Disposiciones generales. . (2024/99-3)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la contratación laboral de personal investigador que posea el título de Doctor o Doctora en el campo de las Ciencias y Tecnologías de la Salud, para su incorporación a grupos de investigación en centros del Sistema Sanitario Público de Andalucía, en Institutos de Investigación Sanitaria y Centros de Investigación participados por la Consejería con competencias en materia de salud de la Administración de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 99 - Jueves, 23 de mayo de 2024

página 45285/4

Sexto. Presentación de las solicitudes, plazos y tramitación de las subvenciones.
1. Conforme a lo indicado en los artículos 10, 11 y 12 de las Bases Reguladoras Tipo, las
solicitudes de las subvenciones se ajustarán a los formularios que figuran como Anexo I de la
presente resolución, sin necesidad de aportar ningún otro documento y serán presentadas en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00302235

Como regla general será subvencionable un contrato por cada grupo, atendiendo al
orden de prioridad establecido por el grupo para cada candidato y a la puntuación total
de cada solicitud. En caso de existir crédito sobrante después del reparto entre todos
los grupos que cumplan los requisitos previstos en las bases reguladoras y los criterios
de evaluación, se iniciará un nuevo reparto para realizar un segundo contrato entre los
grupos para los que se haya solicitado más de uno, hasta agotar los créditos disponibles.
Este reparto se volverá a realizar si se vuelven a quedar créditos sin adjudicar.
A tal efecto, la entidad solicitante deberá presentar una solicitud por cada persona
investigadora propuesta. En caso de solicitar más de una persona de un mismo grupo de
investigación se deberá indicar el orden de prioridad con objeto de establecer la prelación,
en el supuesto de que no pueda ser subvencionada más de una persona por grupo.
2. Las retribuciones anuales subvencionables para cada modalidad de contrato
postdoctoral serán la establecidas en la convocatoria del ministerio competente en
materia investigación en salud para la Acción Estratégica en Salud del Instituto de Salud
Carlos III de 2024 que se indican a continuación:
- Postdoctoral Junior, equivalente a un contrato postdoctoral Sara Borrel más todos los
costes de Seguridad Social que conlleve la contratación, con una dotación de 39.636,00 €
anuales el primer y segundo año, y 46.242,00 € el tercer año de contrato, incluida la cuota
de la Seguridad Social a cargo de la empresa y resto de gastos de contratación (32,12%).
- Postdoctoral especialista junior, equivalente a un contrato postdoctoral Joan Rodés
más todos los costes de Seguridad Social que conlleve la contratación, con una dotación
de 59.454,00 € anuales incluida la cuota de la Seguridad Social a cargo de la empresa y
resto de gastos de contratación (32,12%).
3. Solo serán financiables contratos con una duración mínima de 6 meses y máxima
de 36. Si por causa de la renuncia de la persona contratada o de la entidad beneficiaria la
duración final del contrato es inferior a 6 meses, se procederá a la pérdida de derecho al
cobro de la subvención o al reintegro de las cantidades ya abonadas.
4. La contratación deberá iniciarse en el plazo determinado en la resolución de
concesión de las subvenciones, que determinará excepciones para su inicio inmediato,
motivado por autorizaciones de alguna Administración Pública u otra causa debidamente
justificada que impida la contratación en dicho plazo.
En la modalidad de contrato postdoctoral especialista junior, la contratación deberá
realizarse por el centro sanitario del Servicio Andaluz de Salud (SAS) que forme parte
del IIS beneficiario de la subvención. A tal efecto, y según establece el apartado 23.b).3.º
del Cuadro Resumen, la entidad beneficiaria que represente al IIS deberá trasladar
los fondos, en los términos que establezca la resolución de concesión, al SAS para la
formalización del contrato.
5. Además del contrato, son subvencionables los complementos de movilidad del
personal contratado que se deberán realizar en centros de investigación de reconocido
prestigio nacional e internacional, para períodos mínimos de tres meses y máximos de
seis meses. Su dotación económica será la establecida en la convocatoria de ayudas
para la movilidad del personal investigador, en sus dos modalidades (M-BAE y M-AES),
de la Acción Estratégica en Salud del Instituto de Salud Carlos III de 2024:
La dotación económica para cada complemento de movilidad será de 80 euros o de
115 euros por día de estancia según se trate de centros españoles o extranjeros, que se
librará a la entidad beneficiaria en cuantía total proporcional al número de días concedidos.
Las cuantías se aplicarán para gastos de alojamiento, manutención y locomoción.
El máximo financiable por este concepto es de 14.400 euros por contrato.