3. Otras disposiciones. . (2024/97-59)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el Reglamento 4/2024, de 10 de mayo, por el que se regula la constitución de las comisiones de plazas de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Málaga.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 97 - Martes, 21 de mayo de 2024
página 45099/4
Artículo 4. Sorteo de las listas y nombramiento de las comisiones.
1. El sorteo público para elegir a los miembros externos de las comisiones de
selección se efectuará a partir de las listas cualificadas de profesorado aprobadas por
el Vicerrectorado competente. Los miembros externos se sortearán de modo que se
respete la paridad entre mujeres y hombres.
El Vicerrectorado con competencias en materia de profesorado anunciará, con la
suficiente antelación a la convocatoria del Consejo de Gobierno que tenga prevista la
aprobación de la dotación de la plaza, la fecha del sorteo a través de la página web del
Servicio de PDI, recepcionándose las solicitudes de dotación hasta cinco días hábiles
previos a la celebración del sorteo.
2. Corresponde al Vicerrectorado con competencias en materia de profesorado la
organización del sorteo que será celebrado en acto de audiencia pública en la sede de
dicho Vicerrectorado. La información de la fecha y lugar se publicará en la página web del
Servicio de PDI.
Al sorteo deberán asistir el/la Vicerrector/a con competencias en materia de
profesorado o persona en quien delegue, el/la Jefe/a de Servicio de PDI o persona en
quien delegue, y un miembro del Comité de Empresa del PDI o de la Junta de Personal,
que será designado por éste/a. La audiencia pública para la celebración del sorteo podrá
realizarse de forma presencial o por medios telemáticos, siempre que se garantice la
audiencia síncrona y efectiva de todos sus asistentes.
3. En el acto del sorteo se asignará un número a cada una de las personas propuestas
y se procederá a su selección aleatoria mediante el sistema que se determine por el
Vicerrectorado con competencias en materia de profesorado. Se extraerán todos los
números para poder completar, por el orden en que salgan, los tres miembros titulares,
sus suplentes y las posibles adaptaciones a la composición paritaria. Del acto del sorteo
se levantará la correspondiente acta.
4. La composición de las comisiones de selección será la siguiente:
- Las comisiones para los concursos a Catedráticos/as de Universidad, estarán
integradas por cinco Catedráticos/as de Universidad.
- Las comisiones para los concursos a Profesor/a Titular de Universidad y Profesor/a
Permanente Laboral, estarán conformadas por cinco miembros de acuerdo con los
requisitos exigidos en los artículos 71.1 b) y 86.2 LOSU, así como en su normativa de
desarrollo. Estas comisiones estarán compuestas, preferentemente:
A) Para los concursos de acceso al cuerpo docente de Profesores/as Titulares de
Universidad: dos Catedráticos/as de Universidad y tres Profesores/as Titulares de
Universidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302049
- Sexo.
- Especialidad de conocimiento al que pertenece cada miembro.
- Cuerpo o categoría profesional.
- Universidad / Centro de investigación de pertenencia.
- Currículum vitae CVA ANECA (FECYT) en formato electrónico.
- Aceptación o Conformidad del profesor/a propuesto/a para formar parte de la lista
cualificada.
- Correo electrónico.
4. Las listas a las que se hace referencia en el apartado anterior serán propuestas
mediante acuerdo del Consejo de Departamento al que se adscriba la plaza. Cuando la
lista no se proponga por asentimiento, la propuesta deberá incluir todos los nombres que
hubieran sido sometidos a la consideración de dicho Consejo, con indicación del número
de votos obtenidos por cada uno de ellos en dicho órgano.
5. Corresponde al Vicerrectorado con competencias en materia de profesorado
aprobar las listas cualificadas de profesorado externo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 97 - Martes, 21 de mayo de 2024
página 45099/4
Artículo 4. Sorteo de las listas y nombramiento de las comisiones.
1. El sorteo público para elegir a los miembros externos de las comisiones de
selección se efectuará a partir de las listas cualificadas de profesorado aprobadas por
el Vicerrectorado competente. Los miembros externos se sortearán de modo que se
respete la paridad entre mujeres y hombres.
El Vicerrectorado con competencias en materia de profesorado anunciará, con la
suficiente antelación a la convocatoria del Consejo de Gobierno que tenga prevista la
aprobación de la dotación de la plaza, la fecha del sorteo a través de la página web del
Servicio de PDI, recepcionándose las solicitudes de dotación hasta cinco días hábiles
previos a la celebración del sorteo.
2. Corresponde al Vicerrectorado con competencias en materia de profesorado la
organización del sorteo que será celebrado en acto de audiencia pública en la sede de
dicho Vicerrectorado. La información de la fecha y lugar se publicará en la página web del
Servicio de PDI.
Al sorteo deberán asistir el/la Vicerrector/a con competencias en materia de
profesorado o persona en quien delegue, el/la Jefe/a de Servicio de PDI o persona en
quien delegue, y un miembro del Comité de Empresa del PDI o de la Junta de Personal,
que será designado por éste/a. La audiencia pública para la celebración del sorteo podrá
realizarse de forma presencial o por medios telemáticos, siempre que se garantice la
audiencia síncrona y efectiva de todos sus asistentes.
3. En el acto del sorteo se asignará un número a cada una de las personas propuestas
y se procederá a su selección aleatoria mediante el sistema que se determine por el
Vicerrectorado con competencias en materia de profesorado. Se extraerán todos los
números para poder completar, por el orden en que salgan, los tres miembros titulares,
sus suplentes y las posibles adaptaciones a la composición paritaria. Del acto del sorteo
se levantará la correspondiente acta.
4. La composición de las comisiones de selección será la siguiente:
- Las comisiones para los concursos a Catedráticos/as de Universidad, estarán
integradas por cinco Catedráticos/as de Universidad.
- Las comisiones para los concursos a Profesor/a Titular de Universidad y Profesor/a
Permanente Laboral, estarán conformadas por cinco miembros de acuerdo con los
requisitos exigidos en los artículos 71.1 b) y 86.2 LOSU, así como en su normativa de
desarrollo. Estas comisiones estarán compuestas, preferentemente:
A) Para los concursos de acceso al cuerpo docente de Profesores/as Titulares de
Universidad: dos Catedráticos/as de Universidad y tres Profesores/as Titulares de
Universidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302049
- Sexo.
- Especialidad de conocimiento al que pertenece cada miembro.
- Cuerpo o categoría profesional.
- Universidad / Centro de investigación de pertenencia.
- Currículum vitae CVA ANECA (FECYT) en formato electrónico.
- Aceptación o Conformidad del profesor/a propuesto/a para formar parte de la lista
cualificada.
- Correo electrónico.
4. Las listas a las que se hace referencia en el apartado anterior serán propuestas
mediante acuerdo del Consejo de Departamento al que se adscriba la plaza. Cuando la
lista no se proponga por asentimiento, la propuesta deberá incluir todos los nombres que
hubieran sido sometidos a la consideración de dicho Consejo, con indicación del número
de votos obtenidos por cada uno de ellos en dicho órgano.
5. Corresponde al Vicerrectorado con competencias en materia de profesorado
aprobar las listas cualificadas de profesorado externo.