3. Otras disposiciones. . (2024/107-43)
Acuerdo de 28 de mayo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se fijan las cuantías de los precios públicos de los servicios académicos y administrativos de las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, de Danza, de Diseño y de Música y se establecen supuestos de gratuidad y reducciones de los precios públicos por servicios académicos para el curso 2024/2025 y se modifica el Acuerdo de 16 de abril de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se autorizan y fijan las cuantías de los precios públicos de los servicios académicos y administrativos de las enseñanzas elementales y profesionales de música y de danza y se establecen supuestos de gratuidad y reducciones de los precios públicos por servicios académicos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 107 - Martes, 4 de junio de 2024

página 45885/3

y seguimiento de las disposiciones normativas, de las políticas en todos los ámbitos de
actuación, considerando sistemáticamente las prioridades y necesidades propias de las
mujeres y de los hombres, teniendo en cuenta su incidencia en la situación específica
de unas y otros, al objeto de adaptarlas para eliminar los efectos discriminatorios y
fomentar la igualdad de género. Sin perjuicio de lo anterior, el objeto propio del acuerdo,
determinar los precios públicos, no tiene ni puede tener, por sí mismo, influencia directa
en la situación específica de las mujeres y de los hombres respecto de las enseñanzas
artísticas superiores, salvo situaciones excepcionales. En este sentido, cabe destacar
que se establece un supuesto de gratuidad en el pago de los precios públicos para las
víctimas de violencia de género.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 28 de mayo de 2024, adoptó
el siguiente
ACUERDO
Primero. Fijar las cuantías de los precios públicos a satisfacer para el curso 2024/2025
por los servicios académicos y administrativos que presten los centros públicos de
enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, de Danza, de Diseño y de Música
de Andalucía, conducentes a la obtención de los títulos oficiales con validez en todo el
territorio nacional, así como establecer los supuestos de gratuidad y reducciones de los
precios públicos por servicios académicos.
Segundo. La cuantía de los precios públicos a satisfacer en el curso 2024/2025 es la
que se determina a continuación y su abono se realizará de acuerdo con las normas que
se establecen en los siguientes apartados.
TARIFA NORMAL
430,20 €
7,17 €
8,24 €
10,75 €
36,76 €
18,39 €
7,35 €

Tercero. La forma de pago de los precios públicos es la siguiente:
1. El alumnado tendrá derecho a abonar los precios públicos por servicios académicos
establecidos para las diversas enseñanzas artísticas superiores escogiendo entre las
modalidades siguientes:
a) En un solo pago al formalizar la matrícula.
b) De forma fraccionada en dos plazos iguales que serán ingresados uno, al formalizar
la matrícula, y otro, durante la segunda quincena del mes de enero de 2025.
En caso de fraccionamiento, la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional podrá exigir que ambos plazos estén abonados con anterioridad al inicio
del período de exámenes correspondientes a las materias sobre las que el abono de la
matrícula no se hubiese completado.
2. La eficacia de la matrícula formalizada, y de los actos administrativos que de
ella pudieran derivarse, quedará demorada hasta tanto no se produzca el pago de la
totalidad de los respectivos precios públicos. El impago de dichos precios supondrá
el inicio del procedimiento de apremio, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00302834

Servicios académicos
1. Curso completo en primera matrícula
2. Por asignatura en primera matrícula, por cada crédito ECTS
3. Por asignatura en segunda matrícula, por cada crédito ECTS
4. Por asignatura en tercera y sucesivas matrículas, por cada crédito ECTS
5. Prueba de acceso
Servicios administrativos
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