3. Otras disposiciones. . (2024/118-14)
Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable de la Empresa Metropolitana de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas de Sevilla, S.A. (EMASESA). (PP. 8817/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 118 - Miércoles, 19 de junio de 2024

página 46248/5

2.1.2. Consumos comerciales-resto de actividades comerciales:
2024
ABASTECIMIENTO
EUROS/ m³

A partir de 1.1.2025
ABASTECIMIENTO
EUROS/ m³

0,882

0,992

0,617

0,695

2.1.2.1. El resto de actividades comerciales se
facturarán en su totalidad a
2.1.2.2. Para fomentar la optimización de la
capacidad de las redes de suministro, los
consumos del resto de actividades comerciales
nocturnos realizados de 22:00 a 6:00 horas, sólo
aplicables a suministros de este tipo con contador
de calibre igual o superior a 80 mm, tendrán una
bonificación del 30% sobre la tarifa base del resto
de actividades comercial, facturándose en su
totalidad a
En casos excepcionales, y en función de los
parámetros de explotación de la zona donde se
ubica el suministro, EMASESA podrá modificar
esa franja horaria, respetándose en todo caso el
núm. de ocho horas de bonificación establecidas
en el párrafo anterior.

2.2. Consumos industriales (según art. 4.2.2 de la Ordenanza Reguladora).

2.2.1. Los consumos industriales se facturarán en su totalidad a
2.2.2. Para fomentar la optimización de la capacidad
de las redes de suministro, los consumos industriales
nocturnos realizados de 22:00 a 6:00 horas, sólo aplicables
a suministros de este tipo con contador de calibre igual o
superior a 80 mm, tendrán una bonificación del 30% sobre la
tarifa base industrial, facturándose en su totalidad a

2024
ABASTECIMIENTO
EUROS/ m³
0,882

A partir de 1.1.2025
ABASTECIMIENTO
EUROS/ m³
0,992

0,617

0,695

En casos excepcionales, y en función de los parámetros
de explotación de la zona donde se ubica el suministro,
EMASESA podrá modificar esa franja horaria, respetándose
en todo caso el núm. de ocho horas de bonificación
establecidas en el párrafo anterior.

2.3. Consumos centros oficiales (según art. 4.2.3 de la Ordenanza Reguladora).
A partir de 1.1.2025
ABASTECIMIENTO
EUROS/ m³

0,561

0,617

00303198

2.3.1. Los consumos de las dependencias del Estado,
Junta de Andalucía, Diputación Provincial o Entidades
Locales, además de sus Organismos Autónomos o
con personalidad jurídica propia, excepto aquellas
que dispongan de recursos propios y diferenciados de
los Presupuestos Generales de las correspondientes
Administraciones Públicas para su sostenimiento.
Facturándose en su totalidad a

2024
ABASTECIMIENTO
EUROS/ m³

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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