Disposiciones generales. . (2024/125-7)
Decreto-ley 7/2024, de 25 de junio, para racionalización y el uso eficiente del agua en el sector turístico, de mitigación y adaptación al cambio climático de los destinos turísticos de Andalucía, por el que se modifican determinadas disposiciones normativas y se adoptan medidas urgentes de apoyo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Componente 14, Inversión 4, Submedida 2 (Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas).
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 125 - Viernes, 28 de junio de 2024

página 47188/9

Tres. La nota aclaratoria del requisito 162 del Anexo II queda redactada del siguiente
modo:
«(162) En los hoteles y los hoteles-apartamentos de 3 a 5 estrellas, el plato de ducha
tendrá una dimensión mínima de 0,90 m². En todo caso tendrá un ancho mínimo de 70 cm.
Deberán cumplir con estas dimensiones mínimas al menos el 80% del total de los baños.»
Cuatro. Se suprime el requisito núm. 163 «Bañera hidromasaje, en al menos el 30%
de las habitaciones» del Anexo II. Tablas puntuación sistema clasificación Hoteles y
Hoteles-apartamentos.
Cinco. Se suprime el requisito núm. 164 «Bañera al menos en el 30% de baños» del
Anexo II. Tablas puntuación sistema clasificación Hoteles y Hoteles-apartamentos.
Seis. Se suprime el requisito núm. 170 «Instalación de calefacción en el baño» del
Anexo II. Tablas puntuación sistema clasificación Hoteles y Hoteles-apartamentos.
Siete. Se suprime el requisito núm. 173 «Teléfono supletorio en los baños» del Anexo II.
Tablas puntuación sistema clasificación Hoteles y Hoteles-apartamentos.
Ocho. Se suprime el requisito núm. 174 «Gel y champú en botellas monodosis» del
Anexo II. Tablas puntuación sistema clasificación Hoteles y Hoteles-apartamentos.
Nueve. Se suprime el requisito GL7 «Servicio de lavado de coche al reservar parking
sin cargo» del Anexo IV. Requisitos de instalaciones, equipamientos y servicios para la
obtención del calificativo Gran Lujo.
Diez. Se suprime el requisito GL19 «Jacuzzi en 10% habitaciones» del Anexo IV.
Requisitos de instalaciones, equipamientos y servicios para la obtención del calificativo
Gran Lujo.
Once. Se suprime el requisito GL22 «Suite con piscina privada» del Anexo IV.
Requisitos de instalaciones, equipamientos y servicios para la obtención del calificativo
Gran Lujo.
Doce. Se suprime el requisito GL50 «Piscina para adultos adicional» del Anexo IV.
Requisitos de instalaciones, equipamientos y servicios para la obtención del calificativo
Gran Lujo.

Uno. Se suprime el apartado 4 y se renumera el apartado 5 del artículo 3, que queda
redactado como sigue:
«1. La finalidad esencial de los Planes es la promoción y fomento del turismo
sostenible en estos municipios para reforzar el papel de los destinos en la mejora de la
calidad y de la competitividad de la oferta turística andaluza.
2. Los Planes deberán ajustarse a las especificaciones y directrices que se
contemplen en el Plan General del Turismo de Andalucía.
3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 13/2011, de 23 de
diciembre, los objetivos generales de los Planes serán:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00304138

Artículo 3. Modificación del Decreto 146/2016, de 30 de agosto, por el que se regulan
los Planes Turísticos de Grandes Ciudades de Andalucía y los convenios de colaboración
mediante los que se articulan.
El Decreto 146/2016, de 30 de agosto, por el que se regulan los Planes Turísticos de
Grandes Ciudades de Andalucía y los convenios de colaboración mediante los que se
articulan, queda modificado como sigue: