3. Otras disposiciones. . (2024/116-32)
Resolución de 5 de junio de 2024, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se adoptan las directrices del plan de gestión adaptativa de la caza de la tórtola europea (Streptopelia turtur) en Andalucía durante la temporada de caza 2024-2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Lunes, 17 de junio de 2024
página 46552/4
a) Modificación de períodos hábiles de caza.
b) Prohibición temporal de la caza de determinadas especies o limitación del número
de ejemplares a batir.
d) Modificación de los planes técnicos de caza de los terrenos cinegéticos afectados.
f) Suspensiones temporales, limitaciones o prohibiciones en el ejercicio de la actividad
cinegética.
g) Otras medidas cinegéticas de carácter excepcional.
El Decreto 162/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, establece
que corresponde a la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios
Protegidos la ordenación, conservación, protección y seguimiento de las especies de
caza y pesca deportiva continental y el fomento de su aprovechamiento sostenible, tanto
en la propiedad pública como en la privada.
Por todo lo expuesto, vista la normativa citada y la de general aplicación, esta
Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, en el ejercicio de las competencias
que le atribuye el Decreto 162/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul,
HA RESUELTO
Primero. Adoptar durante la temporada de caza 2024-2025 la «cuota cero» de
capturas de la especie tórtola europea (Streptopelia turtur) en toda Andalucía.
Segundo. Las personas titulares de cotos de caza que en su planes técnicos de caza
tengan incluida a la tórtola europea como especie objeto de caza, podrán incluir en la
memoria anual de resultados un informe con la descripción de las medidas adoptadas
para mejoras de hábitats que han desarrollado a lo largo de la temporada cinegética
2024-2025 en su terreno cinegético y que son beneficiosas para la especie. Este esfuerzo
de adopción de medidas podrá ser tenido en cuenta en futuras asignaciones de cuota
dentro del plan de gestión adaptativa de la caza de esta especie.
La acreditación de estas medidas se realizará mediante la presentación del
mencionado informe, que deberá estar suscrito por técnico competente, en el que
conste la descripción del desarrollo de la ejecución de al menos dos de las medidas
contempladas en el catálogo priorizado de medidas de gestión de hábitats en ecosistemas
agrarios y no agrarios para la mejora poblacional de la tórtola europea elaborado dentro
del Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P.,
para la implementación de un mecanismo de gestión cinegética adaptativa de la tórtola
europea (Streptopelia Turtur) asociada a la gestión del hábitat. Las medidas de gestión
disponibles de este catálogo se encuentran incorporadas en el anexo de esta resolución.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad
con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de
alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul
en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 5 de junio de 2024.- El Director General, Juan Ramón Pérez Valenzuela.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303501
Tercero. La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Lunes, 17 de junio de 2024
página 46552/4
a) Modificación de períodos hábiles de caza.
b) Prohibición temporal de la caza de determinadas especies o limitación del número
de ejemplares a batir.
d) Modificación de los planes técnicos de caza de los terrenos cinegéticos afectados.
f) Suspensiones temporales, limitaciones o prohibiciones en el ejercicio de la actividad
cinegética.
g) Otras medidas cinegéticas de carácter excepcional.
El Decreto 162/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, establece
que corresponde a la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios
Protegidos la ordenación, conservación, protección y seguimiento de las especies de
caza y pesca deportiva continental y el fomento de su aprovechamiento sostenible, tanto
en la propiedad pública como en la privada.
Por todo lo expuesto, vista la normativa citada y la de general aplicación, esta
Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, en el ejercicio de las competencias
que le atribuye el Decreto 162/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul,
HA RESUELTO
Primero. Adoptar durante la temporada de caza 2024-2025 la «cuota cero» de
capturas de la especie tórtola europea (Streptopelia turtur) en toda Andalucía.
Segundo. Las personas titulares de cotos de caza que en su planes técnicos de caza
tengan incluida a la tórtola europea como especie objeto de caza, podrán incluir en la
memoria anual de resultados un informe con la descripción de las medidas adoptadas
para mejoras de hábitats que han desarrollado a lo largo de la temporada cinegética
2024-2025 en su terreno cinegético y que son beneficiosas para la especie. Este esfuerzo
de adopción de medidas podrá ser tenido en cuenta en futuras asignaciones de cuota
dentro del plan de gestión adaptativa de la caza de esta especie.
La acreditación de estas medidas se realizará mediante la presentación del
mencionado informe, que deberá estar suscrito por técnico competente, en el que
conste la descripción del desarrollo de la ejecución de al menos dos de las medidas
contempladas en el catálogo priorizado de medidas de gestión de hábitats en ecosistemas
agrarios y no agrarios para la mejora poblacional de la tórtola europea elaborado dentro
del Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P.,
para la implementación de un mecanismo de gestión cinegética adaptativa de la tórtola
europea (Streptopelia Turtur) asociada a la gestión del hábitat. Las medidas de gestión
disponibles de este catálogo se encuentran incorporadas en el anexo de esta resolución.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad
con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de
alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul
en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 5 de junio de 2024.- El Director General, Juan Ramón Pérez Valenzuela.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303501
Tercero. La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.