3. Otras disposiciones. . (2024/114-34)
Resolución de 28 de mayo de 2024, de Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se aprueba la modificación de los estatutos del Colegio Oficial de Ciencias Políticas y Sociología de Andalucía y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía y Consejos Andaluces de Colegios Profesionales.
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Número 114 - Jueves, 13 de junio de 2024

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profesional, y fomentar las prácticas profesionales de los jóvenes colegiados y del
alumnado de estos cursos.
aa) Cumplir y hacer cumplir a las personas colegiadas las leyes generales y especiales
y los estatutos profesionales y reglamentos de régimen interior, así como las normas y
decisiones adoptadas por los Órganos colegiales, en materia de su competencia.
bb) Atender las solicitudes de información sobre las personas colegiadas y sobre las
sanciones firmes a ellas impuestas, así como las peticiones de inspección o investigación
que les formule cualquier autoridad competente de un Estado miembro de la Unión
Europea en los términos previstos en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre
acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, en particular en lo que se refiere
a que las solicitudes de información y de realización de controles, inspecciones e
investigaciones estén debidamente motivadas y que la información obtenida se emplee
únicamente para la finalidad para la que se solicitó.
cc) Cuantas otras funciones redunden en beneficio de los intereses profesionales de
las personas colegiadas y se encaminen al cumplimiento de los fines colegiales.
dd) Elaborar normas deontológicas y aprobar los reglamentos para su aplicación y
funcionamiento.
ee) Prestar asesoramiento a los Organismos del Estado, Comunidad Autónoma, y
Corporaciones Locales, así como a entidades públicas y privadas, emitiendo informes
y dictámenes en materias de la competencia del ejercicio profesional de las actividades
profesionales.
ff) Adoptar las medidas necesarias para evitar y perseguir el intrusismo profesional,
denunciándolo ante la Administración y, si procede, promover las acciones legales que
correspondan ante los Tribunales competentes.
gg) Solicitar y obtener subvenciones públicas y privadas, empleando sus fondos
para la realización de actividades objeto de las subvenciones sean estas actividades de
formación o cualquier otra actividad que sea de interés para la de la Ciencia Política,
la Sociología, la Gestión y Administración Pública y las Relaciones Internacionales, con
observancia, en su caso, de la normativa aplicable a las subvenciones percibidas.
hh) Intervenir, en vía de conciliación o arbitraje voluntario, en las cuestiones que, por
motivos profesionales, se susciten entre las personas colegiadas.
ii) Adoptar las medidas conducentes a evitar el intrusismo profesional.
jj) Ser una Entidad Colaboradora en materia de Servicios Sociales e Igualdad,
colaborando y/o participando en proyectos privados y/o públicos con intereses y fines
sociales, divulgativos, de investigación social, y otras áreas relacionadas con el ámbito
profesional de los profesionales colegiados.
3. Otros fines institucionales primordiales:
Además de sus fines esenciales, el Colegio tiene otros fines institucionales
primordiales que se concretan en la realización de las siguientes funciones:
a) Promover, prestigiar y visibilizar las actuaciones de sus profesionales, su inserción
y progresión profesional en las Administraciones Públicas, el tercer sector, organizaciones
sociales en general, entidades públicas y privadas y demás organismos europeos e
internacionales.
b) Impulsar, liderar y llevar a cabo tareas de asesoramiento, consultoría, formación,
planificación, evaluación de proyectos y cualquier otra actuación, en todas las entidades
y redes profesionales en las que pueda ser requerida la actuación de un colegiado o del
Colegio mismo en las Administraciones Públicas, tercer sector, organizaciones sociales
en general y empresas, tanto en el Estado como en la Unión Europea y en el ámbito
internacional.
c) Promover y liderar la formación especializada, tanto de los profesionales de las
actividades profesionales, como de cualquier otro colectivo que pueda beneficiarse de
los conocimientos que hoy aportan, en sus diversas especialidades, estas disciplinas y
sus profesionales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía