3. Otras disposiciones. . (2024/115-55)
Resolución de 5 de junio de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se ordena la publicación del Reglamento para la selección de Profesorado Ayudante Doctor y Profesorado Permanente Laboral/Contratado Doctor de la Universidad de Huelva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Viernes, 14 de junio de 2024

página 46380/10

Los porcentajes de afinidad, cuando correspondan, deberán aplicarse a cada uno de
los méritos alegados por las personas candidatas, siendo estos porcentajes de 100%,
50% y 0%.
c) Para ser adjudicatario/a de una plaza de Profesorado Ayudante Doctor, será
necesario alcanzar una puntuación mínima de 35.
4. Una vez llevada a cabo la valoración de las personas candidatas y realizada
la propuesta de contratación por la Comisión de Selección, el Vicerrectorado con
competencias en materia de profesorado, en cumplimiento del art. 21.2 del I Convenio de
Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de las Universidades Públicas de
Andalucía, informará al comité de empresa para que pueda supervisar la documentación
y las valoraciones llevadas a cabo por dicha comisión.
Artículo 19. Concurso público para las plazas de Profesorado Permanente Laboral/
Contratado Doctor.
Los concursos de acceso a las plazas de PPL/PCD se articularán mediante el sistema
de concurso-oposición, consistente en la realización de dos pruebas, de acuerdo con lo
previsto en este apartado.
a) La primera prueba constituirá el 60% de la calificación final y se estructurará en
dos partes, con una duración máxima de 90 minutos.
En la primera parte, que supondrá el 50% de la primera prueba, deberán evaluarse
los siguientes aspectos:
a) El historial académico: 5%.
b) La experiencia docente (15%) y la experiencia investigadora, incluyendo la
transferencia e intercambio del conocimiento (15%).
Para los apartados a) y b) se estará a lo establecido en el Real Decreto 678/2023,
de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos
docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos
cuerpos. Serán méritos y competencias evaluables:
1. Actividad investigadora, incluyendo la de transferencia e intercambio del
conocimiento:
1.1. 
Proyectos y contratos de investigación y de transferencia e intercambio del
conocimiento.
1.2. 
Resultados y difusión de la actividad investigadora y de transferencia e
intercambio del conocimiento.
1.3. Estancias en universidades y centros de investigación.

3. Méritos y competencias de liderazgo.
3.1. Dirección de equipos de investigación.
3.2. Dirección de tesis doctorales.
3.3. Liderazgo en el ámbito de la dirección y gestión universitaria.
3.4. Reconocimientos y responsabilidad en organizaciones científicas y comités científicos
y técnicos.
4. Méritos y competencias relacionadas con la actividad profesional.
4.1. Experiencia profesional.
c) El acto de presentación pública y la prueba, que deberá permitir la comprobación
de las capacidades de las personas candidatas para la exposición y el debate en la
correspondiente especialidad: 15%.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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2. Actividad docente.
2.1. Experiencia docente.
2.2. Calidad de la actividad docente.
2.3. Proyectos y actividades de innovación docente.
2.4. Tutorización docente.