3. Otras disposiciones. . (2024/122-35)
Resolución de 18 de junio de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Halterofilia.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 122 - Martes, 25 de junio de 2024

página 46914/9

b) Abonar, en su caso, las cuotas de entrada, así como las periódicas correspondientes
a las licencias federativas.
c) Cooperar en todo momento al cumplimiento de los fines de la FAH.
d) Facilitar a la FAH, o al club al que pertenecen en su caso, los datos requeridos para
la solicitud y formalización de la licencia, siendo responsable de la veracidad de estos.
e) Asistir a las pruebas y cursos a los que sean convocados por la FAH.
f) Aquellas otras que le vengan impuestas por la legislación vigente, por los presentes
estatutos, o por los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de la FAH.
TÍTULO III
LA ESTRUCTURA ORGANICA
CAPÍTULO I

Artículo 32. Estructura orgánica. Disposiciones generales.
1. Son órganos de la FAH.
a) De gobierno y representación:
- La Asamblea General.
- La Junta Directiva.
- La Presidencia.
b) De Administración:
- La Secretaría general.
- La Intervención.
c) Técnicos:
- El Comité Andaluz de Jueces de halterofilia.
- El Comité Andaluz de Técnicos de halterofilia.
- Otros órganos.
d) Disciplinario, de garantías normativas y prevención:
- El Juez único de Disciplina
- El Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
- El delegado de Protección de Datos.
- El Comisionado del Menor Deportista.
e) Electorales:
- La Comisión gestora.
- La Comisión Electoral.
f) De promoción:
- La Comisión de Mujer y Deporte.
g) De organización territorial.
- Las Delegaciones Territoriales
h) Aquellos que por necesidades de la FAH se establezcan por la Asamblea general,
la Junta Directiva o por las normas legales de aplicación.
2. Sin perjuicio de otras incompatibilidades previstas en los presentes estatutos y en
la normativa de aplicación, los cargos de la Presidencia, delegado Territorial, Secretaría
General, Intervención, miembro de la Junta Directiva y de la Comisión Electoral será
incompatible con:
a) Cargos directivos en otra federación deportiva andaluza o en una española, o en
una federación polideportiva de personas con discapacidad, distintas a la FAH.
b) Cargos o empleos públicos directamente relacionados con la gestión en el ámbito
deportivo de Andalucía.
c) Las actividades comerciales y económicas con la FAH.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Órganos de la FAH