3. Otras disposiciones. . (2024/115-48)
Resolución de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Tiro Olímpico.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Viernes, 14 de junio de 2024

página 46398/15

j) Conexión o vinculación de la actividad o competición deportiva con otras actividades
y competiciones deportivas de ámbito estatal o internacional.
k) Disponibilidad de reglamentación específica para su desarrollo, incluyendo la
disciplinaria.
l) Previsión de fórmulas de control y represión de dopaje.
m) Lo dispuesto en las reglamentaciones específicas para cada especialidad y prueba
deportiva.
Por acuerdo motivado de la Asamblea General de la FATO podrá acordar la
calificación como oficial de determinadas competiciones o actividades oficiales que no
cumplan alguno de los requisitos anteriormente establecidos, debiéndose cumplir en todo
caso las condiciones establecidas en el artículo 23.1 de la Ley 5/2016.
4. También tienen carácter oficial las competiciones oficiales que con tal carácter sean
organizadas por la Real Federación Española de Tiro Olímpico o por las federaciones
internacionales.
5. Las actas y los distintos resultados de las competiciones oficiales, así como el Libro
de Categorías, serán publicados en la página web oficial de la Federación Andaluza de
Tiro Olímpico, siendo de libre acceso para aquellos interesados que accedan a la misma.
Para la publicación de dichos datos, será preciso contar con la autorización expresa
de los implicados, autorización que irá adherida a la licencia federativa que se suscriba.
En cumplimiento de la normativa vigente de protección de datos de carácter personal, por
el que se regula el derecho de información en la recogida de los datos, los deportistas
que aparezcan en el listado de resultados, así como en el Libro de Categorías podrán
ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de
dichos datos dirigiéndose por escrito a esta Federación Andaluza de Tiro Olímpico, sita
en el Complejo Deportivo Municipal de Las Gabias –Oficinas del Pabellón Deportivo–
C/ Juan Antonio Samaranch, s/n, de la localidad de Las Gabias (Granada).

Artículo 33. Ejercicio de las funciones públicas delegadas.
1. Los actos que se dicten por la Federación Andaluza de Tiro Olímpico en el ejercicio
de las funciones públicas delegadas se ajustarán a los principios inspiradores de las
normas reguladoras del procedimiento administrativo común.
2. A falta de regulación expresa en estos estatutos o en los reglamentos federativos
sobre procedimientos para el ejercicio de las funciones públicas delegadas, se fija como
régimen supletorio el vigente en cada momento correspondiente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00303347

Artículo 32. Actividades oficiales.
1. La Federación Andaluza de Tiro Olímpico considera actividades oficiales federadas
las siguientes:
a) Organizar competiciones oficiales.
b) Participar de forma individual o por equipos en competiciones oficiales.
c) Presentar equipos en competiciones oficiales.
d) Actuar en calidad de juez-árbitro en una competición oficial.
e) Recibir o impartir cursos de jueces-árbitros.
f) Actuar en calidad de entrenador, con la autorización del Comité Técnico de
Técnicos-Entrenadores.
g) Recibir o impartir cursos a deportistas, monitores o entrenadores, organizados por
la Federación Andaluza de Tiro Olímpico.
2. También se considerará, a los efectos electorales, actividad oficial el haber
ostentado, al menos durante seis meses en el mandato electoral anterior, la titularidad
de los cargos de la Presidencia, la Secretaría General, la Intervención, la Delegación
Territorial, la Presidencia de los comités federativos, o la condición de miembro de la
Junta Directiva.