Autoridades y personal. . (2024/98-43)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el Reglamento 6/2024, de 10 de mayo, por el que se regulan los concursos para la contratación del Personal Docente e Investigador Laboral en la Universidad de Málaga.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 98 - Miércoles, 22 de mayo de 2024

página 45194/5

2. Los requisitos, condiciones y méritos alegados por los aspirantes deberán haberse
adquirido hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y, en su
caso, mantenerse hasta el momento de la formalización del contrato laboral, así como
durante la totalidad del período de contratación.
Artículo 7. Presentación de solicitudes y relación de admitidos.
1. Los aspirantes deberán adjuntar a la solicitud un ejemplar de su currículum vitae
ajustado al modelo que se establezca en las bases de la convocatoria, documentos
acreditativos de la posesión de los requisitos y condiciones para participar en el concurso,
así como cuantos documentos estimen conveniente para la justificación de los méritos
alegados.
2. La documentación y solicitud será presentada según el modelo y a través del
sistema habilitado al efecto por la Universidad de Málaga en la concreta convocatoria. La
falta de adaptación al modelo oficial determinará la inadmisión de la solicitud.
3. La no presentación de la documentación acreditativa de los requisitos y
condiciones que se determinen en la respectiva convocatoria en el plazo de presentación
de solicitudes de participación, o en el de subsanación que se conceda al efecto,
determinará la exclusión del aspirante.
4. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública una resolución
del Rector o Rectora declarando aprobada la relación provisional de admitidos y excluidos
al concurso, detallando las causas de exclusión, si las hubiere. Dicha resolución se
publicará en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador o sede
electrónica de la Universidad de Málaga.
5. En el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la
publicación de la resolución por la que se declara la relación provisional de admitidos
y excluidos, los interesados podrán subsanar los defectos que hubieran dado lugar a la
exclusión o, en su caso, presentar contra la misma, y dentro del mismo plazo, reclamación
ante el Rector o Rectora.
6. Finalizado el plazo de subsanación o reclamaciones, el Rector o Rectora dictará
una resolución aprobando la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos que
se publicará, en la forma establecida anteriormente, pudiendo interponer contra la misma
recurso en los términos previstos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Artículo 8. Comisiones.
1. En lo relativo al régimen y desarrollo normativo de las comisiones de selección
del personal docente e investigador laboral de la Universidad de Málaga, se estará a
lo dispuesto en el reglamento por el que se regula la constitución de las comisiones de
plazas de personal docente e investigador de la Universidad de Málaga.
2. Los currículos de los miembros de las comisiones de selección se harán públicos.
CAPÍTULO III

Artículo 9. Desarrollo del concurso.
1. Publicada la resolución definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al concurso,
el Vicerrectorado con competencias en materia de profesorado remitirá a la comisión de
selección correspondiente toda la documentación referida al concurso.
2. El desarrollo del concurso se realizará de acuerdo con las especialidades señaladas
en los capítulos IV y V de este reglamento para las plazas de Profesor/a Ayudante
Doctor/a, Profesor/a Permanente Laboral y Profesor/a Asociado/a, respectivamente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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PROCEDIMIENTO Y DESARROLLO DE LOS CONCURSOS