Disposiciones generales. . (2024/109-1)
Orden de 29 de mayo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, o catálogos que determine la normativa vigente, en sectores estratégicos, para empresas, asociaciones empresariales, entidades de formación y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y por la Unión Europea ?NextGenerationEU?, y se efectúa la convocatoria del año 2024.
64 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 109 - Jueves, 6 de junio de 2024

página 45951/34

Artículo 24. Modificación de la resolución de concesión.
1. El procedimiento para modificar la resolución de concesión se iniciará siempre de
oficio por acuerdo del órgano que la otorgó, bien por propia iniciativa, como consecuencia
de petición razonada de otros órganos o bien a instancia de la entidad beneficiaria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00302936

siguiente página web: http://publications.europa.eu/code/es/es-5000100.html y
descargar distintos ejemplos del emblema en:
https://ec.europa.eu/regional_policy/ information-sources/logo-download-center_en.
2.º Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU»
3.º Emblema del Plan de Recuperación,Transformación y Resiliencia, conforme a
las indicaciones de publicidad que se indica en el link:
https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual y en
https://planderecuperacion.gob.es/sites/default/files/2021-12/Manual_marca_
logos_Plan_de_Recuperacion.pdf.
4.º El logo del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
5.º En caso de cofinanciación por otra administración, tal circunstancia deberá
reflejarse en la publicidad del proyecto.
En todo caso, se deberán respetar las orientaciones dictadas al uso del
emblema europeo en el contexto de los programas de la UE 2021-2027:
https://cdn.mitma.gob.es/portal-web-drupal/prtr/documentos/Uso-emblema-UE.pdf,
y se deberán seguir la información y consejos sobre la manera de comunicar y dar
más visibilidad a la inversión y a la Unión Europea,
https://commission.europa.eu/funding-tenders/managing-your-project /
communicatingand-raising-eu-visibility_es.
Todos los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien visible
y de acceso al público, conforme a lo que se indica en el «Manual de Comunicación
para Gestores y Beneficiarios de los fondos del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia»: Microsoft Word - Manual de comunicación para los
gestores del PlanV4 junio 2022 OK_.docx (hacienda.gob.es).
d) Cumplir con la «Guía de obligaciones de comunicación. Publicidad y difusión de las
ayudas del Mecanismo de recuperación y Resiliencia»:
https://www.mitma.gob.es/recursos_mfom/paginabasica/recursos/220706_beneficiarios
publicidad prtr_con_formato_v9.2.pdf.
e) Asimismo, cumplir con la guía de Publicidad y difusión de las ayudas del Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia:
https://www.mitma.gob.es/recursos_mfom/paginabasica/recursos/beneficiariospublicidad-prtr_v
f) Asimismo, la entidad beneficiaria deberá cumplir con las indicaciones acerca del
diseño gráfico que se indica en los apartados de información y publicidad, según lo
dispuesto en el Anexo I del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba
el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la
Junta de Andalucía.
La reproducción de la marca genérica de la Junta de Andalucía se limita al ámbito
de la Junta de Andalucía, y se realizará siempre en las proporciones conforme al Manual
de Identidad Corporativa de la Junta de Andalucía. Tanto la versión más actualizada
del manual como los documentos y archivos necesarios para su aplicación están
disponibles en el espacio digital dedicado a nuestra identidad corporativa: https://www.
juntadeandalucia.es/identidad.
g) El órgano gestor facilitará, a todos los beneficiarios que reciban una ayuda, los
logotipos que tienen que figuran en las placas informativas, textos, web, y cualquier otro
tipo de soporte.
h) La entidad beneficiaria será responsable de las actividades de información y
comunicación de los proyectos financiados con Fondos Europeos regulados en las
presentes bases reguladoras.