Disposiciones generales. . (2024/103-2)
Orden de 23 de mayo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la Juventud, a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de juventud.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Miércoles, 29 de mayo de 2024
página 45618/13
(Página 6 de 14)
a) La valoración de actuaciones dirigidas a promover la igualdad de género, así como
actuaciones dirigidas a garantizar los derechos y la igualdad de trato por razón de orientación
sexual, identidad sexual e identidad de género de las personas jóvenes, homosexuales, bisexuales,
transexuales, transgénero y/o intersexuales (LGTBI), y la formación en materia de las mismas, en el
marco de lo dispuesto por la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de
género en Andalucía, así como las actuaciones dirigidas a promover la prevención de violencia de género
y la formación en materia de la misma, de conformidad con lo establecido en la Ley 13/2007, de 26 de
noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género (máximo 16
puntos)
b) Incidencia de la puesta en marcha del proyecto en la creación y mantenimiento de empleo para
personas jóvenes (máximo 16 puntos).
c) La ponderación del grado de compromiso medioambiental de las actividades subvencionables (máximo 16
puntos).
d) La valoración de actuaciones que incluyan la perspectiva de discapacidad (máximo 11 puntos).
e) La ponderación del impacto en la salud (máximo 11 puntos).
2. CRITERIOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS (hasta un máximo de 74 puntos).
2.1 Contenido técnico y alcance del proyecto (máximo 26 puntos):
2.1.a). Información aportada por la entidad solicitante respecto de las necesidades reales que pretende
abordar el proyecto. Se tendrá especialmente en consideración que dicha información se haya realizado
con un análisis de perspectiva de género y la contribución con la consecución de los Objetivos de
Desarrollo Sostenible (ODS) (máximo 4 puntos).
2.1.b). Determinación de los objetivos del proyecto (máximo 4 puntos).
2.1.c). Número de personas jóvenes beneficiarias (máximo 8 puntos).
2.1.d) Alcance territorial del proyecto (máximo 5 puntos).
2.1.e). Determinación de los instrumentos y recursos metodológicos utilizados para la consecución de
los objetivos del proyecto, así como medios materiales, técnicos y personales previstos (máximo 5
puntos).
2.2. Grado de participación de las personas destinatarias (máximo 24 puntos). En caso de que el
proyecto tenga varias fases y se pueda encuadrar cada una en distintas categorías, se asignará la
puntuación de cada fase en grado proporcional a su peso en la totalidad del proyecto, sin que el total
de la puntuación pueda superar los 24 puntos.
2.2.a). Participación directa y/o activa de las personas destinatarias en la programación y/o ejecución
de las actividades (máximo 24 puntos). Las personas destinatarias están identificadas como grupo y
cuantificadas por tramos de edad y sexo y participan activamente en la programación y desarrollo de las
actividades.
2.2.b). Participación pasiva de las personas destinatarias en campañas de sensibilización y/o
divulgación (máximo 16 puntos). La actividad va dirigida a un colectivo de personas jóvenes
respecto de las que se aporta información general sobre edades, sexo y otras circunstancias.
Las personas destinatarias no participan en la programación y desarrollo del proyecto o actividad, la
cual tiene como objetivo cambiar actitudes y/o conductas en relación a alguna cuestión.
2.2.c). Las personas participantes son usuarias de un servicio que presta la entidad solicitante
(máximo 12 puntos). Las personas beneficiarias lo son de un servicio que presta la entidad solicitante.
Las personas destinatarias están identificadas como grupo y cuantificadas por tramos de edad y sexo y
no participan activamente en la programación y desarrollo del proyecto, pero sí lo hacen de forma
activa en las actividades y se benefician de ellas.
2.2.d). Participación pasiva de las personas destinatarias en eventos puntuales (máximo 8 puntos). Las
personas destinatarias se limitan a ser espectadoras de la actividad a desarrollar.
2.3 Coste Económico del proyecto (máximo 12 puntos):
2.3.a). Adecuación del presupuesto y los recursos humanos previstos al desarrollo de la actividad. Se
valorará la ratio coste de la actividad / número de participantes en la misma (máximo 8 puntos).
2.3.b). Cofinanciación del proyecto. Se valorará si el proyecto cuenta con financiación propia de la
entidad solicitante u otras fuentes de financiación públicas o privadas (máximo 4 puntos).
2.4. Consolidación del proyecto (hasta un máximo de 4 puntos): Para considerar que un proyecto esta
consolidado deberá reunir requisitos de continuidad y de impacto.
2.4.a) Proyectos desarrollados en el mismo ámbito en los dos últimos años, anteriores a la
convocatoria, independientemente de si ha sido subvencionado por el Instituto Andaluz de la juventud.
(de 1 a 2 puntos en función del impacto en la población joven).
2.4.b) Proyectos desarrollados en el mismo ámbito en los tres últimos años o más, anteriores a la
convocatoria, independientemente de si ha sido subvencionado por el instituto andaluz de la juventud.
(de 3 a 4 puntos en función del impacto en la población joven).
2.6. Composición paritaria de los órganos de gobierno (4 puntos). Entidad de participación juvenil con
composición paritaria en sus órganos de gobierno. La comprobación de este dato se realizará mediante la
consulta de la inscripción del mismo en el Censo de entidades de participación juvenil.
La desagregación de la puntuación correspondiente a cada uno de los apartados reseñados se hará pública
en la página web del Instituto Andaluz de la Juventud, https://ws101.juntadeandalucia.es/patiojoven/
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302583
2.5. Innovación del proyecto (hasta un máximo de 4 puntos): Para considerar que un proyecto es
innovador deberá apreciarse el establecimiento de ideas nuevas en los objetivos, las actividades a
realizar o en la metodología a utilizar, teniendo en cuenta el ámbito del proyecto. Se considerará
innovador si cubre de forma más eficaz y eficiente las necesidades de las personas jóvenes, que las
alternativas actuales, al mismo tiempo que establece nuevas relaciones sociales y sinergias.
2.5.a) Proyectos que establecen procesos innovadores en varias fases de ejecución del proyecto (entre 3
y 4 puntos).
2.5.b) Proyectos que establecen procesos innovadores puntuales en alguna fase del proyecto. (entre 1 y
2 puntos).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Miércoles, 29 de mayo de 2024
página 45618/13
(Página 6 de 14)
a) La valoración de actuaciones dirigidas a promover la igualdad de género, así como
actuaciones dirigidas a garantizar los derechos y la igualdad de trato por razón de orientación
sexual, identidad sexual e identidad de género de las personas jóvenes, homosexuales, bisexuales,
transexuales, transgénero y/o intersexuales (LGTBI), y la formación en materia de las mismas, en el
marco de lo dispuesto por la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de
género en Andalucía, así como las actuaciones dirigidas a promover la prevención de violencia de género
y la formación en materia de la misma, de conformidad con lo establecido en la Ley 13/2007, de 26 de
noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género (máximo 16
puntos)
b) Incidencia de la puesta en marcha del proyecto en la creación y mantenimiento de empleo para
personas jóvenes (máximo 16 puntos).
c) La ponderación del grado de compromiso medioambiental de las actividades subvencionables (máximo 16
puntos).
d) La valoración de actuaciones que incluyan la perspectiva de discapacidad (máximo 11 puntos).
e) La ponderación del impacto en la salud (máximo 11 puntos).
2. CRITERIOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS (hasta un máximo de 74 puntos).
2.1 Contenido técnico y alcance del proyecto (máximo 26 puntos):
2.1.a). Información aportada por la entidad solicitante respecto de las necesidades reales que pretende
abordar el proyecto. Se tendrá especialmente en consideración que dicha información se haya realizado
con un análisis de perspectiva de género y la contribución con la consecución de los Objetivos de
Desarrollo Sostenible (ODS) (máximo 4 puntos).
2.1.b). Determinación de los objetivos del proyecto (máximo 4 puntos).
2.1.c). Número de personas jóvenes beneficiarias (máximo 8 puntos).
2.1.d) Alcance territorial del proyecto (máximo 5 puntos).
2.1.e). Determinación de los instrumentos y recursos metodológicos utilizados para la consecución de
los objetivos del proyecto, así como medios materiales, técnicos y personales previstos (máximo 5
puntos).
2.2. Grado de participación de las personas destinatarias (máximo 24 puntos). En caso de que el
proyecto tenga varias fases y se pueda encuadrar cada una en distintas categorías, se asignará la
puntuación de cada fase en grado proporcional a su peso en la totalidad del proyecto, sin que el total
de la puntuación pueda superar los 24 puntos.
2.2.a). Participación directa y/o activa de las personas destinatarias en la programación y/o ejecución
de las actividades (máximo 24 puntos). Las personas destinatarias están identificadas como grupo y
cuantificadas por tramos de edad y sexo y participan activamente en la programación y desarrollo de las
actividades.
2.2.b). Participación pasiva de las personas destinatarias en campañas de sensibilización y/o
divulgación (máximo 16 puntos). La actividad va dirigida a un colectivo de personas jóvenes
respecto de las que se aporta información general sobre edades, sexo y otras circunstancias.
Las personas destinatarias no participan en la programación y desarrollo del proyecto o actividad, la
cual tiene como objetivo cambiar actitudes y/o conductas en relación a alguna cuestión.
2.2.c). Las personas participantes son usuarias de un servicio que presta la entidad solicitante
(máximo 12 puntos). Las personas beneficiarias lo son de un servicio que presta la entidad solicitante.
Las personas destinatarias están identificadas como grupo y cuantificadas por tramos de edad y sexo y
no participan activamente en la programación y desarrollo del proyecto, pero sí lo hacen de forma
activa en las actividades y se benefician de ellas.
2.2.d). Participación pasiva de las personas destinatarias en eventos puntuales (máximo 8 puntos). Las
personas destinatarias se limitan a ser espectadoras de la actividad a desarrollar.
2.3 Coste Económico del proyecto (máximo 12 puntos):
2.3.a). Adecuación del presupuesto y los recursos humanos previstos al desarrollo de la actividad. Se
valorará la ratio coste de la actividad / número de participantes en la misma (máximo 8 puntos).
2.3.b). Cofinanciación del proyecto. Se valorará si el proyecto cuenta con financiación propia de la
entidad solicitante u otras fuentes de financiación públicas o privadas (máximo 4 puntos).
2.4. Consolidación del proyecto (hasta un máximo de 4 puntos): Para considerar que un proyecto esta
consolidado deberá reunir requisitos de continuidad y de impacto.
2.4.a) Proyectos desarrollados en el mismo ámbito en los dos últimos años, anteriores a la
convocatoria, independientemente de si ha sido subvencionado por el Instituto Andaluz de la juventud.
(de 1 a 2 puntos en función del impacto en la población joven).
2.4.b) Proyectos desarrollados en el mismo ámbito en los tres últimos años o más, anteriores a la
convocatoria, independientemente de si ha sido subvencionado por el instituto andaluz de la juventud.
(de 3 a 4 puntos en función del impacto en la población joven).
2.6. Composición paritaria de los órganos de gobierno (4 puntos). Entidad de participación juvenil con
composición paritaria en sus órganos de gobierno. La comprobación de este dato se realizará mediante la
consulta de la inscripción del mismo en el Censo de entidades de participación juvenil.
La desagregación de la puntuación correspondiente a cada uno de los apartados reseñados se hará pública
en la página web del Instituto Andaluz de la Juventud, https://ws101.juntadeandalucia.es/patiojoven/
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302583
2.5. Innovación del proyecto (hasta un máximo de 4 puntos): Para considerar que un proyecto es
innovador deberá apreciarse el establecimiento de ideas nuevas en los objetivos, las actividades a
realizar o en la metodología a utilizar, teniendo en cuenta el ámbito del proyecto. Se considerará
innovador si cubre de forma más eficaz y eficiente las necesidades de las personas jóvenes, que las
alternativas actuales, al mismo tiempo que establece nuevas relaciones sociales y sinergias.
2.5.a) Proyectos que establecen procesos innovadores en varias fases de ejecución del proyecto (entre 3
y 4 puntos).
2.5.b) Proyectos que establecen procesos innovadores puntuales en alguna fase del proyecto. (entre 1 y
2 puntos).