3. Otras disposiciones. . (2024/119-57)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Real Federación Andaluza de Fútbol.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 119 - Jueves, 20 de junio de 2024

página 46677/25

digital de los mismos y conservará las copias originales. Al mismo tiempo se escaneará y
se mandará tanto al Área Económica y al Departamento al que afecten.
Artículo 40. Del protocolo frente a la predeterminación de resultados de la RFAF.
Con independencia de las sanciones penales o disciplinarias deportivas que puedan
corresponder, se implementa un protocolo que establezca los parámetros de actuación
frente a conductas que tengan por objeto o produzcan como efecto la predeterminación
del resultado, las apuestas ilegales y cualquier otra modalidad de corrupción deportiva
general.
Ninguna de las personas incluidas en el ámbito de aplicación podrá realizar
conductas, ya sean por acción o por omisión, destinadas a la predeterminación del
resultado, apuestas ilegales o corrupción deportiva con carácter general.
Cualquier persona de la federación que recibiese ofrecimientos directos o
insinuaciones genéricas sobre la posibilidad de realizar acciones u omisiones
conducentes a la realización de estas prácticas, estará obligado con carácter inmediato,
a ponerlo en conocimiento del Comité de Transparencia y Buen Gobierno por medio
del canal de denuncias destinado para ello, sec.general@rfaf.es y al Comité de
Cumplimiento Normativo que en cada momento tenga la federación. que adoptaran las
medidas oportunas y lo pondrán en conocimientos de la autoridad judicial o administrativa
correspondiente, independientemente de las responsabilidades disciplinarias que por la
RFAF se adopten.
TÍTULO VI

Artículo 41. El Comité de Cumplimiento Normativo.
1. Sin perjuicio de otros cometidos que pudiera asignarle el Presidente, la Junta
Directiva o la Comisión Delegada, el Comité de Cumplimiento Normativo estudiará,
revisará e informará y dará traslado al Comité de Transparencia y Buen Gobierno en
orden a la incoación del procedimiento oportuno, en relación con las siguientes materias:
a) Proponer a los órganos de gobierno de la RFAF el inicio de acciones de naturaleza
administrativa y/o judicial en el ámbito del cumplimiento normativo o de la responsabilidad
penal y/o administrativa de las personas jurídicas.
b) Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas estime convenientes en
materia de cumplimiento normativo o de la responsabilidad penal y/o administrativa, que
por su especial trascendencia y gravedad le sean sometidas a su consideración por el
Comité de Transparencia y Buen Gobierno de la RFAF.
c) Servir de apoyo como órgano consultivo a las decisiones que se tengan que
adoptar por Comité de Transparencia y Buen Gobierno de la RFAF, en el ámbito del
cumplimiento normativo y/o de la responsabilidad penal o administrativa de las personas
jurídicas relativas:
a) A la promoción de una cultura ética en el ámbito de las competencias de la RFAF.
b) A la potenciación de los valores propios de la responsabilidad social corporativa y/o
empresarial en el ámbito de competencias de la RFAF.
c) A la evaluación de los conflictos y controversias que puedan surgir en el ámbito del
cumplimiento normativo y/o de la responsabilidad penal y/o administrativa de las personas
jurídicas.
d) A la gestión de denuncias internas o externas sobre determinadas conductas las
personas vinculadas contrarias a la normativa legal, o interna y/o a los valores éticos
propios de la RFAF.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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DE LOS ÓRGANOS ENCARGADOS DEL CONTROL, VIGILANCIA, TRAMITACIÓN
Y RESOLUCIÓN DE EXPEDIENTES POR VULNERACIÓN DE LOS PRINCIPIOS
CONTENIDOS EN EL PRESENTE CÓDIGO