Disposiciones generales. . (2024/116-5)
Orden de 3 de junio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a promover la sostenibilidad del turismo a través de la puesta en valor del patrimonio turístico-cultural de Andalucía (PATCUL) y se modifica la Orden de 27 de julio de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a los municipios turísticos de Andalucía.
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Número 116 - Lunes, 17 de junio de 2024

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necesidad vital para la sostenibilidad integral de la actividad turística. Por ello, se hace
indispensable la convivencia de la actividad turística con el fomento de ese patrimonio.
Las características propias del turismo cultural –su baja estacionalidad, la realización
de actividades complementarias como las compras o el disfrute de la gastronomía o su
elevado gasto por persona y día– lo convierten en un segmento turístico que se potencia
cada vez más en los destinos. Precisamente, estas bases reguladoras tratan de mejorar
y hacer más atractivos los recursos turísticos de carácter cultural y patrimonial para que,
con una adecuada gestión, puedan contribuir a un mejor escalonamiento estacional de
los flujos turísticos.
Esta Consejería considera que una de las prioridades que debe tenerse presente en
el ejercicio de sus competencias ha de ser el de aumentar la competitividad e incidir en
el proceso de cohesión territorial mediante la puesta en valor de los recursos turísticoculturales de los municipios de interior de Andalucía. Se persigue mejorar y hacer más
atractivos los recursos turísticos de carácter cultural y patrimonial y contribuir a un mayor
conocimiento de la cultura andaluza así como a mejorar la distribución temporal y espacial
de los flujos turísticos en nuestra Comunidad, de manera que la gran concentración
de turistas en torno a los grandes destinos culturales de Andalucía -Sevilla, Córdoba,
Granada y Málaga principalmente- grandes iconos del turismo cultural en nuestra región,
pueda dirigirse a otros destinos con una menor densidad turística, pero que cuentan a su
vez con recursos y bienes culturales de un indudable valor turístico, histórico y patrimonial.
Igualmente, esta Consejería ha constatado la necesidad de apoyar a las asociaciones
sin ánimo de lucro, las fundaciones y las entidades religiosas que adopten iniciativas
dirigidas a la puesta en valor turístico de bienes inscritos en el Catálogo General de
Patrimonio Histórico de Andalucía fomentando la competitividad turística de los destinos
y potenciando un turismo sostenible que transforme el sector y posibilite el conocimiento
y la difusión de la cultura andaluza. Andalucía dispone de una importante red de recursos
culturales distribuidos por toda la región con potencial suficiente para atraer turistas
siendo preciso apoyar a esta tipología de agentes culturales para que puedan generar
oportunidades de crecimiento sostenible y generación de riqueza en el territorio.
En este sentido, se pretende realizar una apuesta decisiva por la puesta en valor de los
recursos turístico-culturales en Andalucía a través la creación y mejora de infraestructuras
turísticas en lugares de interés turístico y cultural; de actuaciones para alcanzar la
accesibilidad universal; de la implantación de soluciones digitales; de la mejora de la
señalización turística; o de la conservación y restauración de los recursos, entre otros.
Finalmente, a efectos de generar un marco normativo estable, predecible, integrado,
claro y de certidumbre, la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte estima oportuno
derogar la orden de de 1 de agosto de 2018, por la que se aprueba las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el
fomento de la accesibilidad universal y la puesta en valor turístico del patrimonio público
cultural de los municipios del interior de Andalucía. La aprobación de las presentes bases
reguladoras permite la pervivencia del objeto de la citada línea de subvenciones, pues esta
medida de fomento se enmarcaba dentro del Programa FEDER para Andalucía 2014-2020.
Al tratarse de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, se han
establecido unos criterios para valorar las solicitudes presentadas, entre los que pueden
destacarse los siguientes: el emplazamiento del proyecto y la población del municipio
donde se desarrolle, el carácter innovador, las certificaciones y distintivos de calidad así
como la contribución a la mejora de la accesibilidad universal y de la desestacionalización
del destino. Por su parte, considerando la naturaleza de las subvenciones y de las
entidades solicitantes que concurren a la Línea 1, no han sido incluidos entre los criterios
de valoración de las solicitudes los contemplados en los apartados c) (empleos estables),
e) (ponderación del impacto en la salud) y f) (seguridad laboral) del artículo 15.2 del
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía