Autoridades y personal. . (2024/100-27)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de acceso libre, para el ingreso en el Cuerpo de Letrados y Letradas de la Junta de Andalucía (A1.3000), correspondiente a las Ofertas de Empleo Público 2022 y 2023 y se aprueba el programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 100 - Viernes, 24 de mayo de 2024
página 45334/3
Tercera. Participación de personas con discapacidad.
1. Para participar en el cupo de plazas reservadas a personas con una discapacidad
igual o superior al 33%, será necesario:
1.1. Indicarlo expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud. Si no
hacen constar este dato se entenderá que optan por el turno general.
1.2. Tener oficialmente reconocida dicha discapacidad con efectos anteriores a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
1.3. Adjuntar a la solicitud documentación acreditativa de su condición de persona
con discapacidad emitida por órgano competente de la Junta de Andalucía o de otras
Administraciones Públicas.
En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con una
discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente de la Junta de
Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio por el Instituto
Andaluz de Administración Pública mediante consulta telemática en la fase de admisión
de solicitudes, siempre que la persona aspirante no se oponga en la correspondiente
solicitud de participación. En caso contrario o cuando la documentación haya de ser
expedida por órganos con competencia en la materia de otras Administraciones Públicas,
la persona aspirante deberá aportar inexcusablemente la documentación acreditativa
junto con la solicitud de participación.
2. Las personas que como consecuencia de su discapacidad, en el sentido definido
en el apartado tercero de la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se
establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos
selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad, presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, opten o no por el
cupo de reserva, podrán solicitar las necesarias adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de los ejercicios de la oposición, manifestándolo en el apartado «Turno de
participación, exenciones, adaptaciones e idioma».
Para ello será necesario:
2.1. Tener oficialmente reconocida discapacidad igual o superior al 33%, con efectos
anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302284
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que
acredite, en su caso, la homologación.
1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del
Cuerpo de Letrados y Letradas de la Junta de Andalucía.
1.5. No haber sido separada la persona aspirante, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas ni hallarse en situación de
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario, y no poseer la condición
de personal funcionario del cuerpo convocado. En el caso de ser la persona aspirante
nacional, a su vez, de otro Estado, no hallarse en situación de inhabilitación o equivalente
ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en
los mismos términos, el acceso al empleo público.
2. Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal
funcionario de carrera.
3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su
participación declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el
apartado 4 de la base novena, y con haber abonado la correspondiente tasa conforme a
lo establecido en el apartado 4 de la base cuarta de esta convocatoria.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 100 - Viernes, 24 de mayo de 2024
página 45334/3
Tercera. Participación de personas con discapacidad.
1. Para participar en el cupo de plazas reservadas a personas con una discapacidad
igual o superior al 33%, será necesario:
1.1. Indicarlo expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud. Si no
hacen constar este dato se entenderá que optan por el turno general.
1.2. Tener oficialmente reconocida dicha discapacidad con efectos anteriores a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
1.3. Adjuntar a la solicitud documentación acreditativa de su condición de persona
con discapacidad emitida por órgano competente de la Junta de Andalucía o de otras
Administraciones Públicas.
En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con una
discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente de la Junta de
Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio por el Instituto
Andaluz de Administración Pública mediante consulta telemática en la fase de admisión
de solicitudes, siempre que la persona aspirante no se oponga en la correspondiente
solicitud de participación. En caso contrario o cuando la documentación haya de ser
expedida por órganos con competencia en la materia de otras Administraciones Públicas,
la persona aspirante deberá aportar inexcusablemente la documentación acreditativa
junto con la solicitud de participación.
2. Las personas que como consecuencia de su discapacidad, en el sentido definido
en el apartado tercero de la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se
establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos
selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad, presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, opten o no por el
cupo de reserva, podrán solicitar las necesarias adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de los ejercicios de la oposición, manifestándolo en el apartado «Turno de
participación, exenciones, adaptaciones e idioma».
Para ello será necesario:
2.1. Tener oficialmente reconocida discapacidad igual o superior al 33%, con efectos
anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302284
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que
acredite, en su caso, la homologación.
1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del
Cuerpo de Letrados y Letradas de la Junta de Andalucía.
1.5. No haber sido separada la persona aspirante, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas ni hallarse en situación de
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario, y no poseer la condición
de personal funcionario del cuerpo convocado. En el caso de ser la persona aspirante
nacional, a su vez, de otro Estado, no hallarse en situación de inhabilitación o equivalente
ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en
los mismos términos, el acceso al empleo público.
2. Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal
funcionario de carrera.
3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su
participación declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el
apartado 4 de la base novena, y con haber abonado la correspondiente tasa conforme a
lo establecido en el apartado 4 de la base cuarta de esta convocatoria.