3. Otras disposiciones. . (2024/115-55)
Resolución de 5 de junio de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se ordena la publicación del Reglamento para la selección de Profesorado Ayudante Doctor y Profesorado Permanente Laboral/Contratado Doctor de la Universidad de Huelva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Viernes, 14 de junio de 2024

página 46380/13

hábiles, la documentación relativa al concurso. Contra esta Resolución cabrá recurso de
alzada ante el Rector o Rectora.
2. Frente a las propuestas de contratación, las personas candidatas podrán interponer
recurso de alzada ante el Rector/a, cuya Resolución agotará la vía administrativa, de
acuerdo con el artículo 149.2.f) de Estatutos de la Universidad de Huelva, siendo
de aplicación lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
3. Los expedientes de las candidaturas no seleccionadas quedarán bajo la custodia
del área de Ordenación Académica en el mismo soporte en el que obren incorporados,
por un periodo de 6 meses, con los efectos establecidos en los artículos 8 y 9 del
Reglamento por el que se establece la Ordenación y Funcionamiento del Archivo
Universitario de la Universidad de Huelva. En el caso de que exista reclamación por el
interesado o interposición de los recursos que procedan, la custodia de los expedientes
finalizará cuando termine el procedimiento de reclamación o recurso.
4. Una vez llevada a cabo la valoración de las personas candidatas y realizada
la propuesta de contratación por la Comisión de Selección, el Vicerrectorado con
competencias en materia de profesorado, en cumplimiento del art. 21.2 del I Convenio de
Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de las Universidades Públicas de
Andalucía, informará al comité de empresa para que pueda supervisar la documentación
y las valoraciones llevadas a cabo por dicha Comisión.
Artículo 25. Duración del concurso.
1. El tiempo transcurrido entre la constitución de la Comisión de Selección y la
resolución del concurso de acceso no podrá exceder de 5 meses, desde la publicación
de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. A efectos de cómputo
de los plazos, se excluirá el mes de agosto y otros períodos declarados inhábiles en
la Universidad de Huelva, durante los que no podrán tener lugar actuaciones de las
Comisiones de Selección.
2. En el caso de personas candidatas en situación de baja médica acreditada
impeditiva para la realización de las pruebas previstas, o en situación de disfrute
de licencia por maternidad o paternidad, podrá suspenderse el plazo de duración del
concurso señalado en el punto anterior, a petición de los interesados, en tanto se
mantenga la situación de licencia.
CAPÍTULO IV

Artículo 26. Formalización del contrato.
1. El Vicerrectorado competente en materia de profesorado dará traslado de las
propuestas de contratación al Rector o Rectora de la Universidad, a efectos de su
aprobación. El Rector o Rectora o, en su caso, la persona titular del Vicerrectorado
competente en quien delegue, dictará la resolución correspondiente, que será notificada
a los interesados mediante su publicación en el Tablón Electrónico Oficial y, de forma
complementaria y con carácter meramente informativo, en la página web del área de
Ordenación Académica.
2. A partir de la publicación de la adjudicación en el tablón electrónico oficial
el interesado, en el plazo de 5 días hábiles, deberá formalizar su contrato con esta
Universidad, salvo la existencia de causa no imputable al mismo. Para la formalización
del contrato, será obligatoria de forma inexcusable, la aportación de certificado médico
de aptitud emitido con un plazo máximo de 10 días de antelación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN