3. Otras disposiciones. . (2024/115-55)
Resolución de 5 de junio de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se ordena la publicación del Reglamento para la selección de Profesorado Ayudante Doctor y Profesorado Permanente Laboral/Contratado Doctor de la Universidad de Huelva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Viernes, 14 de junio de 2024

página 46380/11

La segunda parte de la prueba supondrá un 50%de la calificación global, siendo
necesario alcanzar al menos el 25% para superarla, y se evaluarán las siguientes
cuestiones:
a) El proyecto docente e investigador, debiendo valorarse la calidad y adecuación del
mismo al perfil de la plaza: 30 %.
b) El acto de presentación pública y la prueba, que deberá permitir la comprobación
de las capacidades de las personas candidatas para la exposición y el debate en la
correspondiente especialidad: 20%.
b) La segunda prueba representará hasta el 40% de la calificación final. Esta segunda
prueba consistirá en la exposición, por un tiempo máximo de 60 minutos, de uno de los
temas de los propuestos en el proyecto docente, valorándose los siguientes aspectos:
a) Contenidos y metodología de impartición del tema elegido: 80%
b) El acto de presentación pública y la prueba, que deberá permitir la constatación
de las capacidades de las personas candidatas para la exposición y el debate en la
correspondiente especialidad: 20%

Artículo 21. Garantías de la prueba en las plazas de Profesorado Permanente Laboral/
Contratado Doctor.
1. En la celebración y en el desarrollo de las pruebas de los concursos deberán
garantizarse siempre la igualdad de oportunidades de las personas aspirantes, el respeto
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00303328

Artículo 20. Acto de presentación en las plazas de Profesorado Permanente Laboral/
Contratado Doctor.
1. Los concursos de acceso a los que se refiere esta normativa se realizarán en el
lugar que determine la Universidad de Huelva, de acuerdo con las previsiones del artículo
15 de este Reglamento.
2. En el acto de presentación, que será público, las personas concursantes entregarán
la siguiente documentación:
a) Currículo, por triplicado, donde la persona concursante detallará su historial
académico, docente e investigador, incluyendo la transferencia de conocimiento, así
como un ejemplar de las publicaciones y los documentos acreditativos de lo consignado
en el mismo. Esta documentación deberá entregarse en formato electrónico, sin perjuicio
de que la persona candidata pueda disponer en formato papel de la documentación
requerida. Para tal acreditación, se podrá hacer uso del Currículum Vitae Normalizado
(FECYT) o el modelo de currículum vitae de las agencias de evaluación.
b) Proyecto docente e investigador, por triplicado, que la persona concursante se
propone desarrollar si se le adjudica la plaza a la que concursa. Esta documentación
deberá entregarse en formato electrónico, sin perjuicio de que la persona candidata
pueda disponer en formato papel de la documentación requerida.
3. La Comisión de Selección podrá requerir a todas las personas que participen en el
concurso la documentación especificada en el apartado anterior, debiendo presentarse
con 5 días hábiles de antelación a la prueba, lo que se hará constar en el acta de la
sesión.
4. En dicho acto, la Comisión de Selección dará instrucciones sobre la celebración
de la prueba a las personas concursantes, lo que incluirá la fecha y hora de comienzo de
ésta, determinándose mediante sorteo el orden de intervención de los concursantes. La
hora de comienzo de la prueba no podrá tener lugar antes de transcurridas 24 horas del
acto de presentación, si bien las personas concursantes podrán renunciar a este plazo.
5. La Presidencia de la Comisión garantizará que la documentación entregada en el
acto de presentación esté disponible para que pueda ser examinada por todos/as los/as
personas concursantes antes del inicio de las pruebas.