5. Anuncios. . (2024/100-68)
Anuncio de 20 de mayo de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, por el que se dispone la publicación de la Resolución de 16 de abril de 2024, que ordena proceder al registro y publicación de la ?Revisión parcial del PGOU de Ronda, con contenido de protección del Conjunto Histórico?, una vez acreditada la subsanación las deficiencias indicadas en el Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 23 de diciembre de 2024.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL Y
SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA DE FOMENTO,
ARTICULACIÓN
DEL 24 de mayo de 2024
Número
100 - Viernes,
Hoja 42 de
TERRITORIO Y VIVIENDA
página 45363/42
ORGANISMO:
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA DE MÁLAGA

301

00302312

compositivos de los edificios para las principales tipologías y épocas históricas de Ronda. De ahí que se considere
muy importante proceder a la regulación, para mejor conservación y recuperación, de los acabados
arquitectónicos y de sus cualidades cromáticas y materiales, siendo la elaboración de una Carta de Color la
herramienta apropiada para dichas regulaciones.
El presente Plan propone la elaboración y tramitación de una Carta de Color para el ámbito del Conjunto Histórico
de Ronda.
PLAZO DE ELABORACIÓN: 3 AÑOS DESDE LA APROBACIÓN DEL PLAN
C. ORDENANZA DE PUBLICIDAD EXTERIOR
El presente Plan propone la elaboración y tramitación de una Ordenanza Municipal para la regulación de la
publicidad exterior de comercios y locales, teniendo las determinaciones contenidas al respecto en el documento
de Normas Urbanísticas del presente Plan carácter de mínimo, sin perjuicio de su posible modulación o adaptación
en supuestos específicos en las ordenanzas programadas.
PLAZO DE ELABORACIÓN: 1 AÑO DESDE LA APROBACIÓN DEL PLAN
D. ORDENANZA DE INSTALACIONES SOLARES FOTOVOLTAICAS DE AUTOCONSUMO
El presente Plan propone la elaboración y tramitación de una Ordenanza Municipal para la regulación de la
posibilidad de instalar infraestructuras de energía fotovoltaica para autoconsumo en el Conjunto Histórico de
Ronda. La misma detallará expresamente los espacios en los que se podrá proceder a la instalación de placas
solares fotovoltaicas, estableciendo los condicionantes específicos que deberá cumplir (superficie máxima de la
instalación, pendientes, ubicación,…).
PLAZO DE ELABORACIÓN: 1 AÑO DESDE LA APROBACIÓN DEL PLAN
E. PLAN DE MOVILIDAD DEL CONJUNTO HISTÓRICO:
Se programa la redacción de un plan de movilidad urbana sostenible para el Conjunto Histórico de Ronda que en su
defecto podría estar integrado en un Plan de Movilidad general para la ciudad.
Los Estudios Preliminares relativos a movilidad contemplados en la Innovación del PGOU con contenido de
Protección del Conjunto Histórico, deben servir de punto de partida para la redacción del nuevo plan.
PLAZO DE ELABORACIÓN: 3 AÑOS DESDE LA APROBACIÓN DEL PLAN
F. PLAN DIRECTOR DEL PAISAJE NOCTURNO DE RONDA
Es un instrumento técnico/normativo que permite concretar los planteamientos del Urbanismo de la Luz en un
territorio, en una ciudad, o incluso en un sector urbano específico. Se trata por tanto de trabajo de planificación
sectorial que deberá estar incardinado con los demás instrumentos de planificación existentes en el municipio. La
elección de la figura del Plan Director va a permitir, por tanto, adoptar las características y el alcance que, para
dicho tipo de instrumentos de planeamiento, establecen las leyes urbanísticas mediante su incorporación a la
propia normativa de ordenación y protección del Conjunto Histórico.
El presente Plan propone la elaboración de un Plan Director del Paisaje Nocturno para el ámbito del Conjunto
Histórico de Ronda.
PLAZO DE ELABORACIÓN: 3 AÑOS DESDE LA APROBACIÓN DEL PLAN
G. PLAN DE PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE LOS ÁRBOLES Y FORMACIONES VEGETALES DEL CH DE RONDA
El establecimiento de la Singularidad de individuos, especies y formaciones del arbolado, lleva aparejado un
trabajo previo complejo, por lo que se propone la reacción de un Plan de Protección y Conservación en el que se
definirán específicamente las medidas concretas a llevar a cabo en cada caso. En él se podrían definir todos
aquellos trabajos de investigación, biología, conservación, reproducción y multiplicación de los elementos
singulares, así como la protección de esos elementos respecto a las posibles intervenciones de otra naturaleza que
pudieran llevarse a cabo en su entorno.
Criterios de Identificación:
- Un árbol es considerado singular cuando destaca del resto de los ejemplares de su misma especie, bien sea
por adoptar una forma poco habitual, tener una avanzada edad, poseer dimensiones excepcionales, adquirir

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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