Disposiciones generales. . (2024/127-1)
Orden de 26 de junio de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo sostenible de la pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.
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Número 127 - Martes, 2 de julio de 2024
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2. Los criterios de selección generales se valorarán a través de los subcriterios que
se citan a continuación.
3. Una vez valorados cada uno de estos subcriterios, la puntuación máxima será de
10 puntos y la mínima superior a 4 puntos.
4. La aplicación de los criterios generales de valoración de las operaciones tiene
carácter obligatorio y servirá para determinar si la operación es apta/no apta para ser
cofinanciada por el FEMPA. Se señalará como no apta si se obtiene una puntuación
menor o igual a 4 puntos.
5. La puntuación obtenida en los criterios de selección generales supondrá un 30%
de la puntuación final, sumando posteriormente la puntuación obtenida en el resto de los
criterios a valorar.
1) Criterio general: Contribución a la Estrategia, DAFO y tipo de actividad del
Programa.
1.1. Subcriterio: Adecuación a la Estrategia. Se valora de 0-2 puntos. Se comprobará
si la actuación está prevista en la Estrategia del Programa para España del FEMPA, de
acuerdo con las líneas descritas a continuación, para los objetivos específicos 1.1, 1.2
y 1.4 definidos en el Programa para España del FEMPA, en relación con la Prioridad 1:
Fomentar la pesca sostenible y la recuperación y conservación de los recursos biológicos
acuáticos:
• Fortalecer el control de pesca impulsando la colaboración con el sector.
• Fomentar el relevo generacional mediante la mejora de condiciones laborales, a
bordo y en tierra, y el papel y participación de las mujeres.
• Protección de los ecosistemas mediante la conservación de los ecosistemas
marinos, seguimiento de las estrategias marinas y planificación espacial y Red Natura
2000 (RN 2000).
• Competitividad del sector mediante la valorización de los productos y la disminución
de costes de producción con una mayor eficiencia energética.
• Actuaciones horizontales como mejoras en los puertos y lugares de desembarque,
actuaciones innovadoras o mejora de las condiciones de la pesca costera artesanal para
mejorar su tejido productivo y eficiencia.
Este subcriterio se valorará con un máximo de 2 puntos conforme al siguiente
desglose:
a) Si la operación no se ajusta a la Estrategia en el marco del FEMPA: 0 puntos, no
siendo financiable.
b) Si la operación se ajusta a la Estrategia en el marco del FEMPA: 2 puntos.
1.2. Subcriterio: Adecuación al DAFO. Se valora de 0-2 puntos. Se comprobará si la
operación aporta, contribuye o recoge algunos de los aspectos del DAFO:
- Desarrollar herramientas digitales para la gestión sostenible de la actividad pesquera
en la administración y el sector, incluido el equipamiento y mejora de las competencias
digitales.
- Fomentar el uso de energías eficientes, limpias y renovables en la actividad pesquera
tanto en el mar como en tierra.
- Adaptación al cambio climático y prevención y mitigación de las consecuencias de
eventos ambientales inesperados.
- Uso más eficiente de la energía mediante inversiones/innovaciones en puertos,
lonjas y lugares de desembarque.
- Impulsar el atractivo del sector mediante la mejora de las condiciones laborales y de
seguridad para fomentar el relevo generacional y la incorporación de jóvenes y mujeres
al sector.
- Adaptar los buques a los mejores estándares actuales, como la adaptación para
limitar el impacto de la pesca en el medio marino.
- Aumentar la atención en la salud laboral y no solo en la prevención de accidentes.
- Mejorar las condiciones laborales del marisqueo a pie.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304224
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 47274/19
2. Los criterios de selección generales se valorarán a través de los subcriterios que
se citan a continuación.
3. Una vez valorados cada uno de estos subcriterios, la puntuación máxima será de
10 puntos y la mínima superior a 4 puntos.
4. La aplicación de los criterios generales de valoración de las operaciones tiene
carácter obligatorio y servirá para determinar si la operación es apta/no apta para ser
cofinanciada por el FEMPA. Se señalará como no apta si se obtiene una puntuación
menor o igual a 4 puntos.
5. La puntuación obtenida en los criterios de selección generales supondrá un 30%
de la puntuación final, sumando posteriormente la puntuación obtenida en el resto de los
criterios a valorar.
1) Criterio general: Contribución a la Estrategia, DAFO y tipo de actividad del
Programa.
1.1. Subcriterio: Adecuación a la Estrategia. Se valora de 0-2 puntos. Se comprobará
si la actuación está prevista en la Estrategia del Programa para España del FEMPA, de
acuerdo con las líneas descritas a continuación, para los objetivos específicos 1.1, 1.2
y 1.4 definidos en el Programa para España del FEMPA, en relación con la Prioridad 1:
Fomentar la pesca sostenible y la recuperación y conservación de los recursos biológicos
acuáticos:
• Fortalecer el control de pesca impulsando la colaboración con el sector.
• Fomentar el relevo generacional mediante la mejora de condiciones laborales, a
bordo y en tierra, y el papel y participación de las mujeres.
• Protección de los ecosistemas mediante la conservación de los ecosistemas
marinos, seguimiento de las estrategias marinas y planificación espacial y Red Natura
2000 (RN 2000).
• Competitividad del sector mediante la valorización de los productos y la disminución
de costes de producción con una mayor eficiencia energética.
• Actuaciones horizontales como mejoras en los puertos y lugares de desembarque,
actuaciones innovadoras o mejora de las condiciones de la pesca costera artesanal para
mejorar su tejido productivo y eficiencia.
Este subcriterio se valorará con un máximo de 2 puntos conforme al siguiente
desglose:
a) Si la operación no se ajusta a la Estrategia en el marco del FEMPA: 0 puntos, no
siendo financiable.
b) Si la operación se ajusta a la Estrategia en el marco del FEMPA: 2 puntos.
1.2. Subcriterio: Adecuación al DAFO. Se valora de 0-2 puntos. Se comprobará si la
operación aporta, contribuye o recoge algunos de los aspectos del DAFO:
- Desarrollar herramientas digitales para la gestión sostenible de la actividad pesquera
en la administración y el sector, incluido el equipamiento y mejora de las competencias
digitales.
- Fomentar el uso de energías eficientes, limpias y renovables en la actividad pesquera
tanto en el mar como en tierra.
- Adaptación al cambio climático y prevención y mitigación de las consecuencias de
eventos ambientales inesperados.
- Uso más eficiente de la energía mediante inversiones/innovaciones en puertos,
lonjas y lugares de desembarque.
- Impulsar el atractivo del sector mediante la mejora de las condiciones laborales y de
seguridad para fomentar el relevo generacional y la incorporación de jóvenes y mujeres
al sector.
- Adaptar los buques a los mejores estándares actuales, como la adaptación para
limitar el impacto de la pesca en el medio marino.
- Aumentar la atención en la salud laboral y no solo en la prevención de accidentes.
- Mejorar las condiciones laborales del marisqueo a pie.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304224
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía