3. Otras disposiciones. . (2024/115-48)
Resolución de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Tiro Olímpico.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Viernes, 14 de junio de 2024
página 46398/16
3. Sin perjuicio de los demás recursos procedentes, los actos adoptados por la
Federación Andaluza de Tiro Olímpico en el ejercicio de las funciones públicas de carácter
administrativo son susceptibles de recurso administrativo ante el Tribunal Administrativo
del Deporte de Andalucía.
TÍTULO IV
ÓRGANOS DE GOBIERNO, REPRESENTACIÓN Y ADMINISTRACIÓN
Artículo 34. Disposiciones generales.
1. Los órganos que forman parte de la FATO son:
1. Los órganos de gobierno y representación de la FATO son:
a) La Asamblea General.
b) La Comisión Delegada de la Asamblea.
c) La Junta Directiva.
d) El Presidente.
e) Los Vicepresidentes.
2. Los órganos de Administración:
a) El Secretario General.
b) El Interventor.
c) El Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
3. Técnicos:
a) El Comité Técnico de Jueces-Árbitro.
b) El Comité Técnico de Técnicos-Entrenadores.
c) La Escuela Andaluza de Tiro.
d) La Comisión Técnica.
e) El Comité de Tiro Olímpico para personas con discapacidad.
4. El Comité de Disciplina Deportiva de la FATO.
5. La Comisión Electoral.
6. Las Delegaciones Territoriales.
7. La Comisión de Mujer y Deporte.
8. El Comisionado del Menor Deportista.
9. El Comité de Conciliación.
2. También existirán cuantos comités se precisen, para llevar a cabo misiones
concretas, por Delegación de alguno de los Órganos de Gobierno, Representación y
Administración de la Federación Andaluza de Tiro Olímpico o por razones técnicas para
el desarrollo de una especialidad o prueba deportiva específica.
3. Todos los órganos de gobierno, representación y administración, así como los
comités técnicos, tienen su sede en el domicilio social de la Federación Andaluza de Tiro
Olímpico, solamente las Delegaciones Territoriales podrán tener su sede en un domicilio
distinto al anteriormente indicado.
4. Sin perjuicio de otras incompatibilidades previstas en el Decreto 41/2022, los
cargos de la Presidencia, Delegado Territorial, Secretaría General, Intervención, miembro
de la Junta Directiva y de la Comisión Electoral, será incompatible con:
a) Cargos directivos en otra federación deportiva andaluza o en una española, o en
una federación polideportiva de personas con discapacidad, distinta de la correspondiente
a la federación deportiva donde se desempeñe el cargo.
b) Cargos o empleos públicos directamente relacionados con la gestión en el ámbito
deportivo.
c) Las actividades comerciales y económicas con la federación deportiva.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303347
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Viernes, 14 de junio de 2024
página 46398/16
3. Sin perjuicio de los demás recursos procedentes, los actos adoptados por la
Federación Andaluza de Tiro Olímpico en el ejercicio de las funciones públicas de carácter
administrativo son susceptibles de recurso administrativo ante el Tribunal Administrativo
del Deporte de Andalucía.
TÍTULO IV
ÓRGANOS DE GOBIERNO, REPRESENTACIÓN Y ADMINISTRACIÓN
Artículo 34. Disposiciones generales.
1. Los órganos que forman parte de la FATO son:
1. Los órganos de gobierno y representación de la FATO son:
a) La Asamblea General.
b) La Comisión Delegada de la Asamblea.
c) La Junta Directiva.
d) El Presidente.
e) Los Vicepresidentes.
2. Los órganos de Administración:
a) El Secretario General.
b) El Interventor.
c) El Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
3. Técnicos:
a) El Comité Técnico de Jueces-Árbitro.
b) El Comité Técnico de Técnicos-Entrenadores.
c) La Escuela Andaluza de Tiro.
d) La Comisión Técnica.
e) El Comité de Tiro Olímpico para personas con discapacidad.
4. El Comité de Disciplina Deportiva de la FATO.
5. La Comisión Electoral.
6. Las Delegaciones Territoriales.
7. La Comisión de Mujer y Deporte.
8. El Comisionado del Menor Deportista.
9. El Comité de Conciliación.
2. También existirán cuantos comités se precisen, para llevar a cabo misiones
concretas, por Delegación de alguno de los Órganos de Gobierno, Representación y
Administración de la Federación Andaluza de Tiro Olímpico o por razones técnicas para
el desarrollo de una especialidad o prueba deportiva específica.
3. Todos los órganos de gobierno, representación y administración, así como los
comités técnicos, tienen su sede en el domicilio social de la Federación Andaluza de Tiro
Olímpico, solamente las Delegaciones Territoriales podrán tener su sede en un domicilio
distinto al anteriormente indicado.
4. Sin perjuicio de otras incompatibilidades previstas en el Decreto 41/2022, los
cargos de la Presidencia, Delegado Territorial, Secretaría General, Intervención, miembro
de la Junta Directiva y de la Comisión Electoral, será incompatible con:
a) Cargos directivos en otra federación deportiva andaluza o en una española, o en
una federación polideportiva de personas con discapacidad, distinta de la correspondiente
a la federación deportiva donde se desempeñe el cargo.
b) Cargos o empleos públicos directamente relacionados con la gestión en el ámbito
deportivo.
c) Las actividades comerciales y económicas con la federación deportiva.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303347
CAPÍTULO I
Disposiciones generales