. Porcentaje: 100%
☐ Otra/s participación/es de órganos, organismos o entidades de derecho público: Porcentaje:
8. Entidad/es colaboradora/s (Artículo 7).
8. a) Participación de entidad/es colaboradora/s:
☒No.
☐Sí.
☐Identificación:
☐Se identificará en la correspondiente convocatoria.
8. b) Requisitos que deben reunir las entidades colaboradoras:
8. c) Periodo durante el que deben mantenerse los requisitos:
8.d) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de entidad/es colaboradora/s
☐ No se establecen.
☐ Se establecen las siguientes excepciones al artículo 7.4 del Texto Articulado:
8. e) Condiciones de solvencia y eficacia
☐ No se establecen.
☐ Se establecen las siguientes condiciones.
8. f) Particularidades y contenido que, en su caso, se establecen para el convenio de colaboración o
contrato:
☐ No se establecen.
☐ Se establecen las siguientes:
8.g) Funciones y obligaciones de la/s entidad/es colaboradora/s:
9. Subcontratación (Artículo 8)
9. a) Posibilidad de subcontratación:
☒ Sí. Porcentaje máximo: hasta el 30% del presupuesto aceptado. Solo podrán subcontratarse aquellas
actividades que no constituyan la finalidad principal de la entidad.
☐ No.
9.b) En caso afirmativo, documentación a presentar junto con la solicitud de autorización para la
subcontratación:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00304978
☒ Ninguna
https://www.juntadeandalucia.es/eboja