Disposiciones generales. . (2024/125-7)
Decreto-ley 7/2024, de 25 de junio, para racionalización y el uso eficiente del agua en el sector turístico, de mitigación y adaptación al cambio climático de los destinos turísticos de Andalucía, por el que se modifican determinadas disposiciones normativas y se adoptan medidas urgentes de apoyo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Componente 14, Inversión 4, Submedida 2 (Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 125 - Viernes, 28 de junio de 2024

página 47188/12

4. Estas subvenciones se imputarán a la partida presupuestaria siguiente:
0900180000 G/75D/77004/00 MR05140401 2022001016, con la siguiente distribución:
IMPORTE TOTAL
14.736.463,63 € (80% importe total)
3.684.115,91 € (20% importe total)

5. Tendrán la condición de personas beneficiarias las personas físicas o jurídicas
titulares de empresas que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica
propia, domicilio o residencia fiscal en España y realicen una actividad económica por la
que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, conforme a lo siguiente:
a) Línea 1. Se incluyen en esta línea a aquellas personas físicas o jurídicas titulares
de empresas que presten o ejerzan alguno de los servicios turísticos o actividades
siguientes:
- Los establecimientos de alojamiento turístico.
- Las actividades dirigidas a la organización de congresos, convenciones u otro tipo
de eventos vinculados a la actividad empresarial.
- Las actividades deportivas desarrolladas en estaciones de esquí, campos de golf,
puertos deportivos, campos de polo u otros.
- Las actividades de ocio, entretenimiento y esparcimiento que se desarrollen en
parques temáticos, de atracciones, acuáticos, zoológicos o botánicos.
- Los balnearios, spas u otras instalaciones o actividades saludables relacionadas
con el bienestar de las personas.
- Los autobuses con recorridos panorámicos, transporte de pasajeros por vías
navegables interiores, coches de caballos y alquiler de bicicletas.
- Las actividades relacionadas con el conocimiento de la lengua castellana por
personas extranjeras, así como las que estén relacionadas con el flamenco en Andalucía.
b) Línea 2. Se incluyen en esta línea a aquellas personas físicas o jurídicas titulares
de empresas que presten o ejerzan alguno de los servicios turísticos o actividades
siguientes:
- La restauración, entendiéndose como tal las empresas con CNAE 5610
(Restaurantes y puestos de comidas), 5621 (Provisión de comidas preparadas para
eventos), 5629 (Otros servicios de comidas) y 5630 (Establecimientos de bebidas).
6. Se considerarán proyectos subvencionables aquellos destinados a reducir el
consumo de agua mediante la reutilización y el ahorro por parte de las empresas turísticas
que presten sus servicios o ejerzan sus actividades en Andalucía, así como aquellos que
contribuyan a la mitigación y adaptación al cambio climático de la actividad turística.
En particular, serán actuaciones subvencionables, entre otras, las siguientes:
a) Las actuaciones basadas en la reutilización del agua, consistente en el tratamiento
y posterior reutilización del agua proveniente de fuentes distintas de la red de agua
potable o similares.
b) Las actuaciones que reduzcan el caudal de agua necesario para un uso concreto
en su punto de consumo y que, como consecuencia, comporten un ahorro de agua en el
conjunto de instalaciones en servicio de un establecimiento.
c) Adaptación de infraestructuras para prevenir el exceso de calor o de frío.
d) Instalación de cubiertas vegetales de bajo consumo hídrico o sustitución de
cubiertas vegetales por artificiales; sustitución en jardines y otras zonas de vegetación
por especies vegetales especialmente adaptadas a la restricción o ausencia de agua.
e) Proyectos de mejora de la eficiencia energética.
7. El régimen de concesión y gastos subvencionables será el que se establezca en
la correspondiente orden de la Consejería competente en materia de turismo, que se
tramitará con carácter urgente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00304138

LÍNEAS
FINANCIACIÓN
Línea 1. Subvenciones a empresas que presten servicio de alojamiento
Servicio 18 (MRR)
turístico y otro tipo de actividades o servicios vinculados al turismo.
Línea 2. Subvenciones a empresas que presten el servicio de restauración/
Servicio 18 (MRR)
hostelería