3. Otras disposiciones. . (2024/126-34)
Resolución de 12 de junio de 2024, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se aprueban las directrices para la organización del Trabajo Fin de Grado del alumnado de las enseñanzas artísticas superiores.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Lunes, 1 de julio de 2024

página 47198/5

4. El alumnado, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 10
de la citada Orden de 19 de octubre de 2020, podrá solicitar la convocatoria extraordinaria
de pruebas de evaluación del TFG.
5. Con carácter excepcional y en las condiciones establecidas en el artículo 11
de la citada Orden de 19 de octubre de 2020 se podrá conceder por una sola vez la
convocatoria adicional para el TFG, una vez agotado el número máximo de convocatorias
conforme a lo establecido en dicha orden.

Octava. Funciones de la tutoría académica.
La tutora o el tutor académico ejercerá las siguientes funciones:
a) Dirigir y asesorar de manera individualizada al alumnado de TFG sobre el
planteamiento del trabajo, la metodología y recursos a utilizar.
b) Supervisar el contenido y estructura del TFG, de acuerdo a lo recogido en la
directriz cuarta.
c) Colaborar en el desarrollo de las actividades formativas organizadas por el centro
destinadas a orientar al alumnado del TFG en las tareas de investigación.
d) Emitir un informe motivado de valoración del TFG para ser tenido en cuenta por
el tribunal, de acuerdo con los criterios y procedimientos establecidos para el TFG en el
proyecto educativo del centro.
e) Ayudar a la preparación de la defensa.
f) Asistir al acto de defensa del TFG del alumnado de su tutoría.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00304148

Séptima. Asignación de la tutoría académica.
1. Corresponderá a la dirección del centro recepcionar las solicitudes presentadas
por el alumnado mediante el Anexo I y asignar al profesorado responsable de la tutoría
académica del TFG, de acuerdo con el procedimiento establecido en el plan de centro.
2. La tutora o el tutor académico será único para el TFG de cada alumno o alumna.
En caso de la realización del TFG de forma grupal referida en la directriz tercera, cada
alumno o alumna deberá contar con un tutor o tutora académico, que preferentemente
podrá recaer en el mismo profesor o profesora para todos los miembros del grupo.
3. Podrán ser tutores de TFG todos los miembros del claustro de profesorado del
centro en el que se realice la solicitud que tengan atribuciones docentes en el contexto de
las enseñanzas artísticas superiores.
4. Antes del día 10 de septiembre de cada curso académico, la jefatura de estudios
o la vicedirección de ordenación académica, en su caso, publicará en el tablón de
anuncios y página web del centro, en su caso, la relación de docentes disponibles para
la tutorización del TFG, junto a sus respectivas áreas de conocimiento y especialización.
En el caso de las Escuelas de Arte y Superiores de Diseño, la publicación de docentes
disponibles para la tutorización del TFG se realizará antes del día 30 de noviembre.
5. El alumnado deberá solicitar antes del 30 de septiembre de cada curso académico
la asignación de docente tutor, según el modelo que se incluye como Anexo I. En el
caso de las Escuelas de Arte y Superiores de Diseño el alumnado deberá solicitar la
asignación de docente tutor antes del 31 de diciembre.
6. La solicitud de autorización del TFG de forma grupal, referida en la directriz tercera,
se realizará mediante la cumplimentación del Anexo II, que deberá acompañar al Anexo I
de solicitud para la inscripción del TFG y asignación de tutoría académica.
En el caso de que no se apruebe la solicitud para realizar el TFG de forma grupal
y esto afecte a los datos reseñados en el Anexo I, el alumnado deberá modificar su
propuesta de inscripción.
7. El proceso de asignación de profesorado que realice la función tutorial deberá
finalizar con anterioridad al día 30 de octubre de cada curso académico. En el caso de
las Escuelas de Arte y Superiores de Diseño la asignación de profesorado tutor deberá
finalizar con anterioridad al 31 de enero.