Disposiciones generales. . (2024/127-1)
Orden de 26 de junio de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo sostenible de la pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.
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Número 127 - Martes, 2 de julio de 2024

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1.º Empresas consolidadas: con independencia de cual sea la cuantía de la subvención
solicitada, se deberá presentar memoria económica firmada por quien ostente la
representación legal de la entidad solicitante en la que se explique adecuadamente
las posibilidades de éxito, la rentabilidad y los beneficios que pueda reportar la
operación para la que se solicita la ayuda. Dicha memoria incluirá, además, un
análisis de los indicadores financieros Valor Actual Neto (VAN) y Tasa Interna de
Retorno (TIR), en el caso de incremento de la rentabilidad de la empresa con la
inversión para la que solicita ayuda.
2.º Empresas de nueva constitución y autónomos: se deberá presentar memoria
económica firmada por quien ostente la representación legal de la entidad
solicitante con el contenido expuesto en el punto anterior. Si el importe de la
subvención supera los 100.000 euros dicha memoria económica vendrá avalada
por un informe de auditor externo autorizado.
f) Autorizaciones necesarias para llevar a cabo las inversiones en buques de pesca, o
en su caso, la acreditación de haberla solicitado.
g) Documentación acreditativa de las condiciones manifestadas para el cumplimiento
y aplicación de los criterios de selección establecidos en esta orden.
h) En el caso de inversiones que mejoren la infraestructura de los puertos pesqueros,
las lonjas, los lugares de desembarque y los fondeaderos para facilitar el desembarque
y el almacenamiento de capturas no deseadas, la documentación que se precise en la
Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Programa para
España del FEMPA.
i) En el caso de empresa que tengan 50 o más personas trabajadoras, el Plan de
Igualdad inscrito en el REGCON o acreditación de su solicitud de inscripción, en su caso.
j) El resto de la documentación establecida en esta orden para cada línea de ayudas.
3. Todos los documentos se presentarán en formato de copias digitalizadas, cuya
fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica
avanzada. En este supuesto, el órgano gestor podrá solicitar del correspondiente archivo
el cotejo del contenido de las copias aportadas. Ante la imposibilidad de este cotejo y con
carácter excepcional, cuando la relevancia del documento lo exija o existan dudas de la
calidad de la copia, podrá requerir a las personas o entidades interesadas la exhibición
del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la
autorización al órgano gestor para que acceda y trate la información personal contenida
en tales documentos.
4. Con carácter general, la persona o entidad solicitante tiene derecho a no aportar
documentos que ya se encuentren en poder del órgano gestor o hayan sido elaborados
por cualquier otra Administración. En este caso el órgano gestor podrá consultar o
recabar dichos documentos salvo que la persona solicitante se opusiera a ello en cuyo
caso deberá aportarlos junto a su solicitud de ayuda.
Además la persona o entidad solicitante tiene derecho a no aportar datos o
documentos que ya hubieran sido aportados con anterioridad a cualquier Administración.
A estos efectos la persona o entidad interesada deberá indicar en qué momento y ante
qué órgano administrativo presentó los citados documentos o éstos fueron emitidos, la
fecha de dicha presentación o emisión y el procedimiento al que corresponden, siempre
que no hubieran transcurrido más de cinco años desde la finalización de éste.
5. Conforme al artículo 23 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión
de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía la presentación de la
solicitud conlleva la autorización al órgano gestor para recabar las certificaciones o la
remisión de datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de la Tesorería
General de la Seguridad Social y de la Consejería competente en materia de Hacienda
que estas bases reguladoras requieran aportar.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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