Disposiciones generales. . (2024/101-1)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de la Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) en Biomedicina y en Ciencias de la Salud en Andalucía, para el año 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Lunes, 27 de mayo de 2024
página 45280/6
Décimo. Gastos subvencionables
1. Conforme a lo previsto en el artículo 4 de las Bases Reguladoras Tipo y el
apartado 5.c)1.º del Cuadro Resumen de la Orden de 27 de mayo de 2020, serán gastos
subvencionables los siguientes:
a) Bienes y servicios: Material fungible, material bibliográfico, arrendamientos de
equipos, licencias de software y servicios externos.
b) Gastos de contratación de personal específicamente para el proyecto, incluyendo
salarios, cuotas patronales de la Seguridad Social, indemnizaciones legalmente
establecidas y otros gastos derivados de la contratación debidamente justificados, para
los siguientes tipos de contratos:
- Personal investigador o de innovación, pre o postdoctorales.
- Personal de apoyo a la investigación.
c) Desplazamientos, alojamientos y manutención según las cuantías máximas
de indemnizaciones por razón del servicio establecidas en el Decreto 54/1989, de 21
de marzo, de indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía (BOJA
núm. 31, de 21 de abril), exclusivamente para las personas que forman parte del grupo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302230
Noveno. Datos sobre los proyectos de Investigación, Desarrollo e Innovación en
Biomedicina y en Ciencias de la Salud, para los que se solicita la subvención.
El apartado 4 del Anexo I de solicitud contendrá los datos completos sobre el proyecto,
que se relacionan a continuación:
1. Memoria del proyecto. La memoria científica del proyecto deber redactarse en
castellano o inglés, e incluir, como mínimo, los siguientes:
- Título del proyecto.
- Palabras clave.
- Resumen.
- Equipo investigador o innovador.
- Antecedentes y estado actual del tema de estudio.
- Bibliografía.
- Hipótesis, pregunta de investigación o estudio descriptivo.
- Objetivos mensurables.
- Metodología.
- Plan de trabajo.
- Aspectos éticos de la investigación o innovación.
- Aplicabilidad de los resultados.
- Impacto de los resultados.
- Plan de difusión y explotación.
- Medios y recursos disponibles para realizar el proyecto.
- En proyectos de innovación: Implantación y adopción de los resultados, novedad,
relevancia, alineación con las estrategias corporativas y necesidad del proyecto.
- Presupuesto solicitado y justificación.
2. Datos completos del Currículum Vitae (CV) de cada uno de los miembros del
equipo investigador y documentación necesaria para verificar el cumplimiento de las
bases reguladoras.
3. Modelo de consentimiento informado (información al paciente y consentimiento por
escrito del paciente) en aquellos proyectos en los que sea necesaria su obtención para el
desarrollo de la investigación.
4. Declaración responsable manifestando la autorización de la dirección asistencial
del centro al que pertenece la persona investigadora principal del proyecto o, en el caso de
que no exista la misma, de la dirección del centro. La dirección asistencial o la dirección del
centro deberá certificar que el proyecto se ajusta a las líneas de investigación, desarrollo
e innovación establecidas para la unidad de gestión clínica o servicio equivalente del
centro de investigación en el cual vaya a desarrollarse el proyecto.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Lunes, 27 de mayo de 2024
página 45280/6
Décimo. Gastos subvencionables
1. Conforme a lo previsto en el artículo 4 de las Bases Reguladoras Tipo y el
apartado 5.c)1.º del Cuadro Resumen de la Orden de 27 de mayo de 2020, serán gastos
subvencionables los siguientes:
a) Bienes y servicios: Material fungible, material bibliográfico, arrendamientos de
equipos, licencias de software y servicios externos.
b) Gastos de contratación de personal específicamente para el proyecto, incluyendo
salarios, cuotas patronales de la Seguridad Social, indemnizaciones legalmente
establecidas y otros gastos derivados de la contratación debidamente justificados, para
los siguientes tipos de contratos:
- Personal investigador o de innovación, pre o postdoctorales.
- Personal de apoyo a la investigación.
c) Desplazamientos, alojamientos y manutención según las cuantías máximas
de indemnizaciones por razón del servicio establecidas en el Decreto 54/1989, de 21
de marzo, de indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía (BOJA
núm. 31, de 21 de abril), exclusivamente para las personas que forman parte del grupo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302230
Noveno. Datos sobre los proyectos de Investigación, Desarrollo e Innovación en
Biomedicina y en Ciencias de la Salud, para los que se solicita la subvención.
El apartado 4 del Anexo I de solicitud contendrá los datos completos sobre el proyecto,
que se relacionan a continuación:
1. Memoria del proyecto. La memoria científica del proyecto deber redactarse en
castellano o inglés, e incluir, como mínimo, los siguientes:
- Título del proyecto.
- Palabras clave.
- Resumen.
- Equipo investigador o innovador.
- Antecedentes y estado actual del tema de estudio.
- Bibliografía.
- Hipótesis, pregunta de investigación o estudio descriptivo.
- Objetivos mensurables.
- Metodología.
- Plan de trabajo.
- Aspectos éticos de la investigación o innovación.
- Aplicabilidad de los resultados.
- Impacto de los resultados.
- Plan de difusión y explotación.
- Medios y recursos disponibles para realizar el proyecto.
- En proyectos de innovación: Implantación y adopción de los resultados, novedad,
relevancia, alineación con las estrategias corporativas y necesidad del proyecto.
- Presupuesto solicitado y justificación.
2. Datos completos del Currículum Vitae (CV) de cada uno de los miembros del
equipo investigador y documentación necesaria para verificar el cumplimiento de las
bases reguladoras.
3. Modelo de consentimiento informado (información al paciente y consentimiento por
escrito del paciente) en aquellos proyectos en los que sea necesaria su obtención para el
desarrollo de la investigación.
4. Declaración responsable manifestando la autorización de la dirección asistencial
del centro al que pertenece la persona investigadora principal del proyecto o, en el caso de
que no exista la misma, de la dirección del centro. La dirección asistencial o la dirección del
centro deberá certificar que el proyecto se ajusta a las líneas de investigación, desarrollo
e innovación establecidas para la unidad de gestión clínica o servicio equivalente del
centro de investigación en el cual vaya a desarrollarse el proyecto.