3. Otras disposiciones. . (2024/115-55)
Resolución de 5 de junio de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se ordena la publicación del Reglamento para la selección de Profesorado Ayudante Doctor y Profesorado Permanente Laboral/Contratado Doctor de la Universidad de Huelva.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 115 - Viernes, 14 de junio de 2024

página 46380/12

a los principios de mérito y capacidad, el principio de igualdad de trato y de oportunidades
entre mujeres y hombres, así como la no discriminación por cualquier razón social.
2. Se tendrán en cuenta las situaciones de incapacidad temporal, gestación,
embarazo, nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, lactancia,
riesgo durante la gestación, el embarazo o la lactancia, la violencia de género y otras
formas de violencia contra la mujer, así como los cuidados de menores, de personas
dependientes, de familiares y de convivientes.
3. En el caso de las personas con discapacidad, la igualdad de oportunidades de
las personas aspirantes se garantizará adoptando las medidas de ajuste razonables que
sean necesarias.
Artículo 22. Desarrollo de las pruebas en las plazas de Profesorado Permanente
Laboral/Contratado Doctor.
1. Las pruebas deberán celebrarse dentro del plazo de 10 días hábiles a contar desde
la fecha del acto de presentación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 15.4 de
este Reglamento.
2. La prueba de estos concursos será pública, realizándose preferentemente de forma
presencial, y, en su caso, de forma telemática o híbrida con los medios tecnológicos que
la Universidad disponga.
3. Las personas evaluadoras de la Comisión de Selección podrán intervenir unos de
forma presencial y otros de forma telemática. Al menos una de las personas evaluadoras
de la Comisión de Selección deberá estar presencialmente en el espacio físico donde se
desarrolle la prueba. En el caso de las personas concursantes, será preciso que todas
intervengan de forma presencial.
4. Las pruebas consistirán en la exposición oral por cada persona concursante, con la
duración prevista en el artículo 19 del presente Reglamento, de los méritos alegados en
su currículum vitae y en la defensa de su proyecto docente e investigador. Seguidamente,
la Comisión de Selección debatirá sobre todo lo aportado y/o expuesto por cada una de
las personas con derecho a participar en la prueba.
5. Finalizada la prueba, la Comisión de Selección deliberará con la intervención
exclusiva de las personas que la integran, sin que puedan estar otras personas distintas a
las personas evaluadoras de la Comisión.
Artículo 23. Valoración de las personas concursantes en las plazas de Profesorado
Permanente Laboral/Contratado Doctor.
Cada una de las tres personas evaluadoras de la Comisión de Selección emitirá un
voto, con un informe razonado sobre la puntuación obtenida por cada una de las personas
concursantes. Este informe debe ajustarse a los criterios cuantitativos y cualitativos
aprobados previamente por la Comisión de Selección en el día de su constitución. En
caso de unanimidad, estos informes podrán sustituirse por un informe único y razonado
de la Comisión de Selección.

Artículo 24. Resolución del concurso.
1. Una vez terminados los respectivos concursos, la Comisión hará públicos los
resultados de la evaluación de cada persona candidata, desglosada por cada uno de los
aspectos evaluados, realizando la propuesta de contratación y entregando en el Área de
Gestión de Personal Docente de la Universidad de Huelva, en el plazo máximo de 3 días
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Sección cuarta. Resolución del concurso