Disposiciones generales. . (2024/101-1)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de la Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) en Biomedicina y en Ciencias de la Salud en Andalucía, para el año 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Lunes, 27 de mayo de 2024

página 45280/5

Octavo. Modalidades, cuantía máxima a conceder y duración de los proyectos de
investigación, desarrollo e innovación.
Las solicitudes solamente podrán ser presentadas en una de las siguientes
modalidades convocadas, en las que cada persona IP solo podrá solicitar un proyecto en
la convocatoria. En caso de solicitar más de un proyecto solo se tramitará la solicitud que
tenga entrada en primer lugar, entendiéndose desistida del resto.
a) Proyectos de investigación en Salud de temática general:
Proyectos cuyo objetivo es la generación o adquisición de conocimiento en el área
de las Ciencias de la Salud de temática general en los que pueden participar personas
investigadoras de uno o más grupos de investigación o innovación.
La duración máxima será de 3 años, deberá desarrollarse a partir de la fecha
establecida en la Resolución de concesión y la cuantía máxima a conceder será de
120.000 euros, con un máximo de 104.347,83 euros para el proyecto y 15.652,17 euros
correspondientes al 15% de costes indirectos.
b) Proyectos de investigación e innovación de colaboración público-privada.
Proyectos colaborativos cuyo objetivo es la generación o adquisición de conocimiento
en las áreas de salud de temática general con la participación de entidades privadas en
la ejecución y en la financiación.
La duración máxima será de 3 años, deberá desarrollarse a partir de la fecha
establecida en la resolución de concesión y la cuantía máxima de la subvención será
entre 100.000 y 500.000 euros, incluido el 15% de costes indirectos. El apartado 4 del
Anexo I de solicitud deberá reflejar claramente las partidas del presupuesto total del
proyecto y la cantidad y porcentaje de la subvención solicitada.
El gasto subvencionable a la entidad beneficiaria será como máximo el 50% del
presupuesto total del proyecto, debiendo ser aportado por una entidad privada distinta
a la entidad beneficiaria el porcentaje restante, que será, como mínimo, el 50% del
presupuesto del proyecto final aceptado. Para ello se requerirá la firma de un convenio
o acuerdo de colaboración entre ambas partes que deberá contener, como mínimo, el
objeto de la colaboración y su alcance, las obligaciones de las partes, la aportación
económica de cada parte, la comisión de seguimiento, los aspectos éticos y legales y la
vigencia del acuerdo o convenio.
El convenio o acuerdo de colaboración entre ambas partes deberá aportarse firmado
tras la propuesta de resolución provisional.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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nacionales e internacionales sobre ética de la investigación, así como respetar los
requisitos establecidos en la legislación nacional y autonómica en el ámbito de la
investigación, desarrollo e innovación biomédica, la protección de datos de carácter
personal y la bioética.
2. En las publicaciones y otros resultados a los que puedan dar lugar las actuaciones
subvencionadas, las entidades beneficiarias de las ayudas deberán dar difusión al
carácter público de la financiación de la actividad subvencionada, haciendo referencia
expresa y literal a la «Consejería de Salud y Consumo-Junta de Andalucía» como entidad
financiadora y citando el código de identificación asignado a la ayuda o proyecto.
3. Cuando los resultados no sean susceptibles de protección de derechos de propiedad
industrial o intelectual, las publicaciones científicas resultantes de la financiación otorgada
al amparo de la presente convocatoria deberán estar disponibles en acceso abierto, de
acuerdo con el artículo 37 de la Ley 14/2011, de 1 de junio.
A tales efectos, los autores podrán optar por publicar en revistas de acceso abierto o
bien, por autoarchivar en repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto, los
trabajos científicos que hayan sido aceptados para su publicación. En este sentido, en el
Sistema Sanitario Público de Andalucía se dispone del Repositorio Institucional de Salud
de Andalucía (RISalud).
Estos trabajos estarán disponibles en el repositorio en un plazo no superior a seis
meses tras su publicación comercial, ajustándose a lo referido en la mencionada Ley y en
concreto en el artículo 37 en su apartado 6.