Disposiciones generales. . (2024/109-1)
Orden de 29 de mayo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, o catálogos que determine la normativa vigente, en sectores estratégicos, para empresas, asociaciones empresariales, entidades de formación y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y por la Unión Europea ?NextGenerationEU?, y se efectúa la convocatoria del año 2024.
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Número 109 - Jueves, 6 de junio de 2024
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concertada con terceras personas se respeten los límites establecidos en las presentes
bases reguladoras en cuanto a la naturaleza y cuantía de gastos subvencionables, y las
personas o entidades contratistas estarán sujetas al deber de colaboración previsto en el
artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para permitir la adecuada verificación
del cumplimiento de dichos límites.
7. En ningún caso podrá subcontratarse por la entidad beneficiaria la ejecución de las
actividades objeto de la subvención con aquellas personas o entidades que se encuentren
en las circunstancias previstas en el artículo 29.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
y en el artículo 68.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
8. Se imputarán a este concepto los gastos de subcontratación exclusivamente
derivados del proyecto o actuación que se ajusten a lo establecido en el artículo 29 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
9. Las solicitudes de autorizaciones previstas en los apartados anteriores de este
artículo, podrán presentarse en los lugares y registros previstos en el anterior artículo 2.11
de estas bases reguladoras. La documentación que debe acompañar a las solicitudes de
autorizaciones será:
a) Borrador del contrato con la entidad seleccionada para la subcontratación, que
debe incluir como mínimo la siguiente información:
i. Los datos de las partes contratantes.
ii. O
bjeto y alcance del contrato: debe tener relación directa con las tareas a
desarrollar descritas en la solicitud de la ayuda y en la oferta seleccionada. Las
tareas subcontratadas deben estar suficientemente diferenciadas de las tareas
realizadas por el beneficiario y otras posibles subcontrataciones del mismo
proyecto.
iii. Planificación y coste de cada tarea.
iv. Compromiso de las partes y consecuencia del incumplimiento.
v. Fecha de entrada en vigor o de inicio de los trabajos.
b) Por parte de la entidad beneficiaria: la declaración responsable de vinculaciones
entre beneficiario y proveedores que deberá firmarse electrónicamente por el representante
de la agrupación.
c) Por parte de la entidad seleccionada para la subcontratación: Las siguientes
declaraciones responsables que deberán firmarse electrónicamente por la misma
persona de la entidad seleccionada que, firmaría el contrato con la entidad beneficiaria:
i.
Declaración responsable de compromiso en relación con la ejecución de
Actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
ii. Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de
actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
iii. Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
iv.
Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos para obtener la
condición de entidad subcontratada.
v. El contratista acreditará la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales
y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo
equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad
económica efectivamente desarrollada a la fecha del contrato.
Las resoluciones de estas solicitudes de autorización se deberán adoptar y notificar en
el plazo máximo de un mes desde que la solicitud haya tenido entrada en el Registro XXX.
Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado y notificado la correspondiente resolución,
se entenderá estimada la solicitud de autorización.
10. En el contrato o convenio suscrito para acordar la subcontratación, deberá acreditarse
que se recogen las garantías precisas para el tratamiento de datos de carácter personal,
debiendo incluir las cláusulas necesarias para su cumplimiento, conforme a lo dispuesto en
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302936
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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concertada con terceras personas se respeten los límites establecidos en las presentes
bases reguladoras en cuanto a la naturaleza y cuantía de gastos subvencionables, y las
personas o entidades contratistas estarán sujetas al deber de colaboración previsto en el
artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para permitir la adecuada verificación
del cumplimiento de dichos límites.
7. En ningún caso podrá subcontratarse por la entidad beneficiaria la ejecución de las
actividades objeto de la subvención con aquellas personas o entidades que se encuentren
en las circunstancias previstas en el artículo 29.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
y en el artículo 68.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
8. Se imputarán a este concepto los gastos de subcontratación exclusivamente
derivados del proyecto o actuación que se ajusten a lo establecido en el artículo 29 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
9. Las solicitudes de autorizaciones previstas en los apartados anteriores de este
artículo, podrán presentarse en los lugares y registros previstos en el anterior artículo 2.11
de estas bases reguladoras. La documentación que debe acompañar a las solicitudes de
autorizaciones será:
a) Borrador del contrato con la entidad seleccionada para la subcontratación, que
debe incluir como mínimo la siguiente información:
i. Los datos de las partes contratantes.
ii. O
bjeto y alcance del contrato: debe tener relación directa con las tareas a
desarrollar descritas en la solicitud de la ayuda y en la oferta seleccionada. Las
tareas subcontratadas deben estar suficientemente diferenciadas de las tareas
realizadas por el beneficiario y otras posibles subcontrataciones del mismo
proyecto.
iii. Planificación y coste de cada tarea.
iv. Compromiso de las partes y consecuencia del incumplimiento.
v. Fecha de entrada en vigor o de inicio de los trabajos.
b) Por parte de la entidad beneficiaria: la declaración responsable de vinculaciones
entre beneficiario y proveedores que deberá firmarse electrónicamente por el representante
de la agrupación.
c) Por parte de la entidad seleccionada para la subcontratación: Las siguientes
declaraciones responsables que deberán firmarse electrónicamente por la misma
persona de la entidad seleccionada que, firmaría el contrato con la entidad beneficiaria:
i.
Declaración responsable de compromiso en relación con la ejecución de
Actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
ii. Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de
actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
iii. Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
iv.
Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos para obtener la
condición de entidad subcontratada.
v. El contratista acreditará la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales
y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo
equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad
económica efectivamente desarrollada a la fecha del contrato.
Las resoluciones de estas solicitudes de autorización se deberán adoptar y notificar en
el plazo máximo de un mes desde que la solicitud haya tenido entrada en el Registro XXX.
Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado y notificado la correspondiente resolución,
se entenderá estimada la solicitud de autorización.
10. En el contrato o convenio suscrito para acordar la subcontratación, deberá acreditarse
que se recogen las garantías precisas para el tratamiento de datos de carácter personal,
debiendo incluir las cláusulas necesarias para su cumplimiento, conforme a lo dispuesto en
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302936
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía