3. Otras disposiciones. . (2024/118-14)
Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable de la Empresa Metropolitana de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas de Sevilla, S.A. (EMASESA). (PP. 8817/2024).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 118 - Miércoles, 19 de junio de 2024

página 46248/8

Durante la vigencia de la presente Ordenanza y para facilitar su actualización, en los
cambios de titularidad de los contratos, salvo en los suministros recogidos en el párrafo
anterior, el importe de la fianza se reducirá a 3,01 euros.
En cualquiera de los casos, las fianzas sólo podrán ser devueltas a sus titulares, una
vez causen baja en el suministro, deduciéndose, previamente, en su caso, la deuda sea
cual fuese su naturaleza.
Cuota de reconexión.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67 del RSDA, los gastos de reconexión
quedarán establecidos en los siguientes importes.
Calibre del contador
en mm
Hasta 15
20
25
30
40
50
65
80
100 y ss.

CAUDAL
PERMANENTE m³/h
Hasta 2,5
4
6,3
10
16
25
40
63
100 o superior

2024

A partir de 1.1.2025

Cuota en euros

Cuota en euros

60,007
91,782
119,738
147,672
203,550
259,452
343,287
426,696
517,627

69,008
105,549
137,699
169,822
234,083
298,369
394,779
490,700
595,270

Inspecciones.
En concepto de Inspección realizada a petición de las personas usuarias, y que
dé como resultado del elemento a inspeccionar una instalación no reglamentaria, y/o
deficientemente conservada, se facturará la cantidad de 47 euros.
Liquidación por fraude.
A las liquidaciones por fraude formuladas de conformidad con el artículo 93 del
Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua se les aplicará, desde la entrada en
vigor de la Ordenanza, las tarifas establecidas en el bloque 1 del artículo 2.1 del Anexo
de la Ordenanza para uso doméstico y para el resto de los usos, la tarifa de la cuota
variable correspondiente recogida en el artículo 2.2 del Anexo de la Ordenanza.
Cánones.
La Orden de 24 de octubre de 2016 de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación
del Territorio, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 209 de 31
de octubre de 2016, por la que se establece un canon de mejora de infraestructuras
hidráulicas, recoge para 2024 una tarifa de 0,1979 € por m³.
Verificación contadores.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 49 del RSDA por verificación de contador
en laboratorio, si el laboratorio contratante no tiene aprobadas otras tarifas, quedarán
establecidos en los siguientes importes:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

Caudal nominal
(m³/hora)
Hasta 2,5
2,5 a 10
10 a 15
15 a 40
40 a 150
> 150

Importe (euros/unidad)
13,170
22,150
100,440
133,920
164,050
192,850

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00303198

Calibre contador
(mm)
≤ 20 mm
>20 y ≤ 40 mm
>40 y ≤ 50 mm
>50 y ≤ 80 mm
>80 y ≤ 150 mm
> 150 mm