3. Otras disposiciones. . (2024/117-34)
Orden de 11 de junio de 2024, por la que se aprueba el Plan de Inspección Universitaria de Andalucía para el año 2024, y el modelo de formulario normalizado de acta que se extenderá por la inspección universitaria de la Junta de Andalucía en el ejercicio de actuaciones inspectoras.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 117 - Martes, 18 de junio de 2024

página 46609/3

b) Una memoria que tendrá como fin la elaboración de un resumen anual que incluya
todos los aspectos relacionados con la ejecución del Plan de Inspección Universitaria
de la Junta de Andalucía para el año 2024, que habrá de ser remitida por la persona
inspectora habilitada en la provincia a la Dirección General competente en materia de
inspección universitaria antes del 31 de enero del año siguiente a la finalización del Plan.
Quinto. Desarrollo y ejecución.
Se faculta a la Dirección General competente en materia de inspección universitaria
para dictar cuantas instrucciones sean precisas para el desarrollo, concreción,
actualización y coordinación del Plan de Inspección Universitaria de la Junta de Andalucía
para el año 2024.
Sexto. Publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La presente orden se remitirá al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su
publicación y conocimiento general.
Sevilla, 11 de junio de 2024
JOSÉ CARLOS GÓMEZ VILLAMANDOS
Consejero de Universidad, Investigación e Innovación

ANEXO I
PLAN DE INSPECCIÓN UNIVERSITARIA DE ANDALUCÍA PARA EL AÑO 2024

2. Actuaciones.
2.1. Se realizará un estudio de prospección para determinar la posible existencia
de centros de educación que pudiesen estar impartiendo enseñanzas universitarias
de acuerdo con sistemas educativos extranjeros, al objeto de vigilar aquellos
comportamientos que pudieran dar lugar a la imposición de sanciones o al ejercicio de
otras potestades de restablecimiento de la legalidad.
2.2. Se realizarán visitas de inspección o requerimientos de documentación para
comprobar que los centros que imparten enseñanzas universitarias conforme a sistemas
educativos extranjeros disponen de la correspondiente autorización administrativa emitida
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00303558

1. Objetivos.
Las actuaciones previstas en el Plan de Inspección Universitaria de Andalucía para el
año 2024 tienen por objeto principal la comprobación del cumplimiento de los requisitos
específicos establecidos en la normativa universitaria vigente para el ejercicio de la
actividad que desarrollan los centros que imparten enseñanzas universitarias conforme
a sistemas educativos extranjeros. A estos efectos, se tendrá en cuenta la adaptación de
los centros universitarios a los requisitos previstos en el Real Decreto 640/2021, de 27 de
julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios,
y acreditación institucional de centros universitarios.
De manera particular, se velará por el cumplimiento del régimen de autorizaciones
administrativas previsto para este tipo de centros, con objeto de eliminar y corregir
aquellas conductas que pudieran ser constitutivas de infracción administrativa o sanción.
Sin perjuicio de lo anterior, aquellas conductas que pudieran ser conocidas por el
personal de la inspección universitaria sobre otros centros universitarios y que igualmente
pudieran ser constitutivas de infracción administrativa o sanción, deberán ser objeto de la
correspondiente actuación inspectora, en los términos establecidos en la normativa que
resulta de aplicación.